¿La separación vertical se basa en la diferencia geométrica o en la diferencia de altímetros?

En los comentarios debajo de una de las respuestas a esta pregunta sobre la influencia de la temperatura en la separación vertical, se planteó la pregunta de si ATC garantiza una separación vertical de 1000 pies en función de la diferencia geométrica (altitud real) o la diferencia de altitud de presión.

En aire frío, la separación vertical verdadera será inferior a 1000 pies si la diferencia de altitud indicada en el altímetro es de 1000 pies.

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Fuente: la otra pregunta

¿Hay una referencia oficial que da la respuesta?

Respuestas (2)

La respuesta corta : "Diferencia de altímetro"


La respuesta larga:

Desde la perspectiva del piloto, cuando el ATC le asigna una altitud para mantener, volará la altitud en referencia a su altímetro, ya sea que se trate o no de una asignación de "Nivel de vuelo" (generalmente FL180 y superior en América del Norte), o asignación de "altitud" (por debajo de FL 180).

Por ejemplo, cuando la temperatura es más fría que ISA y a una aeronave se le asigna FL250 y a otra se le asigna FL260, la separación vertical real (geométrica/verdadera) entre las aeronaves sería marginalmente menor a 1000 pies. No hay corrección ATC ( en los EE. UU.) para que la altitud real "verdadera" sea (probablemente un poco) inferior a 1000 pies en este escenario.

Dado que no hay una corrección automática para más frío que ISA (o más cálido que ISA) interno en el altímetro, la altitud real es diferente de lo que se muestra al piloto en su altímetro y se muestra al controlador en el radar ATC.

Esto es solo con respecto a la separación entre aeronaves. La separación del terreno es considerada tanto por el piloto como por el ATC, según sea necesario. Por ejemplo, en algunos lugares durante temperaturas muy frías, la MVA (altitud de vectorización mínima) para un área específica puede aumentarse para que la aeronave siempre tenga la separación de altitud "verdadera" necesaria del terreno mientras el controlador la dirige.

El piloto, mientras realiza procedimientos de aproximación por instrumentos en aeropuertos designados específicamente , hará ajustes de altitud para la espera de aproximación frustrada IAF/IF/FAF/MDA/DA, en función de un valor de corrección obtenido automáticamente del equipo a bordo o manualmente de un tabla/gráfico de corrección de altitud de temperatura fría.

En estas ocasiones, el piloto tiene la obligación de notificar a ATC los ajustes de altitud que se están realizando. Estos ajustes se harán a la altitud indicada que se está volando con el propósito de franquear obstáculos/terreno y la altitud indicada en el altímetro será más alta que la publicada en la carta.

El control de tráfico aéreo proporciona una separación vertical basada en la altitud de presión.

La sección 5.3 del Documento 4444 de la OACI (Procedimientos de los servicios de navegación aérea - Gestión del tránsito aéreo) define la separación vertical.

5.3 SEPARACIÓN VERTICAL

5.3.1 Aplicación de separación vertical

La separación vertical se obtiene requiriendo que las aeronaves que utilizan los procedimientos prescritos de reglaje del altímetro operen a diferentes niveles expresados ​​en términos de niveles de vuelo o altitudes de acuerdo con las disposiciones del Capítulo 4, Sección 4.10.

La separación vertical mínima (VSM) será:

a) 300 m (1 000 pies) nominales por debajo del nivel de vuelo 290 y 600 m (2 000 pies) nominales en o por encima de este nivel, excepto lo dispuesto en b) a continuación; y

b) dentro del espacio aéreo designado, sujeto a un acuerdo regional de navegación aérea: un nivel nominal de 300 m (1 000 pies) por debajo de FL 410 o un nivel superior cuando así se prescriba para su uso en condiciones específicas, y un valor nominal de 600 m (2 000 pies) en o por encima de este nivel.

Nota.— En el Manual sobre una separación vertical mínima de 300 m (1 000 ft) entre FL 290 y FL 410 inclusive (Doc 9574) se incluye texto de orientación relacionado con la separación vertical.

Esto explica que la separación se basa en una diferencia de altímetro de 1000 pies. No menciona la corrección por baja temperatura cuando se trata de separación vertical.

La corrección por baja temperatura se aplica cuando se trata de la altitud mínima de vectorización. Por supuesto, la altura de los obstáculos no cambia con la baja temperatura, por lo que aquí se necesita una corrección para evitar el riesgo de colisiones.

8.6.5.2 Cuando realice vectorización de un vuelo IFR y cuando dé a un vuelo IFR una ruta directa que saque a la aeronave de una ruta ATS, el controlador deberá otorgar autorizaciones tales que exista el franqueamiento de obstáculos prescrito en todo momento hasta que la aeronave alcance el punto donde el el piloto reanudará su propia navegación. Cuando sea necesario, la altitud mínima de guía vectorial pertinente incluirá una corrección por el efecto de baja temperatura.