¿Quién vigila a la policía en los Estados Unidos?

¿Quién vigila a la policía en los Estados Unidos? ¿Hay alguien ante quien un oficial de policía tenga que responder por cometer actos racistas, abusar de su poder o cometer otros delitos innecesariamente?

En algunas ciudades tienen un gran jurado, creo que se llama o algo por el estilo, donde son ciudadanos comunes que hacen algo relacionado con acusaciones de abuso de poder de la política y tal. Solo algo para descartar que escuché para alguien que está más familiarizado con el detalle específico para agregar esa respuesta si es realmente aplicable y precisa (o incluso algo) si lo que recuerdo vagamente es válido.

Respuestas (3)

En teoría, hay múltiples niveles de supervisión. Se supone que los oficiales de policía individuales deben rendir cuentas, más directamente, a sus supervisores y departamentos. Al igual que en otros países, los departamentos de policía de EE. UU. tienen divisiones de asuntos internos para investigar y responder a todas las formas de infracción de la ley y conducta indebida por parte de los agentes de policía. Más allá de eso, la policía abusiva puede enfrentar demandas civiles y cargos penales (aunque en la práctica rara vez son condenados). Si hay patrones de abuso que no se manejan internamente de manera adecuada, los distintos niveles de gobierno también tienen autoridad para intervenir.

El artículo de Wikipedia sobre "Reforma policial en los Estados Unidos" brinda una cronología de eventos y cambios significativos a lo largo del tiempo. En las décadas de 1970 y 1980, las comisiones especiales (como la Comisión Knapp en la ciudad de Nueva York) y las juntas civiles de revisión a nivel local se volvieron cada vez más comunes. Una ley federal, la Ley de Control de Delitos Violentos y Cumplimiento de la Ley de 1994, otorgó a la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia autoridad para entablar demandas civiles contra los departamentos de policía locales y estatales.

Como este ha sido un tema político importante durante décadas, se puede decir mucho más. Para ver solo un ejemplo de los muchos libros sobre este tema, consulte The New World of Police Accountability de Samuel E. Walker y Carol A. Archbold.

Es genial saber que hubo comisiones especiales adicionales, y más aún, ahora el Departamento de Justicia, ¡gracias!

Asuntos internos (aplicación de la ley)

Los asuntos internos se refieren a una división de una agencia de aplicación de la ley que investiga incidentes y posibles sospechas de infracción de la ley y mala conducta profesional atribuidas a los oficiales de la fuerza. Por lo tanto, es un mecanismo de autogobierno limitado, "una fuerza policial que se vigila a sí misma". En diferentes sistemas, los asuntos internos pueden tener otros nombres, como división de investigaciones internas (generalmente denominada IID), estándares profesionales, inspección general, Oficina de Responsabilidad Profesional, junta de revisión interna o similar.

Función

La función de asuntos internos no es una función de cumplimiento, sino más bien una función policial que trabaja solo para informar. El concepto de asuntos internos es muy amplio y exclusivo de cada departamento de policía. Sin embargo, el único propósito de tener una unidad de asuntos internos es investigar y encontrar la verdad sobre lo que ocurrió cuando un oficial es acusado de mala conducta. Una investigación también puede brindar información sobre una política en sí misma que puede tener problemas.

junta de revisión civil

Varios departamentos de policía en los EE. UU. se han visto obligados a instituir una revisión o investigación ciudadana de las denuncias de mala conducta policial en respuesta a la percepción de la comunidad de que las investigaciones de asuntos internos están sesgadas a favor de los agentes de policía.


Lectura sugerida: La historia de la policía en los EE. UU. , PDF, 16 páginas.

No fue sino hasta la década de 1830 que surgió por primera vez en los Estados Unidos la idea de un departamento de policía municipal centralizado. En 1838, la ciudad de Boston estableció la primera fuerza policial estadounidense, seguida por la ciudad de Nueva York en 1845, Albany, NY y Chicago en 1851, Nueva Orleans y Cincinnati en 1853, Filadelfia en 1855 y Newark, NJ y Baltimore en 1857 ( Harring 1983, Lundman 1980, Lynch 1984). En la década de 1880, todas las principales ciudades de EE. UU. Contaban con fuerzas de policía municipal.

Estas organizaciones de “policía moderna” compartían características similares: (1) tenían apoyo público y forma burocrática; (2) los oficiales de policía eran empleados de tiempo completo, no voluntarios de la comunidad o retenedores de honorarios caso por caso; (3) los departamentos tenían reglas y procedimientos fijos y permanentes, y el empleo como oficiales de policía era continuo; (4) los departamentos de policía eran responsables ante una autoridad gubernamental central (Lundman 1980).

En los estados del sur, el desarrollo de la policía estadounidense siguió un camino diferente. La génesis de la organización policial moderna en el Sur es la “Patrulla de Esclavos” (Platt 1982). La primera patrulla formal de esclavos se creó en las colonias de Carolina en 1704 (Reichel 1992). Las patrullas de esclavos tenían tres funciones principales: (1) perseguir, capturar y devolver a sus dueños, los esclavos fugitivos; (2) proporcionar una forma de terror organizado para disuadir las revueltas de esclavos; y (3) mantener una forma de disciplina para los trabajadores esclavos que estaban sujetos a la justicia sumaria, fuera de la ley, si violaban las reglas de la plantación. Después de la Guerra Civil, estas organizaciones de estilo vigilante evolucionaron en los modernos departamentos de policía del sur principalmente como un medio para controlar a los esclavos liberados que ahora eran trabajadores que trabajaban en un sistema de castas agrícola.

¡Gracias por la respuesta detallada! Aparece Asuntos Internos y en algunos lugares una Junta de Revisión Civil luego en resumen. ¡Esperemos que trabajen para cambiar las cosas para mejor!

Además de lo que Brian mencionó en su buena respuesta , en los casos en que alguien viole los derechos civiles mientras actúa "bajo el color de la ley" (lo que incluye, entre otros, a los agentes del orden público), el Departamento de Justicia federal puede intervenir y entablar acciones penales. cargos bajo 18 USC 242

18 US Code § 242. Privación de derechos bajo apariencia de ley

Cualquiera que, al amparo de cualquier ley, estatuto, ordenanza, reglamento o costumbre, deliberadamente someta a cualquier persona en cualquier Estado, Territorio, Estado Libre Asociado, Posesión o Distrito a la privación de cualquiera de los derechos, privilegios o inmunidades garantizados o protegidos por la Constitución. o las leyes de los Estados Unidos, o a castigos, penas o penas diferentes, por el hecho de que dicha persona sea extranjera, o por su color o raza, que los prescritos para el castigo de los ciudadanos, serán multados en virtud de esta título o encarcelado no más de un año, o ambos; y si las lesiones corporales resultan de los actos cometidos en violación de esta sección o si tales actos incluyen el uso, intento de uso o amenaza de uso de un arma peligrosa, explosivos o fuego, será multado bajo este título o encarcelado por no más de diez años, o ambos;

El texto es un poco doloroso de analizar, pero la parte "por ser tal persona extranjera, o por su color o raza" solo modifica "o a diferentes castigos, penas o penas... que se prescriben para el castigo de los ciudadanos". Esta limitación no se aplica a la parte principal sobre "someter deliberadamente a cualquier persona... a la privación de cualquier derecho, privilegio o inmunidad garantizados o protegidos por la Constitución o las leyes de los Estados Unidos". Como señala el propio Departamento de Justicia ,

No es necesario que el delito esté motivado por la animadversión hacia la raza, color, religión, sexo, minusvalía, estado familiar u origen nacional de la víctima.

Por lo tanto, cualquier acción de las fuerzas del orden público que deliberadamente prive a cualquier persona "de cualquier derecho, privilegio o inmunidad garantizados o protegidos por la Constitución o las leyes de los Estados Unidos" puede ser procesada como un delito federal, independientemente de lo que diga el Departamento de Asuntos Internos del departamento local. oficina decide. Además, es importante señalar aquí que, mientras que la prohibición constitucional de la doble incriminación normalmente prohíbe ser juzgado dos veces por el mismo delito, la Doctrina de la Soberanía Dual sostiene que los gobiernos estatal y federal pueden juzgar a alguien por un delito en particular si viola ambos leyes estatales y federales y la Corte Suprema ha reafirmado esta doctrina en el último año.

Como tal, incluso si un oficial de policía fue acusado y luego liberado por un delito en particular que violó los derechos civiles por parte del gobierno estatal, el gobierno federal aún podría presentar cargos en su contra. Desafortunadamente, sin embargo, parece que este poder otorgado al Departamento de Justicia no se ejerce tan a menudo como probablemente debería con respecto a las acciones de los agentes del orden público corruptos o brutales.

Gracias por el gran detalle adicional, parece que depende del Departamento de Justicia trabajar en algunos de los problemas que estamos viendo. ¡Es bueno saber que el Departamento de Justicia puede hacer algo al respecto! ¡Espero que den un paso más al frente y arreglen la corrupción!