¿Cómo sé si mi vuelo fue cancelado/retrasado debido a "circunstancias extraordinarias", tal como se define en EC 261/2004?

El Reglamento de la UE 261/2004 menciona "circunstancias extraordinarias" varias veces como condición bajo la cual las aerolíneas no están obligadas a pagar compensación:

(12) También deben reducirse los problemas y molestias causados ​​a los pasajeros por la cancelación de vuelos. Esto debe lograrse induciendo a los transportistas a que informen a los pasajeros de las cancelaciones antes de la hora prevista de salida y, además, ofreciéndoles un cambio de ruta razonable, para que los pasajeros puedan hacer otros arreglos. Las compañías aéreas deberían indemnizar a los pasajeros si no lo hacen, excepto cuando la cancelación se produzca en circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.

(14) Al igual que en el Convenio de Montreal, las obligaciones de los transportistas aéreos deben limitarse o excluirse en los casos en que un evento haya sido causado por circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables. Tales circunstancias pueden ocurrir, en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la operación del vuelo en cuestión, riesgos de seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas que afecten la operación de una compañía aérea operativa.

(15) Debe considerarse que existen circunstancias extraordinarias cuando el impacto de una decisión de gestión del tránsito aéreo en relación con una aeronave en particular en un día en particular da lugar a un gran retraso, un retraso de una noche o la cancelación de uno o más vuelos por parte de esa aeronave . aeronave, aunque la compañía aérea en cuestión haya tomado todas las medidas razonables para evitar los retrasos o cancelaciones.

  1. Una compañía aérea operadora no estará obligada a pagar una compensación de conformidad con el artículo 7 si puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.

¿Cómo puede uno saber si su motivo particular de retraso/cancelación cuenta como "circunstancias extraordinarias"? ¿Existe una lista de todos los casos judiciales relacionados con la UE 261/2004 que ayudaría a los viajeros a evaluar su escenario particular?

Respuestas (1)

¿Existe una lista de todos los casos judiciales relacionados con la UE 261/2004 que ayudaría a los viajeros a evaluar su escenario particular?

Sí, al menos de todos los casos judiciales en el sistema judicial de la UE. No se incluyen los casos en los tribunales nacionales. Se encuentra seleccionando "información del documento" en la página a la que se vinculó en la pregunta. hay una larga lista bajo el título "afectados por el caso". También hay un resumen de las sentencias del TJUE en el sitio web oficial de la UE.

Pero esto no necesariamente va a ser particularmente útil.

¿Cómo puede uno saber si su motivo particular de retraso/cancelación cuenta como "circunstancias extraordinarias"?

No puede, realmente, a menos que las circunstancias de su retraso coincidan muy de cerca con las de uno de los casos. Pero hay algunos principios generales que se describen bastante bien en una respuesta a una pregunta reciente, basada en una publicación de blog bastante buena que parece ser de una empresa que maneja estos reclamos a cambio de un porcentaje del pago (no he miraba muy de cerca). No sé nada sobre la empresa, pero la publicación es muy clara y completa.

Los puntos generales son estos:

  1. Tiene derecho a recibir evidencia de las circunstancias que ellos alegan que fueron extraordinarias y los pasos que han tomado para tratarlas. La propia declaración de las circunstancias de la línea aérea no es suficiente por sí sola.

  2. Las circunstancias son extraordinarias si un evento "no es inherente al ejercicio normal de la actividad del transportista aéreo y está fuera del control real de ese transportista debido a su naturaleza u origen".