He llegado a comprender con el tiempo que si un converso ortodoxo deja el judaísmo o deja de practicar todo o parte del judaísmo, el rabinato decide el estado de su identidad judía caso por caso. En algunos casos, se puede decidir que la persona sigue siendo judía, mientras que en otros se revoca por completo la conversión de la persona.
Mi pregunta es, según el judaísmo reformado, ¿cuál es el estatus de tal individuo (uno que ha completado una conversión reformada)? ¿También es caso por caso o hay un amplio consenso?
Editar: He encontrado un artículo que se refiere al asunto. Sin embargo, encontré que la respuesta del rabino reformista era ambigua y estaba abierta a interpretación:
"Si un judío abandona el judaísmo al adoptar otra religión, se considera que ese individuo está fuera de los límites de la comunidad judía", dice el rabino Stephen Einstein, copresidente de la Comisión de Alcance, Membresía y Comunidad Sagrada de la Unión para el Judaísmo Reformista. y Conferencia Central de Rabinos Americanos. "Por supuesto, él/ella podría elegir regresar en un momento posterior".
a. ¿Estar fuera de los límites de la comunidad judía significa no ser judío o simplemente ser un judío herético? b. Elegir regresar: ¿eso significa hacer teshuvá o convertirse una vez más? Y si es esto último, ¿se puede hacer un sinfín de veces o hay un límite?
¿Quizás alguien podría aclarar?
Finalmente, decidí enviar la pregunta en la sección de preguntas y respuestas en ReformJudaism.org. Aquí está la respuesta que recibí de la rabina reformista Julie Zupan:
La conversión de una persona es permanente, a menos que haya motivos para sospechar que no eligió el judaísmo de buena fe y sin coerción. Muchos de nosotros encontramos que algunas prácticas religiosas nos atraen más que otras y eso cambia con el tiempo. No es inusual que las prácticas religiosas de uno cambien con el tiempo, que una persona deje de practicar ciertos elementos de la tradición. Sin embargo, si uno se convierte a otra religión, ya no es judío.
Y seguí con:
¿Se le permitiría a un ex converso (es decir, alguien que se convirtió al judaísmo y luego a una religión diferente, que ya no se considera judío) convertirse una vez más si así lo desea (y se considera honesto en sus deseos)?
A lo que ella respondió:
Pienso que si. Y eso realmente es algo para resolver con su rabino.
No directamente en el punto, pero el judaísmo liberal en el Reino Unido (que es equivalente a la reforma en los EE. UU.) tiene una regla que establece que un converso que, después de registrarse en un proceso de conversión, tiene una boda en la iglesia, queda descalificado para la admisión al judaísmo. ¿Se supone que un principio similar podría aplicarse en otras circunstancias que fueran igualmente inequívocas al indicar que alguien había abandonado el judaísmo?
Mauricio Mizrahi
harel13