Mi antiguo asesor quiere publicar un documento que se basa en un código en el que trabajé sin darme ningún crédito. ¿Qué tengo que hacer?

Estuve en un grupo de investigación para mi maestría. disertación (trabajo computacional) durante la cual desarrollé bastante código que siguió usándose en una publicación de la que soy coautor (no se publicó ningún código en ese momento; sé cuán mala práctica es esta, no fue depende de mí).

Ahora, sin cambiar gran parte del código (diría que la mayor parte del código permanece sin cambios), mi asesor quiere que sea de acceso público como parte de una nueva publicación. Mi asesora no quiere que yo sea uno de los autores, alegando que no soy dueño del código y que el código ahora es propiedad de mi asesora y del instituto donde trabaja y donde hice mi maestría. trabajo de tesis Los cambios fueron realizados por personas que ahora son miembros de este grupo.

En aras de no pasar por demasiados problemas, estaría feliz de renunciar a toda esta situación, pero como cuestión de principio, esto realmente me molesta. No siento que esté en una posición en la que esto pueda lastimarme o afectarme, pero temo que también le pueda pasar a otras personas. ¿Qué sería lo habitual? ¿Vale la pena ser confrontativo con esto? ¿Quién posee realmente el código en esta situación y qué sería lo correcto?

¿El código tuvo alguna contribución científica (en lugar de solo una implementación particular)? Entonces tienes derecho a la coautoría. La propiedad del código es un tema diferente. Por lo general, los derechos de código a nivel de maestría son propiedad de la universidad (pero consulte las regulaciones, YMMV). Sin embargo, aparte de lo anterior, y a menos que el código sea de su propiedad, no puede evitar que lo usen.
@CaptainEmacs el código contenía algunos análisis diferentes utilizando métodos preexistentes, así como formas de agregar y comparar esta información de manera rigurosa (esta última parte sería la parte novedosa). Pensé que la propiedad del código jugaría un papel aquí, pero gracias por aclararlo.
@iliupersis El punto que está haciendo el Capitán Emacs no tiene que ver con lo que implementa el código, sino con la fuente de la contribución científica. ¿Implementaste sus ideas o creaste ideas mientras trabajabas en su proyecto? La distinción es sutil, pero necesaria para determinar si tienes los derechos de publicación. Además, su código fue escrito en busca de una maestría, lo que significa que el 99,99% de las veces hay un acuerdo de que la Universidad tiene una licencia libre para hacer con él lo que quiera, incluso si también tiene derechos de autor personales. Es probable que "efectivamente" lo posean.
@EdwinBuck ah, está bien, entendido. Mi exasesor me envió una página para un análisis análogo y mencionó que podría ser una adición interesante al trabajo que estábamos haciendo; ese fue el punto de partida de este análisis y luego implementé/apliqué todo lo demás y lo agregué. . Así que corrí con una idea que me habían enviado y la amplí. Espero que esto sea lo suficientemente claro.
@CaptainEmacs 'Por lo general, los derechos del código a nivel de maestría son propiedad de la universidad' En todas las universidades en las que he trabajado, los estudiantes de todos los niveles conservan la propiedad de los derechos de autor del código que escriben.
@EdwinBuck Eso depende del lugar. Para dar un ejemplo extremo, el consejo editorial del Journal of Open Source Software no estaría muy contento con la afirmación de que la persona que escribió el código podría quedar fuera de la lista de autores simplemente porque no "creó ideas". .
@DanielHatton Encontré esta regla en muchos lugares. Dije "típicamente", ya que esa es mi experiencia, pero tal vez sea "a veces". Tenga en cuenta que los temas de proyectos de maestría en muchos lugares son iniciados por el supervisor, por lo que si esta regla no se aplicara, cualquier estudiante de maestría que obtenga un proyecto serio del supervisor tendría que firmar algún formulario de transferencia de IP y nunca he visto que esto suceda; o de lo contrario, los supervisores dudarían en dar a sus estudiantes de maestría ideas de proyectos importantes, por lo que no estoy seguro de cómo manejan eso en lugares donde la IP del software permanece con el estudiante de maestría.
@DanielHatton No indiqué que la Universidad obtendría los derechos de autor, sino que la Universidad tendría una licencia libre y clara para hacer lo que considerara permitido con el código. Hay muchos casos en los que los derechos de autor ya no confieren control sobre una obra escrita por una persona diferente al autor, cuando esa obra se licencia explícitamente a esa persona diferente con una licencia muy permisiva. Si escribo un programa y luego le doy la licencia para revenderlo, modificarlo y cambiarle el nombre, entonces mi copyright es efectivamente un nombre en el trabajo solamente, no un medio de control.
@EdwinBuck Así es, fuiste muy cuidadoso con tu redacción y te felicito por ello.

Respuestas (3)

Dejaré de lado el aspecto legal de esto, aparte de decir que estoy de acuerdo con otros en que el estado legal probable es que la universidad posee el código que no es de dominio público.

Pasando al lado moral de las cosas. Es correcto que si desarrolló una base de código que es útil académicamente, debe recibir crédito por esto. Pero a partir de su descripción en la publicación original, parece que lo ha sido: fue el autor de un artículo que surgió del trabajo de su Maestría y para el cual desarrolló el código. En ese momento, el código debería haberse hecho público, incluso si no lo fuera. En ese momento, al publicar, renuncia a sus derechos de uso exclusivo del código (nuevamente, moralmente, no legalmente, y en todos los aspectos morales, solo en mi opinión). En teoría, cualquier persona en el mundo debería poder usar y desarrollar su trabajo publicado sin incluirlo a usted como autor en el trabajo derivado (aunque deberían citar su publicación original). Esto incluye a su asesor anterior y a sus futuros estudiantes y empleados.

Lo que complica esto es que el asesor parece haber guardado el código para su uso exclusivo para que puedan beneficiarse; no hay ningún caso moral de que deban beneficiarse de la exclusividad mientras que usted no. En segundo lugar, por lo que puedo deducir de lo que dice, ahora desean hacer público el código (¿esto está siendo forzado por una revista en la que ahora desean publicar?). Si el código se hace público en este segundo documento, pero no en el primero, se citará ese documento si alguien reutiliza el código y no usted.

Dado que el código no se hizo público con el primer lanzamiento, creo que la solución ideal en el futuro sería que hiciera público el código por separado del segundo documento con una licencia que lo identificara como autor y que especificara que las personas que deseen utilizar el código en el trabajo académico debe citar su artículo original. Su asesor anterior no lo incluiría como autor en su nuevo artículo, sino que citaría su publicación original como la fuente del código.

Su solución es acertada, creo que esa será la solución a seguir. Gracias por contribuir, realmente es una situación en la que publicar el código en la primera publicación habría ahorrado muchos problemas a todos.

La respuesta es "depende", pero arrojaré algunas respuestas orientadas a los EE. UU. que se aplican a mí tal como las conozco en UT Austin con fondos de la NSF de EE. UU. Ahora. Lo habitual sería haber publicado el código original junto con el artículo y/o la tesis de maestría (dependiendo de cuánto tiempo haya pasado) bajo una licencia de código abierto aprobada por la NSF, suponiendo que la NSF financió el trabajo. Es probable que ese código sea propiedad de la institución para la que trabajaba cuando lo escribió (dependiendo de sus políticas). Puede haber formas de regalar su código incluso en una situación así, pero así es como lo abordaría si esta fuera mi situación. Otras agencias de financiación de EE. UU. adoptan un enfoque similar. De todos modos, espero que desee trabajar con su antiguo asesor para hacer que este código sea de código abierto.

Cualquier cambio reciente también se publicaría en el mismo repositorio de código abierto como parte del proceso de publicación en curso para el código y su comunidad de trabajo (incluso si solo son los estudiantes graduados del PI del laboratorio que lo desarrolló originalmente). Podría usar este código dondequiera que esté ahora y otros también lo harían, así como el uso continuo por parte del laboratorio original.

Idealmente, usted habría sido parte de una publicación original o el llamado "documento marcador" sobre los métodos utilizados en el código cuando el repositorio se hizo público, y su tesis podría haber servido para este propósito, aunque creo que un artículo de revista o documento de conferencia revisado por pares hubiera sido mejor. Su asesor está siendo bastante tacaño con el crédito académico al no querer incluirlo en la autoría de un artículo actual con un lanzamiento de repositorio contemporáneo. Lucharía contra eso con uñas y dientes si ya no necesitas una relación laboral con ella. Tu antigua universidad probablemente tenga una página de propiedad intelectual que describa quién posee qué, y apostaría dinero en Las Vegas a que no es tu antiguo asesor. Es posible que se le deba una parte sustancial de los ingresos por licencias que genera la universidad, pero eso no significa Parece que la preocupación aquí. En mi universidad, la propiedad está predeterminada por quién financió el trabajo y los contratos que transfirieron esa financiación. Hay muchos "depende" que deben verificarse.

Sí, tal vez consultar con mi antigua universidad no sería tan malo, estaba tratando de entender si había una guía general para esto. voy a ver Estoy de acuerdo en que el código debería haberse publicado con la primera publicación, pero mi antiguo asesor estaba muy interesado en mantenerlo para que pudiera reutilizarse en futuros documentos y análisis similares (sé que esta es una práctica deficiente, pero realmente no estaba en un posición donde podría discutir o denunciar sus malas prácticas).
La publicación del código no impide que su asesor haga un trabajo futuro con él ni una publicación futura. Si el papel marcador es muy citado y el código se vuelve popular, entonces eso es genial. Solo mire bibliotecas como PETSc, deal.ii, etc., sus autores aprovechan su popularidad para reforzar sus propuestas de subvenciones y promover el desarrollo continuo de sus bibliotecas. Los autores de estas bibliotecas también se encuentran entre algunos de los usuarios más frecuentes de sus bibliotecas con muchas publicaciones. Su asesor simplemente no entiende el OSS científico. ¡Mucho uso por parte de otros amplía el número de citas!
Estoy totalmente de acuerdo, créeme! Solo una corrección: ex asesor*. Pero se están volviendo más abiertos a esto y estoy feliz de ver que suceda.

Los aspectos legales dependen de la jurisdicción, pero en general los siguientes son puntos a tener en cuenta:

  • en la mayoría de los países, los programas de computadora son obras literarias que están protegidas por derechos de autor. En ese sentido, no importa si tu código tiene algún aporte científico , en el momento en que lo creas tienes los derechos de autor.
  • no existe tal cosa como "poseer el código". Los derechos de autor incluyen tanto los derechos de autor como los derechos morales intransferibles . Este último, en particular, incluye el derecho de atribución, así como el derecho a la integridad de la obra. Por lo tanto, incluso si los derechos de autor de su código pertenecen a la universidad, publicarlo sin su nombre sería ilegal.
  • existe una buena posibilidad de que realmente conserves los derechos de autor , a menos que los hayas retirado explícitamente o, en algunas jurisdicciones (EE. UU., pero no en la mayor parte de Europa), te pagaron por hacer el trabajo. No creo que ser estudiante de Máster le quite ninguno de sus derechos de PI.

Ese es el aspecto legal, pero también hay una cuestión separada de la integridad científica, que yo diría que es importante en la ley de propiedad intelectual, en el sentido de que cualquier cosa que infrinja los derechos de autor de otra persona es una mala conducta científica importante, pero no a la inversa. Por ejemplo, las ideas no están protegidas por derechos de autor, pero usar la idea de otra persona sin atribución es una mala conducta. Lo que intenta hacer su asesor parece ser una violación ética importante, independientemente del estado de los derechos de autor. Si publican algo no creado por los autores , deben atribuirlo.

En la práctica, es probable que su asesor no tenga idea de los derechos de PI y demás ; simplemente asume, como muchos comentaristas aquí, que los estudiantes y los profesores jóvenes no tienen derechos. Por lo tanto, si quiere mantenerse firme, puede ser suficiente escribirle un correo electrónico diciendo que usted creó el código, que cree que conserva los derechos de autor porque no recuerda haberlo transferido y que, como autor, se opone. publicarlo sin su nombre en él. Por supuesto, esa podría ser una opción bastante nuclear en términos de tu relación con ella.

"Entonces, incluso si los derechos de autor de su código pertenecen a la universidad, publicarlo sin su nombre sería ilegal". - No creo que esto sea cierto en ninguna jurisdicción. Puede haber códigos académicos que se rompan, pero no leyes. Si escribes código para Microsoft, no es necesario que te nombren cuando distribuyan Windows.
@BryanKrause, distribuir Windows es bastante diferente de publicar su código fuente, también estoy seguro de que los contratos de Microsoft con los desarrolladores contienen todo tipo de exenciones. Dicho esto, la posibilidad de renunciar a los derechos morales difiere según la jurisdicción (como puede ver en la fuente), y conozco al menos una jurisdicción (Rusia) donde dicha renuncia sería nula y sin efecto. Por supuesto, incluso si algunos programadores pueden demandar a Microsoft para poner sus nombres en los créditos, no tiene sentido en la práctica.
No acepte consejos legales de personas que no sean abogados. O incluso formar contacto casual con abogados reales.
Siento que para que un trabajo esté protegido por derechos de autor, debe licenciarlo adecuadamente; no está sujeto a la ley de derechos de autor por sí solo. Pero este fue un aporte interesante, gracias.
@iliupersis, eso no es cierto. Consulte, por ejemplo, en.wikipedia.org/wiki/Copyright_registration .