En la pregunta ¿Cómo obtienen los pilotos no estadounidenses las horas necesarias para un ATP? , se planteó la cuestión de si tenemos 250 o 500 horas de vuelo de pilotos extranjeros en aviones comerciales hacia los principales aeropuertos de EE. UU. La respuesta de DeltaLima mencionó la Licencia de piloto con tripulación múltiple (MPL) de la OACI , que
permite a un piloto ejercer las atribuciones de un copiloto en un transporte aéreo comercial en aviones con tripulación múltiple.
De particular interés es la gran brecha en el requisito de experiencia mínima entre esta licencia y una licencia ATP que normalmente se requeriría para volar un avión comercial en los EE. no tiene un título en aviación), el requisito para el estándar MPL de la OACI es mucho menor. Según la OACI :
El estándar de la OACI para MPL especifica 240 horas como el número mínimo de horas de vuelo reales y simuladas que realizan las funciones de piloto que vuela y piloto que no vuela.
Si bien EE. UU. no tiene dicho certificado de piloto, lo que me pregunto es:
Si es así, ¿existen otras restricciones para hacerlo? Por ejemplo:
¿Qué se requiere para que un piloto vuele en otro país? y tengo una licencia EASA europea, ¿qué debo hacer para poder volar en los EE. UU.? cubren algunos puntos generales sobre los requisitos de certificación para volar una aeronave en un país diferente a aquel en el que el piloto obtuvo su licencia, pero no abordan cuestiones específicas de volar rutas de aerolíneas.
Curiosamente, la OACI parece sugerir que los pilotos con MPL podrían volar en el asiento derecho de un avión a cualquier país de la OACI:
Reconocimiento internacional de licencias de tripulación de vuelo
El Convenio sobre Aviación Civil Internacional, a menudo denominado Convenio de Chicago, prevé el reconocimiento mundial de las licencias de tripulación de vuelo emitidas por cualquier Estado miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), siempre que:
1. la licencia cumple o supera las Normas de concesión de licencias de la OACI del Anexo 1 - Licencias al personal del Convenio sobre Aviación Civil Internacional; y
2. la licencia se utiliza en una aeronave que está matriculada en el Estado que ha emitido o validado la licencia.
Si la licencia se va a utilizar en una aeronave que no está matriculada en el Estado emisor, el titular de la licencia debe obtener una validación de la licencia del Estado de matrícula o, alternativamente, obtener una nueva licencia emitida por el Estado de matrícula.
¿Alguien puede proporcionar una referencia a las FAR (o algo de autoridad similar) o citar la experiencia personal para confirmar si esto está realmente permitido y, de ser así, qué restricciones se imponen a tales operaciones?
La MPL no permite que el titular vuele como piloto al mando, aunque en un apuro probablemente podría hacerlo. Es un boleto básico para permitir que un piloto que no sea ATPL vuele como miembro de la tripulación completamente calificado de una aeronave que, de otro modo, requiere el boleto ATPL completo. En otros lugares, es probable que el piloto solo acumule experiencia en solitario, y no será de mucha utilidad cuando haga la transición a un avión con tripulación múltiple. La MPL solo permite que el titular actúe como copiloto, segundo oficial (ingeniero de vuelo) o piloto de crucero, no como piloto al mando, en cualquier vuelo, incluso a los EE. UU. Cuando se utilice, al titular de la MPL se le otorgará su ATPL cuando cumpla con los requisitos reglamentarios adicionales y haya acumulado las horas requeridas. El piloto MPL tiene derecho a volar en su aeronave como copiloto desde cualquier lugar fuera de EE. UU. a EE. UU., aunque no en una aeronave registrada en EE. UU.
Sí. Es notable pensar que la FAA permite que el avión operado en el extranjero salga de la punta de su ala en una aproximación simultánea a JFK para tener un MPL FO con tan solo 258 horas (8 horas ganadas durante el vuelo actual) mientras que la misma FAA requiere 1500 horas para el FO en su avión operado por EE. UU. del mismo tipo.
Tenga en cuenta la situación extraña cuando su entrenamiento inicial es para operaciones con tripulación múltiple: según la OACI, MPL es equivalente a CPL aprobado con una habilitación de instrumentos y una habilitación de tipo en una aeronave con tripulación múltiple. Pero... un piloto de MPL generalmente no puede volar un avión de un solo piloto sin cumplir con requisitos adicionales. (!) IDK qué sucede si el Capitán queda incapacitado durante un vuelo con un MPL FO.
El 737 MAX etíope que se estrelló en marzo de 2019 tenía un MPL FO con un total de 361 horas. Tenía 207 horas en tipo, todas ellas acumuladas dentro de los 90 días anteriores al accidente pero estaba certificado para volar como 737 FO 88 días antes del accidente. (?!)
El informe final de la investigación del accidente del 737 MAX de Lion Air señaló que, al establecer la habilitación de tipo de piloto, la capacitación, la verificación y los requisitos de vigencia para un nuevo avión, Boeing utiliza un grupo de pilotos que tienen experiencia en vuelos operativos, y el grupo incluye líneas aéreas pilotos "para ayudar a garantizar que los requisitos sean operacionalmente representativos". La recomendación de seguridad: "La FAA y los OEM deben reevaluar sus suposiciones sobre lo que constituye la habilidad básica de una tripulación de vuelo promedio y qué nivel de conocimiento de sistemas tiene una 'tripulación de vuelo promedio debidamente capacitada' cuando se encuentra con fallas".
Mis pensamientos: La FAA debería agregar a su intrépido Glosario de términos: Tripulación de vuelo promedio debidamente capacitada: el mínimo común denominador de la competencia del piloto que se encuentra en el grupo de pilotos en todo el mundo; utilizado como el mejor estándar de diseño de casos para factores humanos.
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14 CFR Parte 129 — OPERACIONES: TRANSPORTISTAS AÉREOS EXTRANJEROS Y OPERADORES EXTRANJEROS DE AERONAVES MATRICULADAS EN LOS ESTADOS UNIDOS QUE REALIZAN TRANSPORTE COMÚN
§ 129.15 Certificados de miembros de la tripulación de vuelo Cada persona que actúe como miembro de la tripulación de vuelo debe poseer un certificado o licencia que demuestre la capacidad de la persona para desempeñar funciones relacionadas con la operación de la aeronave. El certificado o licencia debe haber sido expedido o validado por:
a) El Estado en el que está matriculada la aeronave; o
(b) El Estado del explotador, siempre que el Estado del explotador y el Estado de matrícula hayan celebrado un acuerdo en virtud del Artículo 83bis del Convenio sobre Aviación Civil Internacional que cubra la aeronave.
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Un piloto con licencia MPL aquí. He estado volando dentro y fuera de los EE. UU. durante el último año con una licencia MPL. Para ser justos, he estado volando alrededor del resto del mundo y acumulé 2000 horas antes de volar a los EE. UU. por primera vez.
fanático del trinquete
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Jan Hudec
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