Mi arrendador está siendo embargado. ¿Debería enfrentarlo?

Acabo de enterarme de que mi arrendador está siendo embargado. Mi contrato de arrendamiento se vence a fines de este mes, pero a través de un correo electrónico accedí a quedarme por otro año (no se firmó ningún contrato nuevo). No quiero pasar por la molestia de lidiar con esto y me gustaría encontrar otro lugar para vivir (solo tengo cinco días, pero creo que puedo hacerlo). ¿Debería confrontarlo con el hecho de que sé que está siendo embargado? Realmente no he firmado un nuevo contrato; ¿Significa eso que puedo romperlo (especialmente porque está siendo embargado)?

Bienvenido Juan. ¿Qué quieres lograr? ¿Quieres quedarte en la casa o quieres mudarte? No sé si el correo electrónico es legalmente vinculante (aquí no somos abogados), pero sus objetivos son importantes. Además, incluya su ubicación en las etiquetas.
Esto suena más a una cuestión legal o de protección del consumidor que a las finanzas personales, y creo que debería cerrarse.
@DilipSarwate - Buen punto. Pero me gusta la pregunta porque el alquiler es probablemente el gasto más grande de su vida. Creo que la pregunta podría reescribirse para abordar lo que está sucediendo y cómo ahorrar la mayor cantidad de dinero.
¿El contrato actual se convirtió automáticamente a mes a mes? ¿O se debe firmar un nuevo contrato?

Respuestas (3)

Si John firma el contrato de arrendamiento, tiene derecho a permanecer allí durante la duración del contrato de arrendamiento, independientemente del estado de ejecución hipotecaria.

http://www.nolo.com/legal-encyclopedia/renters-foreclosure-what-are-their-30064.html

Sugeriría que firmar un contrato de arrendamiento por un año (incluso por correo electrónico), con el plan de irse lo antes posible, es algo bueno. La clave estará en que la sanción por marcharse antes de tiempo sea nula .

John no sabe el estado de la ejecución hipotecaria, cuánto tiempo llevará, quién podría ser el propietario después y muchas otras incógnitas. El peor de los casos es no estar seguro de dónde vive.

Firme el contrato de arrendamiento y tenga la seguridad durante todo un año de que sabe dónde vivirá. Pase ese año encontrando un nuevo lugar para vivir.

Cómo manejar los pagos durante la ejecución hipotecaria

  1. Asegúrese de obtener recibos de pago por el alquiler que paga.
  2. Si se entera de que un banco ahora es dueño de la casa, REALICE SUS PAGOS CONSTANTEMENTE.

Si el banco no le ofrece formas claras y obvias de presentar la renta, abra una cuenta EN EL BANCO y deposite allí la renta, a tiempo.

Estás estableciendo la credibilidad de que mereces quedarte. Todavía debes el alquiler, así que págalo.

  1. Si el banco no se le acerca, entonces acérquese y dígales que se irá por dinero. Obtenga suficiente efectivo para cubrir los gastos de mudanza y el depósito de alquiler de su nuevo lugar.

No quieren ser su arrendador, pero no deje que un banco lo intimide.

Yo no lo confrontaría. Realmente no es asunto tuyo lo que haya hecho o dejado de hacer con tu dinero mientras hayas sido un inquilino fiel. Quien se quede con la casa después de la ejecución hipotecaria quiere que te quedes. Quiero decir, un inquilino fiel que paga el alquiler es mucho mejor que nadie en la casa. El nuevo arrendador (si es el banco) probablemente lo dejará en paz la mayor parte del tiempo. Solo sigue el consejo de MrChrister y documenta todo y no dejes que el banco te intimide. No es su culpa que el propietario haya sido embargado.

Recuerde que el proceso de ejecución hipotecaria lleva meses, por lo que solo porque los papeles se entregaron hoy (hipotéticamente) no significa que la próxima semana el banco se hará cargo de la casa.

+1. Ese nuevo banco no quiere un inquilino, pero la ley es clara, deben obedecer el contrato de arrendamiento actual.

Los acuerdos verbales no son legalmente vinculantes. A menos que haya firmado un nuevo contrato de arrendamiento, no está obligado a continuar alquilando la propiedad, puede irse.

Por otro lado, si realmente te gusta el lugar y quieres quedarte, debes firmar otro contrato de arrendamiento. Este acuerdo será vinculante para quienquiera que sea el propietario de la vivienda, ya sea su arrendador actual, un banco o un nuevo comprador. Pero, si sigue este camino, asegúrese de que no haya una cláusula que diga que el contrato de arrendamiento es nulo en caso de ejecución hipotecaria (o algo similar). Esta es una cláusula estándar en los contratos de arrendamiento que permite al banco cancelar el arrendamiento.

Otra opción, si realmente le gusta la casa, es ofrecer comprar la propiedad. Si la propiedad está siendo embargada, podría sugerir comprar en una venta corta. Aquí hay un enlace a un artículo que escribí titulado " Comprar en lugar de alquilar: un mercado inmobiliario en recuperación " que analiza los beneficios de comprar en lugar de alquilar.

Re: "Los acuerdos verbales no son legalmente vinculantes" ... ¿podría apoyar esta afirmación? Tengo la impresión de que, en general, un contrato oral es exigible, excepto donde el Estatuto de Fraudes dice que es un tipo de contrato que debe hacerse por escrito. Consulte Wikipedia - Estatuto de Fraudes y Definición legal del Estatuto de Fraudes
@ ChrisW.Rea: si bien es legalmente vinculante, el problema es probar que hubo un contrato. Sin un testigo, es bastante difícil.
Lo comprobé con el blog de un abogado de Virginia. En parte dice: "Incluso un intercambio de correos electrónicos o propuestas escritas sin una firma no crea necesariamente un contrato vinculante. Si bien algunos acuerdos orales son exigibles, puede ser extremadamente difícil probar la existencia de un contrato oral y sus términos. Además, según el Estatuto de Fraudes de Virginia, algunos contratos verbales nunca son exigibles. Estos incluyen, entre otros: ...Acuerdos para arrendar bienes raíces por más de 1 año" enlace