Aeronave VFR en una práctica de aproximación por instrumentos: ¿la aeronave es IFR? ¿Reciben separación?

Una aeronave VFR se pone en contacto con ATC y solicita ejecutar una aproximación por instrumentos de práctica (ya sea de procedimiento completo o de vectores a final). El ATC emite la autorización de aproximación, incluidas las palabras específicas "AUTORIZADO [ry #] APROXIMACIÓN".

  • ¿La aeronave está operando ahora bajo IFR?
  • ¿Qué servicios de separación proporciona ATC?
  • ¿Qué cambia si ATC no emite una "autorización" sino una "aprobación"?

Respuestas (1)

¿El avión ahora es IFR?

No.

La única forma en que ATC puede iniciar una autorización IFR es decir las palabras " AUTORIZADO A [ubicación] " ( 7110.65 4–2–1 b ). La ubicación que dicen es el límite de autorización . Si un piloto escucha "AUTORIZADO A", debe saber que está recibiendo separación IFR (tanto de la aeronave como del terreno) y que es legal que ingrese a las nubes y otras áreas de visibilidad reducida.

El ATC también puede "autorizar" a la aeronave para ejecutar un procedimiento de aproximación por instrumentos. Esta autorización NO cambia el estado de las reglas de vuelo de la aeronave: las aeronaves IFR siguen siendo IFR y las aeronaves VFR siguen siendo VFR. Si un piloto VFR recibe una autorización de aproximación por instrumentos, aún debe cumplir con los requisitos aplicables de espacio libre de nubes, techo y visibilidad que rigen el vuelo VFR. Al iniciar los vectores para una aproximación por instrumentos de práctica, el ATC le indicará específicamente al piloto que "Mantenga VFR" ( 7110.65 4–8–11 a 5 ), ​​como un recordatorio de que " a pesar de que el ATC proporciona instrucciones de tipo IFR, el piloto es responsable para el cumplimiento de las partes aplicables del CFR que rigen los vuelos VFR " .

¿Qué servicios de separación se proporcionan?

Separación IFR modificada.

Cuando el ATC "autoriza" a una aeronave VFR para una aproximación por instrumentos, debe proporcionar una separación IFR modificada a la aeronave comenzando "en el punto donde la autorización de aproximación se hace efectiva" (4–8–11 a 2). "Separación IFR modificada" significa que a la aeronave se le proporciona cualquier separación aplicable como se indica en el resto del .65: separación de pista, separación lateral, separación no radar, separación radar, separación visual o separación vertical. La única excepción es que, en lugar de exigir una separación vertical de 1000' entre la mayoría de las demás aeronaves IFR, el mínimo es de 500'. (Todavía se requieren 1000 'si cualquiera de los aviones es pesado o súper.) Para una aeronave IFR, una autorización de aproximación incluye automáticamente la autorización para volar la aproximación frustrada publicada; esto no es cierto para una aeronave VFR, que debe recibir una autorización previa para que se le proporcionen servicios de separación cuando vuele la perdida (4–8–9).

¿Qué sucede si ATC emite solo una "aprobación"?

No se proporcionan servicios de separación.

Si ATC no "autoriza" a una aeronave VFR para una aproximación de práctica, debe hacerlo muy explícito: " (Identificación de la aeronave) MANTENER VFR, APROXIMACIÓN DE PRÁCTICA APROBADA, NO SE PROPORCIONAN SERVICIOS DE SEPARACIÓN " (4–8–11 a 3). Es posible que la aeronave haya estado hablando con ATC, que se le hayan dado vectores en el curso de aproximación final e incluso que todavía esté hablando con ATC (si se dirige a un aeropuerto con torres), pero no se proporcionan servicios de separación.

¿Por qué ATC hará lo uno o lo otro?

Ya sea que el ATC emita una "autorización" o una "aprobación", se prescribe en los párrafos 10–4–5 (para instalaciones de la terminal) y 6–4–4 (para instalaciones en ruta) de 7210.3 . Los pilotos VFR pueden esperar recibir una separación IFR modificada cuando realicen aproximaciones de práctica en el "aeropuerto principal" de un control de aproximación y en aeropuertos secundarios "en la medida de lo posible dentro de los recursos existentes". Debe publicarse una Carta a los aviadores que describa el tipo de servicios prestados en un aeropuerto determinado, si los hubiere.

Mi observación es que en el espacio aéreo reglamentario, le dicen a las aproximaciones de práctica VFR que están "autorizadas" y cuando están fuera del espacio aéreo reglamentario, dicen "aproximación de práctica aprobada".
@Ryan, ¿a menudo practicas aproximaciones a aeropuertos que se encuentran dentro de MOA? ¿Quizás quiso decir "espacio aéreo sin área terminal"? Recuerde que las clases E/G siguen siendo "normativas".
Sí, básicamente. Sin embargo, G puede no considerarse reglamentario (AIM 3-1-1). Aquellos para los que dicen PPA frente a despejado son G en la superficie frente a E+ en la superficie. Esa es solo mi propia observación. No tengo ninguna referencia de que esté garantizado que funcione de esa manera en todas partes. No, no suelo practicar aproximaciones a los MOA; No creo que nunca.
@randomhead Lamento tener solo un voto a favor para dar. ¡Gracias!
@StephenS ¡Ah, pero puedes tener dos! Votar pregunta y respuesta.