¿Consideraciones fiscales para vender una propiedad por debajo del valor de tasación a la familia?

Soy dueño de una propiedad que se evaluó recientemente $350,000en el estado de Maryland que compré hace $300,0007 años. Deseo vender esta propiedad por un valor de $240,000. Aquí están mis preguntas:

  1. ¿Es esto legal?
  2. El estado de Maryland tiene un impuesto de transferencia/registro del 1,5 % para cada uno, el comprador y el vendedor. ¿Esto se computaría sobre el valor de tasación o de venta?
  3. ¿Supondrá esto algún problema si el comprador necesita financiación?
  4. ¿Podría deducir una pérdida de capital en mi declaración de impuestos?

De los comentarios: Debería haber mencionado que el comprador es un hermano.

¿El comprador está relacionado con usted? Mejor aún, ¿cuál es su relación con el comprador?
Debería haber mencionado - sí, el comprador es un hermano
Una más: ¿vivió en la propiedad o se mantuvo como inversión? es decir alquiler?
@Joe eso puede afectar la base, pero no el tratamiento fiscal de la pérdida. Dado que es una persona relacionada, no se permite la pérdida incluso si se trata de un alquiler.
Me dirigía a este pensamiento: 27,5 años de depreciación en propiedades de alquiler. 7 años es 25% más o menos. Comprado por $ 300K, digamos que la tierra es 20%, el valor de $ 240K se depreció a $ 180K. OP ahora tiene una base de $ 240K y no hay pérdidas de las que preocuparse. La pregunta es si tiene ingresos imputados.
¿Recuperación de la depreciación de @joe? Además, creo que el objetivo de la transacción era cancelar las pérdidas....
Quizás, pero esa no es la realidad. Realmente está evitando la recuperación de la depreciación, como parece estar de acuerdo, y no está creando una pérdida para cancelar.
@joe, pero ¿cuál sería entonces la base de los hermanos? ¿Estaría cambiando la ganancia pero no la recuperación? De alguna manera dudo que eso pase.
En mi ejemplo, la base es $240k. Se vende por $240 y no hay pérdidas que discutir. El tema es cómo manejar el "descuento" a su hermana. Puede ser un ingreso imputado o un regalo imputado. No sé, y solo comento para señalar la depreciación acumulada.
Gracias por la discusión abundante. No se aplicará el factor de depreciación, ya que la propiedad se utiliza actualmente como mi residencia principal

Respuestas (2)

¿Es esto legal?

¿Por qué no? Pero es posible que tenga problemas para deducir pérdidas en sus impuestos, especialmente si le vende a alguien relacionado con usted de alguna manera (que es lo que está haciendo). Consulte la parte añadida a continuación sobre cómo tratar con una "persona relacionada" (que es un hermano).

El estado de Maryland tiene un impuesto de transferencia/registro del 1,5 % para cada uno, el comprador y el vendedor. ¿Esto se computaría sobre el valor de tasación o de venta?

Debería consultar con el Estado. En California, los impuestos sobre la propiedad se evalúan en función del valor de venta, pero si el valor de venta es falso, los asesores tienen derecho a volver a calcular. Dado que está vendiendo a la familia, es probable que los tasadores intervengan y establezcan un valor más cercano al "mercado justo" en la transacción, pero nuevamente, verifique la ley local.

¿Supondrá esto algún problema si el comprador necesita financiación?

Es probable que los bancos sospechen. Dado que le está dando un descuento a su hermano, es probable que no cause un problema de financiación. Si se tratara de una persona no relacionada que obtuviera tal descuento, probablemente habría planteado algunas preguntas.

¿Podría deducir una pérdida de capital en mi declaración de impuestos?

Como dije, puede ser un problema. Si la transacción es entre personas relacionadas, probablemente no. De lo contrario, no estoy seguro. Consulte con un asesor fiscal profesional (EA o CPA con licencia en Maryland).


Usted mencionó en el comentario que el comprador es un hermano. La Publicación 544 del IRS tiene una lista de lo que se considera "persona relacionada", y eso incluye a los hermanos. Entonces, la respuesta corta es NO , no podrá deducir la pérdida. El tratamiento fiscal no es trivial en este caso, y sugiero que un asesor fiscal profesional lo guíe sobre cómo proceder.

Aquí está la definición de "persona relacionada" del pub del IRS. 544:

  1. Miembros de una familia, incluidos solo hermanos, hermanas, medios hermanos, medias hermanas, cónyuge, ascendientes (padres, abuelos, etc.) y descendientes directos (hijos, nietos, etc.).

  2. Un individuo y una corporación si el individuo posee directa o indirectamente más del 50% del valor de las acciones en circulación de la corporación.

  3. Dos corporaciones que sean miembros del mismo grupo controlado según se define en la sección 267(f) del Código de Rentas Internas.

  4. Un fiduciario de fideicomiso y una corporación si el fideicomiso o el otorgante del fideicomiso posee directa o indirectamente más del 50% en valor de las acciones en circulación de la corporación.

  5. Un otorgante y fiduciario, y el fiduciario y beneficiario, de cualquier fideicomiso.

  6. Fiduciarios de dos fideicomisos diferentes, y el fiduciario y beneficiario de dos fideicomisos diferentes, si la misma persona es el fideicomitente de ambos fideicomisos.

  7. Una organización benéfica o educativa exenta de impuestos y una persona que directa o indirectamente controla la organización, o un miembro de la familia de esa persona.

  8. Una corporación y una sociedad si las mismas personas poseen más del 50% del valor de las acciones en circulación de la corporación y más del 50% del interés de capital o participación en las utilidades de la sociedad.

  9. Dos corporaciones S si las mismas personas poseen más del 50% del valor de las acciones en circulación de cada corporación.

  10. Dos corporaciones, una de las cuales es una corporación S, si las mismas personas poseen más del 50% del valor de las acciones en circulación de cada corporación.

  11. Un albacea y beneficiario de una herencia a menos que la venta o el intercambio sea en cumplimiento de un legado pecuniario.

  12. Dos sociedades si las mismas personas directa o indirectamente poseen más del 50% de los intereses de capital o de utilidades en ambas sociedades.

  13. Una persona y una sociedad si la persona posee directa o indirectamente más del 50% del interés de capital o participación en las utilidades de la sociedad.

¿Podría agregar una explicación de por qué el banco sospecharía? Habría pensado que cualquier banco estaría encantado de prestar, digamos, el 80% de $240K = 192K en una propiedad valorada en $350K. Por otro lado, además del tasador del condado o municipio que busca establecer los impuestos sobre la propiedad sobre la propiedad, el IRS (y tal vez el estado de Maryland) bien puede querer investigar el asunto para verificar si el OP debe impuestos sobre donaciones en un regalo imputado de $350K - $240K = $110K al comprador.
@DilipSarwate Supongo que los bancos aquí, según mi experiencia, se apegan a los informes de tasación para las valoraciones y tienden a requerir explicaciones por las desviaciones. Como comprador, yo también sospecharía. Alguien que vende a pérdida muy por debajo del valor de mercado: debe haber algún problema con la propiedad. No es que el mercado esté congelado, y él puede hacer una venta rápida sin tal descuento en este momento. Si estuviera preocupado como persona privada, los bancos estarían mucho más preocupados con todas las críticas y el escrutinio que los rodea.
Re el impuesto sobre donaciones - un buen punto. En realidad, tendría sentido que el IRS permitiera la pérdida y luego exigiera el impuesto sobre donaciones para transacciones de personas no relacionadas (las transacciones de personas relacionadas tienen reglas en las que la pérdida se transfiere al comprador).
Entonces, solo para resumir, no hay legalidad que impida la venta. Simplemente no puedo reclamar ninguna pérdida de capital. Esta bien. Sin embargo, ahora ¿tendría que pagar mi hermano un impuesto sobre donaciones sobre el valor de tasación (menos) el precio de venta?
@rs79 el donante paga el impuesto sobre donaciones, no el donatario. En este caso eres tú. Como dije, el tratamiento fiscal de tal transacción no es trivial. Sugiero hablar con un profesional.

¿Es esto legal?

Si el propósito de la venta a ese precio es defraudar a otra persona, podría tener un problema legal. Por ejemplo, si el propósito era hacerte parecer más pobre para que pudieras recibir ayuda del gobierno; O para aumentar sus posibilidades de obtener una beca universitaria; o no tener que pagarle dinero a su cónyuge como parte de un acuerdo de divorcio; o si hay una parte no escrita de la transacción para que el hermano vuelva a vender la casa en unos años cuando ya no necesite parecer pobre.

La respuesta de @littleadv cubre las complicaciones fiscales.

Tengo un punto adicional. La venta no puede ser una venta corta. El banco nunca lo aprobará. La venta corta solo puede aprobarse cuando el banco está convencido de que no hay compradores viables a un nivel para recuperar todo su dinero. Tu hermano no es una transacción a distancia.

>La venta no puede ser una venta corta. El banco nunca lo aprobará. En realidad, el OP nunca mencionó ninguna hipoteca sobre la propiedad que deba pagarse.
en realidad ni siquiera sabemos si fue una propiedad de inversión.
El precio de venta previsto (240k) de la propiedad cubre con creces el saldo de la hipoteca adeudada.