Tienes derecho a una llamada telefónica cuando te arresten. ¿Un mito de Hollywood?

Llamada telefónica( Fuente de la imagen )


Según Cracked.com , la regla de "una llamada telefónica" es un invento de Hollywood. Se basan en la información que da este abogado :

La llamada telefónica es otro de los mitos urbanos. Es posible que se le permita o no usar el teléfono. Generalmente, por cortesía, le permitirán hacer una llamada telefónica. A menudo hay teléfonos en la cárcel, y la gente puede hacer tantas llamadas como quiera siempre que haya alguien que acepte los cargos por cobrar.

También se escucha en películas y programas de televisión la Advertencia de Miranda (que es real):

Usted tiene derecho a permanecer en silencio. Cualquier cosa que diga puede y será utilizada en su contra en un tribunal de justicia. Tiene derecho a hablar con un abogado y a tener un abogado presente durante cualquier interrogatorio. Si no puede pagar un abogado, se le proporcionará uno a expensas del gobierno .

Es lógico que si " tiene derecho a hablar con un abogado " , se le deben proporcionar los medios para hacerlo (por ejemplo, una llamada telefónica).

Y de acuerdo con esto , en efecto es así:

Una persona arrestada tiene derecho, inmediatamente después de la reserva y, salvo que sea físicamente imposible, a más tardar tres (3) horas después del arresto, a realizar al menos tres (3) llamadas telefónicas completas. Las llamadas serán gratuitas si se realizan en el área local de llamadas y correrán a cargo del arrestado si se encuentran fuera del área local. Las llamadas deben permitirse inmediatamente a pedido, o tan pronto como sea posible.


Por lo que puedo deducir, la "llamada telefónica única" no es un mito perpetrado por Hollywood, sino un derecho.

Entonces, ¿cuál es la verdad?

¿Y cuál es la política de "llamada telefónica" en otros países? ¿Sus derechos de 'Miranda' incluyen una llamada telefónica gratuita?


Solo para aclarar:
simplemente menciono la Advertencia de Miranda porque estoy especulando que la regla de la 'llamada telefónica' podría derivar de allí. Pero mi pregunta no se trata de Miranda, se trata de si la ley realmente te otorga o no el derecho a una llamada telefónica.

Creo que estás fusionando dos cosas diferentes, o combinando un mito con otro. Sí, el Aviso de Miranda es real, pero no es como lo que ves en la televisión. No todo el mundo recibe la Advertencia Miranda. Solo se aplica cuando la policía necesita interrogar a alguien, lo que no ocurre muy a menudo. Si la policía necesita interrogar a alguien, entonces sí, dejarán que esa persona llame a un abogado. También permitirán que alguien llame a un abogado después de que se fije la fianza. ¿Pero un derecho inmutable que tiene toda persona al llegar a la cárcel? No.
El último enlace de mi pregunta dice: "Si el arrestado así lo solicita, las tres llamadas telefónicas se permitirán "inmediatamente" o tan pronto como sea posible". Esto tiene sentido, ya que el arrestado podría ser el padre de un niño menor que necesita ser atendido.
por supuesto, también depende de qué agencia lo detenga y por qué, y dónde (todas las cotizaciones se aplican solo a los EE. UU., por ejemplo). Escuché historias de personas detenidas por la TSA o el DHS durante días sin la oportunidad de contactar a nadie, ni siquiera a familiares o abogados. Sin embargo, no puedo atestiguar si esto es cierto, y mucho menos si los agentes en cuestión estaban actuando dentro de su jurisdicción en caso de que sucediera. Pero bajo la Ley Patriota no me sorprendería.
Hay una diferencia entre ser arrestado y estar detenido. Si bien las leyes varían de un estado a otro (y los federales pueden incluso tener reglas diferentes), a veces puede ser detenido hasta por 48 horas, sin cargos. Si no le cobran, NO tiene derecho a un abogado y no tiene derecho a una llamada telefónica. Además, los derechos de los menores son diferentes a los de un adulto, por lo que deben abordarse en una pregunta separada.
@Oliver Ese enlace se refiere al Código Penal de California, así que supongo que es más o menos cierto en California. (El código incluye subsecciones que especifican a quién puede llamar, dos de los cuales son los casos que ya especifiqué). Otros estados serán diferentes, y no existe ningún derecho general que se aplique a todos en los EE. UU., que es como se describe en las películas.
He estado en el trabajo policial durante 40 años. Cualquier departamento con el que esté familiarizado permitirá a las personas arrestadas hacer las llamadas telefónicas que sean necesarias para ponerse en contacto con el abogado, el agente de fianzas, lo que sea; siempre y cuando sean locales. En lo que sí se equivoca Hollywood es en dar a Miranda en el momento de la detención. Es para "interrogatorio de custodia". La advertencia estándar de "Miranda" no hace tal inclusión. Es una advertencia sobre hacer declaraciones autoincriminatorias y el derecho a tener un abogado presente durante el interrogatorio.
De hecho, estas son buenas preguntas, pero diría que deberían dividirse en dos hilos separados.
Puede valer la pena comprobar si TV Tropes tiene algo que decir sobre este mito. ¡Pero no voy allí durante las horas de trabajo!
Tenga en cuenta que la advertencia de miranda no le otorga derechos que aún no posee en ausencia de la advertencia...

Respuestas (2)

En Inglaterra y Gales, las personas detenidas tienen derecho a:

hacer que una persona conocida por ellos o que pueda estar interesada en su bienestar sea informada a expensas públicas de su paradero tan pronto como sea posible.

( Ley de pruebas policiales y criminales (PACE) de 1984 - Código de práctica C, párrafo 5.1 )

También tienen derecho, por lo general, a:

telefonear a una persona durante un tiempo razonable

(párrafo 5.6)

PACE también proporciona las condiciones en las que la policía puede rechazar la llamada telefónica.

Esto es independiente y además del derecho a ponerse en contacto con un abogado, que también estará en los códigos de práctica de PACE.

(Esta es una respuesta parcial a su segunda pregunta, "¿Y cuál es la política de "llamadas telefónicas" en otros países?", en lugar de una respuesta real a la pregunta principal. La habría agregado como un comentario en lugar de una respuesta, pero No creo que pueda hacer comentarios, como un nuevo usuario).

Y esto es más largo que un comentario de todos modos.
Ya puedes hacer comentarios. Bienvenido a skeptics.se, y una muy buena primera respuesta. :)
@Shadur No es una buena respuesta, porque solo habla del Reino Unido, mientras que la pregunta se refiere a los Estados Unidos y está etiquetada para ellos.
@EsotericScreenName La pregunta puede estar etiquetada como [estados-unidos], pero pregunta explícitamente sobre otros países. En todo caso, el problema es que se trata de dos preguntas ("¿es la llamada telefónica un mito" y "¿los países fuera de EE. UU. tienen una llamada telefónica adecuada para los arrestados").
Mostraron esto en la película The Kingsman Secret Service y nunca supe que era solo una costumbre local solo para Inglaterra / Gales.

Esta respuesta solo se aplica a los Estados Unidos, que tiene una ley federal y leyes para cada estado y territorio.

Según un documento de la Universidad de Tennessee

No existe el derecho constitucional de hacer una llamada telefónica en el momento de la detención.o finalización de la reserva. Cannon contra el condado de Montgomery, 1998 WL 354999 (ED Pa. 1998). Ver también Dietzen v. Mork, 101 F.3d 110 (Table) (7th Cir. 1996) (declinando sostener que un arrestado tiene derecho constitucional absoluto a una llamada telefónica); Banco Estatal de St. Charles v. Camic, 712 F.2d 1140, 1145 n. 2 (7th Cir.) ("[N]o existe un requisito constitucional de que se permita una llamada telefónica una vez completados los trámites de reserva"), cert. denegado, 464 US 995 (1983); Hodge v. Ruperto, 739 F.Supp. 873, 876 (SDNY 1990) (No existe un requisito constitucional de que se le permita a un detenido una llamada telefónica después de completar los trámites de registro). El derecho a hacer una llamada telefónica se da sólo cuando están implicados ciertos derechos constitucionales, por ejemplo, el derecho a consultar con un abogado. Dietzen, 101 F.3d 110, citando Tucker v. Randall,

donde "derecho constitucional" significa la constitución de los Estados Unidos (a diferencia de una constitución estatal).

Por lo tanto, cada estado debe ser considerado individualmente en cuanto a qué derechos telefónicos se otorgan a las personas arrestadas.

En Nevada:

NRS 171.153 Derecho de la persona arrestada a hacer llamadas telefónicas.

1. Toda persona detenida tiene derecho a realizar un número razonable de llamadas telefónicas completas desde la comisaría u otro lugar en el que esté fichada inmediatamente después de fichar a la persona y, salvo que sea físicamente imposible, a más tardar 3 horas después de la ficha. arrestar. Dichas llamadas telefónicas pueden limitarse a llamadas locales, excepto que la persona arrestada puede hacer llamadas de larga distancia a su cargo.

2. Una cantidad razonable de llamadas debe incluir una llamada completa a un amigo o agente de fianzas y una llamada completa a un abogado.

NRS 171.1537 Arresto de persona con discapacidad: Derecho a comunicarse por correo o teléfono. Cuando una persona con discapacidad sea detenida bajo custodia, la autoridad detenedora pondrá a su disposición un medio de comunicación razonable, al menos lápiz y papel, y al menos dos sobres y sellos postales de primera clase. Si la persona con una discapacidad así lo solicita, el funcionario competente de la autoridad detenedora hará en nombre de la persona el mismo número y tipo de llamadas telefónicas que la ley o la costumbre autoriza a hacer a la persona arrestada y enviará por correo las cartas escritas por esa persona. persona.

Del mismo modo en California:

(a) (1) Inmediatamente después de ser registrado y, excepto donde sea físicamente imposible, a más tardar tres horas después del arresto, una persona arrestada tiene derecho a realizar al menos tres llamadas telefónicas completas , como se describe en la subdivisión (b). (2) La persona arrestada tendrá derecho a hacer por lo menos tres llamadas sin costo alguno si las llamadas se completan a números de teléfono dentro del área local de llamadas o por su propia cuenta si se encuentran fuera del área local de llamadas.

(b) En cualquier instalación policial o lugar donde se encuentre detenido un arrestado, se colocará un letrero que contenga la siguiente información en negrita en un lugar visible: El arrestado tiene derecho a llamadas telefónicas gratuitas dentro del área local de llamadas, o en su propio costo si está fuera del área local de llamadas, a tres de los siguientes: (1) Un abogado de su elección o, si no tiene fondos, el defensor público u otro abogado asignado por el tribunal para ayudar indigentes, cuyo número de teléfono se publicará. Esta llamada telefónica no será monitoreada, escuchada ni grabada. (2) Un agente de fianzas. (3) Un pariente u otra persona.

(c) Tan pronto como sea posible después de ser arrestado pero, excepto cuando sea físicamente imposible, a más tardar tres horas después del arresto, el oficial que arrestó o registró indagará si la persona arrestada es un padre con custodia responsable de un niño menor. El oficial que arrestó o registró notificará a la persona arrestada que tiene la custodia de un niño menor de edad que él o ella tiene derecho a hacer dos llamadas telefónicas adicionales sin costo alguno, y puede solicitarlas, si las llamadas telefónicas se completan para llamar por teléfono. números dentro del área local de llamadas, o por su propia cuenta si está fuera del área local de llamadas, a un pariente u otra persona con el fin de organizar el cuidado del hijo o hijos menores en ausencia de los padres.

(d) En cualquier instalación policial o lugar donde se encuentre detenido un arrestado, se colocará un cartel que contenga la siguiente información en negrita en un lugar visible: El arrestado, si él o ella es un padre con custodia a cargo de un hijo menor , tiene derecho a dos llamadas telefónicas adicionales dentro del área de marcación local, o por su propia cuenta si está fuera del área local, con el fin de hacer arreglos para el cuidado del hijo o hijos menores en ausencia de los padres.

(e) Estas llamadas telefónicas se realizarán inmediatamente después de la solicitud, o tan pronto como sea posible.

(f) Los letreros colocados de conformidad con las subdivisiones (b) y (d) deberán hacer las notificaciones especificadas en inglés y en cualquier idioma que no sea inglés hablado por un número sustancial del público, como se especifica en la Sección 7296.2 del Código de Gobierno, que son atendidos por la instalación policial o el lugar de detención.

(g) Los derechos y deberes establecidos en esta sección se harán cumplir independientemente del estatus migratorio del arrestado.

(h) Esta disposición no derogará el deber de un oficial de la ley de informar a un sospechoso de su derecho a un abogado o de cualquier otro derecho.

(i) Cualquier funcionario o empleado público que intencionalmente prive a una persona arrestada de cualquier derecho otorgado por esta sección es culpable de un delito menor.

Nueva York :

El acusado tiene derecho ... (b) A comunicarse, sin cargo, por carta o por teléfono, con el fin de obtener un abogado e informar a un pariente o amigo que ha sido acusado de un delito.

Massachusetts:

Sección 33A. El oficial de policía a cargo de la comisaría u otro lugar de detención que tenga un teléfono en el que una persona esté detenida, deberá permitir el uso del teléfono, a expensas de la persona detenida, con el propósito de permitirle a la persona detenida comunicarse con su familia o amigos, o disponer la libertad bajo fianza, o contratar los servicios de un abogado. Dicha persona será informada inmediatamente a su llegada a dicha estación o lugar de detención, de su derecho a utilizar el teléfono, y dicho uso se permitirá dentro de una hora a partir de entonces.

Alaska:

(b) Inmediatamente después de un arresto, un recluso tendrá derecho a llamar por teléfono o comunicarse de otro modo con el abogado del recluso y cualquier pariente o amigo, y cualquier abogado con derecho a ejercer en los tribunales de Alaska deberá, a petición del recluso o cualquier pariente o amigo del recluso, tiene derecho a visitar inmediatamente a la persona detenida. Esta subsección no otorga a un recluso el derecho a iniciar la comunicación o intentar iniciar la comunicación en circunstancias proscritas en AS 11.56.755.

Colorado:

16-3-402. Derecho a comunicarse con el abogado y la familia.

(1) Las personas arrestadas tendrán derecho a comunicarse con un abogado de su elección y un miembro de su familia haciendo un número razonable de llamadas telefónicas o comunicándose de cualquier otra manera razonable. Dicha comunicación se permitirá lo antes posible después de la llegada a la estación de policía, la oficina del alguacil, la cárcel u otro centro de confinamiento similar al que se lleve a dicha persona por primera vez después del arresto.

(2) Si el acusado es trasladado a un nuevo lugar de custodia, se renueva su derecho a comunicarse con un abogado y un miembro de su familia.

(2.5) Si la víctima puede demostrar mediante el uso de identificación de llamadas u otra evidencia creíble que el acusado encarcelado llamó a la víctima desde la cárcel o centro correccional en violación de la orden de protección emitida de conformidad con la sección 18-1-1001, CRS, o en violación de cualquier otra orden de protección válida u orden de protección de emergencia vigente, el acusado no tendrá derecho a más llamadas telefónicas excepto al abogado de dicho acusado, llamadas que serán realizadas por un miembro del personal de la cárcel o centro correccional. Si el acusado fue arrestado por violar una orden de no contactar a ciertos miembros de la familia, se prohibirá el derecho a contactar a esos familiares por teléfono,

Hawai:

Será ilegal en todo caso de arresto para interrogatorio:

(2) Negarse injustificadamente o dejar de hacer un esfuerzo razonable, cuando la persona arrestada así lo solicite y pague por adelantado el costo del mensaje, para enviar un mensaje telefónico, por cable o inalámbrico a través de un oficial de policía u otra persona que no sea la persona arrestada a la abogado o miembro de la familia de la persona detenida

Illinois:

Segundo. 103-3. Derecho a comunicarse con el abogado y la familia; transferencias (a) Las personas arrestadas tendrán derecho a comunicarse con un abogado de su elección y un miembro de su familia haciendo un número razonable de llamadas telefónicas o de cualquier otra manera razonable. Dicha comunicación se permitirá dentro de un tiempo razonable después de la llegada al primer lugar de custodia. (b) En caso de que el acusado sea trasladado a un nuevo lugar de custodia, se renueva su derecho a comunicarse con un abogado y un miembro de su familia.

Iowa:

804.20 COMUNICACIONES DE PERSONAS ARRESTADAS. Todo oficial del orden público u otra persona que tenga la custodia de una persona arrestada o restringida de la libertad de esa persona por cualquier motivo permitirá que esa persona, sin demora innecesaria después de su llegada al lugar de detención, llame, consulte y vea a un miembro del la familia de la persona o un abogado de elección de la persona, o ambos. A dicha persona se le permitirá hacer un número razonable de llamadas telefónicassegún sea necesario para conseguir un abogado. Si se hace una llamada, se hará en presencia de la persona que tenga la custodia del arrestado o recluido. Si se encuentra en estado de embriaguez o es menor de dieciocho años, la llamada podrá ser hecha por el que tenga la patria potestad. A un abogado se le permitirá ver y consultar confidencialmente con dicha persona a solas y en privado en la cárcel u otro lugar de custodia sin demora injustificada. La violación de esta sección constituirá un delito menos grave.

Ohio:

2935.20 Derecho a un abogado.

Después del arresto, detención o cualquier otra toma bajo custodia de una persona, con o sin una orden judicial, se le permitirá a dicha persona de inmediato comunicarse con un abogado de su elección que tenga derecho a ejercer en los tribunales de este estado. , o comunicarse con cualquier otra persona de su elección con el fin de obtener un abogado. Dicha comunicación podrá efectuarse mediante un número razonable de llamadas telefónicaso de cualquier otra manera razonable. Dicha persona tendrá derecho a ser visitada inmediatamente por cualquier abogado así obtenido que tenga derecho a ejercer en los tribunales de este estado, ya consultar con él en privado. Ningún funcionario o cualquier otro agente de este estado impedirá, intentará impedir o desaconsejará a dicha persona la comunicación, visita o consulta prevista en esta sección.

Quien viole esta sección será multado no menos de veinticinco ni más de cien dólares o prisión no más de treinta días, o ambas.

Tennesse:

Ninguna persona bajo arresto por un oficial o ciudadano privado será nombrada en ningún libro, libro mayor o cualquier otro registro hasta que la persona haya completado con éxito una llamada telefónica a un abogado, pariente, ministro o cualquier otra persona que la persona elija, sin Retraso indebido. Una (1) hora constituirá un tiempo razonable sin demora indebida. Sin embargo, si la persona arrestada no elige hacer una llamada telefónica, entonces la persona será fichada o fichada inmediatamente.

Además, de acuerdo con las Normas mínimas de Tennessee para las instalaciones correccionales locales para adultos , la regla 1400-01-.14(1) "Al detenido se le permitirá completar al menos una (1) llamada telefónica a la persona de su elección".

Texas:

Cada instalación tendrá e implementará un plan escrito, aprobado por la comisión, que rija la disponibilidad y el uso de los teléfonos de los reclusos.

(1) Inmediatamente después de la reserva, pero en ningún caso más de cuatro horas después de la llegada, se permitirá a una persona realizar al menos dos llamadas telefónicas completas . Las llamadas interurbanas se deben realizar con prepago o por cobrar. Un teléfono gratuito estará disponible para llamadas locales para aquellos reclusos que de otro modo no podrían completar las dos llamadas requeridas. Las instalaciones pueden tener una línea especial reservada para uso de los reclusos.

(2) Cada instalación proporcionará un acceso razonable, tanto local como de larga distancia, entre un recluso y su abogado, familia y amigos. Esto puede ser en forma de prepago o por cobrar. El plan deberá contener procedimientos para el manejo de llamadas de emergencia.

Obviamente, esta respuesta sería demasiado larga para pasar por todos los estados, sin mencionar otras jurisdicciones, pero básicamente los derechos varían de un estado a otro.

En Tennessee, parece que tiene derecho a exactamente una llamada telefónica, mientras que otros estados dan derecho a un número más alto, número no especificado o "número razonable", pero no existe un requisito federal de que en todos los estados tenga derecho a una llamada telefónica.

A menos que lea la ley estatal de un estado en particular, no asuma que tiene derecho a una llamada telefónica.

Por ejemplo, con respecto a Wyoming, hay una discusión en un foro de oficiales de policía en el sentido de que no hay derecho a una llamada telefónica en Wyoming: "Revisé y según nuestro fiscal del condado [sic] es un privilegio [sic] aquí. " El oficial también reconoce no dejar que una persona que solicitó una llamada telefónica tenga una llamada telefónica en ese momento.

Y con respecto a Minnesota, el abogado Christian Ryan Peterson afirma : "No hay derecho a una llamada telefónica. Sus privilegios telefónicos dependen de las reglas de la cárcel donde se encuentra recluido".

Una publicación del gobierno del estado de Kentucky afirma:

MITO: Un sujeto arrestado tiene derecho constitucional a una llamada telefónica. HECHO: Incluso descartando el simple hecho de que los teléfonos no existían cuando se ratificó la Constitución de EE. UU. o Kentucky, no existe ningún requisito legal de que se le permita a un sujeto arrestado llamar a alguien. La mayoría de las cárceles proporcionan teléfonos, por supuesto, pero a menudo cobran una tarifa o requieren una llamada por cobrar para su uso, de modo que el sujeto pueda comunicarse con un abogado o un miembro de la familia. Sin embargo, en realidad no es necesario.

¿Dijiste que hay una ley federal?
@ChrisW Solo dije que, en términos generales, Estados Unidos tiene leyes federales y leyes estatales. No dije que hay una ley federal sobre llamadas telefónicas cuando es arrestado.
Esto está fuera del alcance de la pregunta original, pero debe tenerse en cuenta que la ley de Cali solo estipula que su llamada a su abogado no puede ser espiada; cualquier cosa que le diga a su familia y/o amigos definitivamente será escuchada con atención. buen cuidado.