[Me refiero a una conversación de ATC durante el golpe militar en Turquía con un MD83 EP-TAS (ATA TBZ5402). ¿Puede un piloto despegar a su propia discreción?
Para resumir el enlace: un piloto está rogando a la torre que le permita partir y se lo niega repetidamente debido a lo que el controlador describe como una "operación militar" o "personas en la torre". El piloto indica que la situación es peligrosa e incluso informa haber visto disparos en el suelo en un momento. Luego, el piloto pide repetidamente permiso para partir "a mi propia discreción". Al final, parece que no se va.
¿Habría alguna consecuencia para el piloto? ¿Se le permite despegar si la situación en tierra es más amenazante que en el aire? ¿Existe alguna normativa internacional en este caso?
En términos generales, un piloto puede (físicamente) hacer lo que quiera: ATC no tiene control remoto. Si empuja los aceleradores hacia adelante y tira hacia atrás del yugo, despegará, sin importar las cosas malas que la gente de la torre le grite por radio.
Hablando en términos prácticos, hacerlo puede causarle problemas: es posible que se encuentre en el aire con aviones con más armas que las suyas, o que se disparen proyectiles desde el suelo de tal manera que se crucen con su ruta de vuelo ("Puede ser interceptado o derribado por tipos militares muy molestos"), incluso si eso no sucede, puede enfrentar acciones administrativas o civiles por ignorar las instrucciones del ATC en la jurisdicción donde hizo esto.
No estoy seguro de cuáles son las políticas de ATC en Turquía, pero la FAA de EE. UU. tiene una frase específica para esto: UNABLE TO ISSUE DEPARTURE CLEARANCE. DEPARTURE WILL BE AT YOUR OWN RISK.
(la encontrará en JO 7110.65W, en la página 3-3-1 ).
La autoridad de emergencia de un piloto también se reconoce en todo el mundo (al menos en los estados de la OACI; lo encontrará en el Anexo 2, 2.3.1, convenientemente citado en Wikipedia ), por lo que si el piloto al mando considera que permanecer en tierra constituye una emergencia, pueden infringir los reglamentos en la medida necesaria para hacer frente a la emergencia (es decir, renunciar a obtener una autorización y despegar incluso si el ATC les dice que no lo hagan).
Sí, un piloto al mando puede despegar a su discreción si es absolutamente necesario en aras de la seguridad.
Se aplican las reglas del aire (Anexo 2 de la OACI):
2.3.1 Responsabilidad del piloto al mando
El piloto al mando de una aeronave, ya sea que manipule los controles o no, será responsable de la operación de la aeronave de acuerdo con las reglas del aire, excepto que el piloto al mando puede apartarse de estas reglas en circunstancias que hacen que dicha salida sea absolutamente necesaria en aras de la seguridad.
2.4 Autoridad del piloto al mando de una aeronave
El piloto al mando de una aeronave tendrá la autoridad final en cuanto a la disposición de la aeronave mientras esté al mando.
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