Trabajar como contratista para mi empleador actual en lugar de convertirme en un empleado de tiempo completo después de graduarme para obtener una cobertura continua del seguro de salud

Tengo la intención de administrar mi negocio paralelo a tiempo completo pronto y me preguntaba si sería prudente seguir siendo contratista de mi empleador actual en lugar de convertirme en un empleado de tiempo completo después de graduarme.

El enfoque principal de esta pregunta es sobre el seguro de salud donde tengo miedo de pagar miles para continuar con el plan de mi empleador (cobra) si fuera a convertirme en un empleado de tiempo completo y luego renunciar para perseguir mis propios sueños.

Por otro lado, si me mantuviera como contratista y obtuviera mi propio seguro, como lo hago ahora, continuaría pagando la misma prima para mí y mi esposa que pago actualmente, de mi bolsillo, y no sufrir un "cambio de política".

Mi principal confusión es sobre algo que llamo "cambio en la política" donde:

  • mi empresa me hubiera suscrito a la Aseguradora A, Plan B
  • y cuando renuncie a la compañía, podría optar por seguir pagando la prima completa de esa póliza hasta por 6 meses (cobra)
  • u obtener mi propia póliza que seguramente sería una póliza diferente incluso si fuera con "Aseguradora A, Plan B" (ya que el plan de mi compañía es un plan grupal y el mío sería un plan familiar)

Al cambiar las pólizas de esta manera, me temo que la compañía de seguros de salud podría negar muchos de mis reclamos citando que tengo que estar en la misma póliza durante X años antes de que paguen por esas situaciones, o citando una cláusula de "interrupción en la cobertura" y rechazar una demanda costosa.

También he oído que los nuevos planes de seguro de salud tienden a ser más caros que si ya estuviera con la compañía de seguros por un tiempo.

¿Quién le obliga a renunciar a su política actual si consigue un empleo?
Por cierto: convertirse en un empleado (de tiempo completo) reducirá a la mitad sus obligaciones de FICA. Esa es tu otra pregunta.
@littleadv: El nuevo empleador no me pagará el dinero que, de lo contrario, tendría que pagarle a la compañía de seguros por cubrirme. Entonces, en esencia, "pierdo" el monto de mi compensación al no elegir ser parte del plan de la compañía. Inscribirme en el plan de la compañía también me obligaría a pagar parte de las primas que no puedo cancelar. Siendo un contratista, puedo. Al ser un FTE, terminaría pagando mi plan familiar después de impuestos y recibiría un salario esencialmente reducido.
"que no puedo cancelar" - significado? Es deducible de impuestos , si eso es lo que quiere decir, a diferencia de una póliza privada (de hecho, paga antes de impuestos y reduce su ingreso sujeto a impuestos, por lo que ni siquiera necesita detallar las deducciones por esto). Además, las pólizas de seguro grupales generalmente son mejores y más baratas que las emitidas de forma privada. No estoy seguro de entender sus preocupaciones. Explique un poco más sus suposiciones, parece que muchas de ellas son incorrectas y sin saber lo que cree que sabe, es difícil ayudarlo.
Este tipo de formato de control de calidad SO es confuso: ¿hay otro panel en el que se encuentre que sea más "convencional"? Hay múltiples suposiciones en mi pregunta, todas las cuales pueden estar equivocadas. #1: Los proveedores de salud pueden negarle reclamos si estaba con otro proveedor o con una póliza diferente, incluso con el mismo proveedor. Reclamaciones como embarazo, trastorno autoinmune, etc. #2: COBRA no es divertido y es mucho más caro que una póliza privada con las mismas características (por lo que leí, incluso en este foro). Tiene sentido que la póliza de grupo sea más barata, pero ¿por qué la gente se queja de las primas de COBRA todo el tiempo?
Se quejan de COBRA porque pasan de una situación en la que tienen un trabajo (ingresos) y la compañía paga la mayor parte del costo de la póliza; a uno donde no tienen ingresos y tienen que pagar todo el costo.
@mhoran_psprep: .. aunque esencialmente están pagando menos (porque siguen siendo parte del plan de grupo de la empresa incluso si no son empleados de la empresa) de lo que habrían comprado si hubieran comprado el mismo plan de forma privada/personal.
No saben lo que costaría un plan privado. Solo saben que no tienen ingresos y primas más altas en comparación con el día anterior a la pérdida de su trabajo.
@sekharan "Los proveedores de salud pueden denegar sus reclamos si estaba con otro proveedor o con una póliza diferente, incluso con el mismo proveedor"; no es cierto, al menos desde que ACA (ObamaCare) entró en vigencia (esta parte en particular ya está en vigencia). "COBRA no es divertido y es mucho más caro que una póliza privada con las mismas características" - no es cierto. COBRA le permite mantener el mismo seguro que tenía con su empleador, pero paga la prima completa (los empleadores generalmente subsidian las primas hasta el 80-90% del costo real).

Respuestas (1)

Hay varias suposiciones que hizo, que no coinciden con las leyes actuales:

  • Las condiciones preexistentes ya no son motivo de preocupación. Cuando cancelas tu póliza anterior te dan un Certificado de Cobertura Acreditable . La ley solo permite una exclusión de 12 meses, pero el certificado muestra que tenía cobertura. Siempre y cuando la cobertura haya sido de al menos 12 meses con los planes anteriores y la interrupción haya sido de menos de 62 días, usted estará cubierto.
  • A medida que las nuevas leyes entren en vigencia, habrá un seguro de brecha para aquellos que lo necesiten y no habrá problemas de condiciones preexistentes para los niños.

Costos:

  • En general, los planes grupales son más baratos y la empresa generalmente paga una parte. Su parte será antes de impuestos. Ni siquiera tienes que detallar.
  • También hay formas de reservar dinero antes de impuestos para cubrir los copagos de las visitas al médico y las recetas.
  • Muchas compañías ofrecen varios planes diferentes según la cobertura que necesite.
    • El costo de los planes grupales lo negocia el empleador, y la porción que pagan de las primas es función del empleador. Para las grandes empresas que en realidad se autoaseguran, la compañía de seguros es una forma de acceder a grupos de médicos, hospitales y farmacias.
  • Algunas empresas permitirán un crédito a los empleados que no necesitan el plan de grupo. Esto puede deberse a que son militares retirados o tienen cobertura del plan de sus cónyuges.
  • Como parte de un plan de grupo, no les importa qué tan saludable es usted o qué tan costosas son sus condiciones, solo les importa la salud del grupo como un todo.

COBRA:

  • Cuando te vayas de la empresa, si encuentras un plan más económico, puedes darte de baja de COBRA.
  • A algunas familias les gusta mantener su seguro actual cuando pierden el trabajo para no tener que cambiar de médico.
Por lo tanto, por definición, los planes COBRA serán más baratos que los planes familiares comprados individualmente con la misma cobertura y proveedor de salud. Además, ¿las primas que pago a mi compañía por brindarme a mí y a mi familia un seguro de salud se deducen antes de impuestos de mi cheque de pago?
@sekharan no "por definición", sino debido a las condiciones del mercado. Con las disposiciones de ACA que entran en vigencia gradualmente, esto podría cambiar en el futuro. Re las primas - sí, se deduce antes de impuestos.
@sekharan Si es joven, los planes COBRA casi siempre serán (mucho) más caros que los planes de cobertura individuales comparables. Si eres mayor, serán más competitivos y, posiblemente, una mejor oferta.
@stoj: Tiene sentido. Tal vez debería hacer una pregunta por separado sobre COBRA, pero definir "joven" teniendo en cuenta mi estado de casada (las mujeres jóvenes son más caras de asegurar)
Atrasado pero un punto sobre impuestos: la cobertura de salud pagada por el empleador está excluida del pago por completo, por lo que no paga impuestos sobre la renta y ni usted ni el empleador pagan FICA; se deduce la cobertura de salud de los trabajadores por cuenta propia (línea 29, como se indica sin desglosar) por lo que no paga impuestos sobre la renta sobre ese dinero, pero SÍ paga el impuesto SE, que es equivalente a ambas mitades de FICA.