¿Se puede llegar a ser CFI con una licencia deportiva?

¿Bajo la FAA, un piloto deportivo puede obtener un respaldo cfi solo para la categoría LSA? Si es así, ¿necesitan un médico?

Las mismas preguntas para los pilotos de planeadores.

Respuestas (2)

Sí.

LEJOS 61.403.

Para ser elegible para un certificado de instructor de vuelo con una habilitación de piloto deportivo, debe:

(a) Tener al menos 18 años de edad.

(b) Ser capaz de leer, hablar, escribir y entender inglés. Si no puede leer, hablar, escribir ni entender inglés por razones médicas, la FAA puede imponer límites a su certificado según sea necesario para la operación segura de aeronaves deportivas ligeras.

(c) Poseer al menos una licencia de piloto deportivo con habilitaciones o privilegios de categoría y clase, según corresponda, que sean apropiados para los privilegios de instructor de vuelo buscados.


Un CFI nunca necesita un certificado médico. No se requiere para el funcionamiento de dicho certificado.

Es posible que se requiera un certificado médico si el CFI tiene roles adicionales. Por ejemplo, el CFI también actúa como el piloto al mando legal. Un piloto deportivo que actúe como piloto al mando legal no necesita un examen médico.


LEJOS 61.23 (b)

b) Las operaciones que no requieran certificado médico. Una persona no está obligada a tener un certificado médico:

(1) Al ejercer los privilegios de un certificado de estudiante piloto mientras busca:

(i) Una licencia de piloto deportivo con privilegios de planeador o globo; o

(ii) Una licencia de piloto con habilitación de categoría de planeador o habilitación de clase de globo;

(2) Al ejercer las atribuciones de una licencia de piloto deportivo con atribuciones en un planeador o globo;

(3) Al ejercer las atribuciones de un certificado de piloto con habilitación de categoría de planeador o habilitación de clase de globo en un planeador o globo, según corresponda;

(4) Al ejercer las atribuciones de un certificado de instructor de vuelo con:

(i) Una habilitación de piloto deportivo en un planeador o globo; o

(ii) Una habilitación de categoría de planeador;

(5) Al ejercer las atribuciones de un certificado de instructor de vuelo si la persona no está actuando como piloto al mando o sirviendo como piloto requerido como miembro de la tripulación de vuelo;

(6) Al ejercer los privilegios de un certificado de instructor de tierra;


Para responder tu pregunta. Un piloto deportivo o CFI nunca necesitará un examen médico porque la operación no requiere un examen médico sino una licencia de conducir válida.

Un piloto de planeador o CFI nunca necesita una licencia médica o de conducir, si estoy leyendo el reglamento correctamente.


Un CFI deportivo no requiere una CPL como lo hace un CFI normal. El requisito de CPL se encuentra en la parte 61 subparte H

Subparte H—Instructores de vuelo que no sean instructores de vuelo con habilitación de piloto deportivo

§61.183 Requisitos de elegibilidad. Para ser elegible para un certificado o habilitación de instructor de vuelo, una persona debe:

(c) Poseer una licencia de piloto comercial o una licencia de piloto de transporte de línea aérea con:

Pero la subparte H especifica que no sean instructores de vuelo con una habilitación de piloto deportivo . Las reglas para CFI deportivo se encuentran en la subparte K donde no se encuentra tal requisito. (ver 61.403 arriba)


Sin embargo, no exime al piloto o al CFI de adherirse a FAR §61.53 Prohibición de operaciones durante deficiencia médica .

Editado en una sección para responder a las portadas planteadas por Carlo Filicione.

Interesante. Sin embargo, no podría realizar instrucción de vuelo con un piloto deportivo en formación a cambio de una compensación monetaria. Eso requeriría un certificado de piloto comercial y un certificado médico Clase II o superior.

A los CFI no se les paga por volar un avión, sino por instruir, por lo que no se requiere un certificado comercial con médico.
DE NINGUNA MANERA. Si está instruyendo, usted es PIC hasta que el tipo en el asiento izquierdo sea un piloto con licencia en esa categoría y clase de aeronave o tipo calificado para la aeronave en particular en la que está recibiendo instrucción. Consulte 14 CFR 61.315 y 91.3. Así que este tipo de presenta un enigma. Puede instruir a otros pilotos deportivos, pero no puede hacerlo a cambio de una compensación monetaria.
En realidad, en cierto sentido lo hace, ya que agrega algo de claridad para la instrucción de vuelo de un piloto deportivo en aeronaves motorizadas.
Debe mejorar su respuesta resaltando qué parte de su publicación responde a la pregunta y agregando referencias para lecturas adicionales.
¿Puede citar las FAR particulares que se aplican a su respuesta? El lenguaje notoriamente ambiguo de la FAA realmente me está arrojando aquí y no veo en ninguna parte que hayan publicado un AC o una interpretación legal en la categoría deportiva.
Ok, me he dado cuenta de esto. Las reglas para una CFI bajo la parte 61 subparte H requieren una CPL. Pero esa subparte especifica en su título que es para CFI excepto CFI con calificación deportiva. Las reglas de CFI deportivas están separadas en la subparte K. En la subparte K no hay un requisito de CPL según 61.403 (c) como lo hay en 61.183 (c) para CFI regulares.