¿Puede el presidente de los Estados Unidos implementar restricciones a la sindicalización policial?

Un potencial para ayudar a resolver el problema de la brutalidad policial, como se analiza en esta pregunta , es frenar el poder que actualmente tienen los sindicatos policiales.

En su forma actual, las medidas disciplinarias están sujetas a negociación colectiva. Se sabe que esto resulta en la impunidad de la brutalidad policial.

¿Es esto algo que el presidente de los Estados Unidos podría anular?

Cuando se refiere a restricciones, ¿está hablando de restricciones sobre la existencia de sindicatos, restricciones sobre lo que pueden y no pueden negociar con sus empleadores, o restricciones sobre cómo pueden negociar con sus empleadores (por ejemplo, amenazas de huelga)?

Respuestas (2)

No sin la aprobación del Congreso.

29 USC §158(d) define la negociación colectiva de la siguiente manera (énfasis mío):

A los efectos de esta sección, negociar colectivamente es el cumplimiento de la obligación mutua del empleador y el representante de los empleados de reunirse en horarios razonables y consultar de buena fe con respecto a salarios, horas y otros términos y condiciones de empleo . , o la negociación de un acuerdo, o cualquier cuestión que surja del mismo, y la ejecución de un contrato escrito que incorpore cualquier acuerdo alcanzado si cualquiera de las partes lo solicita

Por supuesto, las cuestiones de disciplina pueden considerarse razonablemente como parte de los términos y condiciones de empleo y, por lo tanto, pueden estar sujetas a negociación colectiva con cualquier sindicato.

Para cambiar esta definición, ya sea para un sindicato o para todos los sindicatos, se requeriría la aprobación de una nueva Ley del Congreso que modifique este subcapítulo del Código de los Estados Unidos.

-1 La NLRA no se aplica a los empleados estatales o locales, que están específicamente excluidos de la cobertura por 29 USC 152(2). Los sindicatos de policías estatales y locales se rigen exclusivamente por las leyes estatales y locales.

En 1981, Ronald Reagan utilizó su poder ejecutivo para ordenar a los controladores de tráfico aéreo en huelga que volvieran a trabajar , después de que fracasaran las negociaciones entre su sindicato, PATCO (Controladores Profesionales de Tráfico Aéreo) y el gobierno federal. Los controladores que se negaron a regresar al trabajo después de 48 horas fueron despedidos y puestos en la lista negra. Después de algunos meses de dolores de cabeza (huelgas, retrasos en los aeropuertos, etc.), la huelga terminó y el sindicato se disolvió por completo. Las listas negras fueron eliminadas en los años 90 por Clinton, y los controladores de tráfico aéreo eventualmente formaron un nuevo sindicato para representarlos, pero creo que el punto está claro.

Los sindicatos policiales generalmente negocian con los gobiernos estatales o locales, no con el gobierno federal, pero se aplica el mismo principio. Si un presidente escribiera una orden ejecutiva que (digamos) restringiera el uso de ciertas disposiciones en los contratos policiales, entonces los gobiernos locales y los sindicatos policiales tendrían que renegociar los contratos o desafiar abiertamente la orden. Como mínimo, eso crearía motivos para demandas, y aunque el presidente no tiene el poder de contratar o despedir a personal no federal encargado de hacer cumplir la ley, sí tiene poder ejecutivo sobre los fondos y recursos federales de los que dependen los departamentos de policía locales, lo que podría restringirse en los distritos que no cumplan con la orden ejecutiva. Sería un movimiento polémico, pero no sin precedentes.

Obviamente, es poco probable que Trump escriba una orden ejecutiva de este tipo, incluso en la lectura más generosa, Trump favorece la aplicación de la ley y se opone a la supervisión federal, pero la táctica no es impensable para un presidente que se inclinaría de esa manera.

Incluso si él firmó tal orden (o lo hizo un futuro presidente), hay pocas posibilidades de que se mantenga en un tribunal de justicia. Y me gustaría pensar que la EO en 1981 fue diferente, ya que solo estaba relacionada con los controladores de tránsito aéreo que volvían a trabajar para mantener el flujo del tráfico aéreo y no estaba relacionada con la forma en que realmente negociaron.
“Los sindicatos policiales generalmente negocian con los gobiernos estatales o locales, no con el gobierno federal, pero se aplica el mismo principio”. El mismo principio sería que una ciudad o estado tomara tal decisión. El presidente literalmente no tiene poder para hacerlo. Los gobiernos estatales y locales no son ramas del gobierno federal y no responden ante el presidente.