Según el catolicismo, ¿casarse con una mujer divorciada es un pecado de adulterio continuo?

En el Sermón de la Montaña, Jesús dice que casarse con una mujer divorciada es pecado. Ciertamente tener sexo con una mujer casada es adulterio, pero Jesús también lo llama adulterio casarse con una mujer divorciada.

Sin embargo, dice esto en el contexto del Sermón de la Montaña. “Habéis oído decir X, pero yo os digo Y”, donde Y parece realmente redefinir los términos para que sean mucho más expansivos y amplios.

En realidad, nadie va por ahí sacándose los ojos para evitar mirar a las mujeres casadas con lujuria. Y Jesús dice “si tu ojo te escandaliza”, lo que implica que el pecado del adulterio ya se cometió. Sin embargo, sólo tuvo lugar en el corazón.

Lo mismo con estar enojado con tu hermano. El pecado de asesinato sólo ha tenido lugar en el corazón.

Pero cuando se trata de divorcio, Jesús parece describir un adulterio real. No tiene mucho sentido para mí cuando se le cita diciendo que el hombre comete adulterio si se casa con otra mujer. El adulterio SÓLO se definía como un hombre que se acostaba con una MUJER casada, de hecho los hombres judíos tenían poligamia, y de hecho estaba mandado casarse con la mujer de tu hermano fallecido aunque ya estuvieras casado, ejemplo llevado a Jesús por los saduceos.

Entonces, según el catolicismo, ¿cómo afecta la definición de adulterio y el contexto del Sermón de la Montaña a lo que debemos hacer? Nadie se está arrancando los ojos o cortando las manos, ¿así que solo tenía la intención de sorprender a la gente? Hablando de adulterio, quiero decir.

Mt. 5:29 ("si tu ojo derecho te escandaliza, sácalo y échalo de ti") se refiere a evitar ocasiones de pecado , como incluso la idea de cometer adulterio ("casarse") con una mujer casada o divorciada. .
Pablo dice en I Corintios 7:39 La mujer está sujeta a la ley mientras vive el marido; pero si su marido muriere, ella es libre de casarse con quien quiera; solamente en el Señor. No creo que haya ninguna ambigüedad en lo que dice.
¿Qué constituía un matrimonio en la época en que se escribió este pasaje de las Escrituras? ¿Existía tal cosa como un matrimonio sin sexo?

Respuestas (1)

Sí es pecado, siempre que el divorciado estuviera verdaderamente casado.

¿Qué significa "verdaderamente casado", dices?

En resumen, es cuando dos personas se casan Y las apariencias externas del matrimonio reflejan las convicciones internas de ambos. Si este no es el caso, es posible obtener lo que se llama una nulidad, que puede considerarse un divorcio, pero hablando propiamente si el matrimonio fuera realmente un matrimonio, entonces sería imposible separar a las dos personas. Más bien, una anulación se trata de reconocer que el matrimonio no era realmente un matrimonio en primer lugar.

La versión larga se presenta aquí en el Código de Derecho Canónico :

CAPÍTULO IV.

CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL

Poder. 1095 Son incapaces de contraer matrimonio:

1/ los que carecen de suficiente uso de razón;

2 los que adolecen de un grave defecto de discreción de juicio sobre los derechos y deberes matrimoniales esenciales que deben entregarse y aceptarse recíprocamente;

3/ los que no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica.

Poder. 1096 §1. Para que exista el consentimiento matrimonial, los contrayentes deben al menos no ignorar que el matrimonio es una sociedad permanente entre un hombre y una mujer ordenada a la procreación de descendencia mediante alguna cooperación sexual.

§2. Esta ignorancia no se presume después de la pubertad.

Poder. 1097 §1. El error relativo a la persona invalida el matrimonio.

§2. El error en una cualidad de la persona no hace inválido el matrimonio, aunque sea la causa del contrato, a no ser que directa y principalmente se pretenda esta cualidad.

Poder. 1098 Contrae nulidad el que contrae matrimonio engañado por malicia, perpetrada para obtener el consentimiento, sobre alguna cualidad del otro cónyuge que por su misma naturaleza pueda perturbar gravemente la sociedad de la vida conyugal.

Poder. 1099 El error sobre la unidad o la indisolubilidad o la dignidad sacramental del matrimonio no vicia el consentimiento matrimonial siempre que no determine la voluntad.

Poder. 1100 El conocimiento o la opinión de la nulidad de un matrimonio no excluye necesariamente el consentimiento matrimonial.

Poder. 1101 §1. Se presume que el consentimiento interno de la mente se ajusta a las palabras y signos usados ​​en la celebración del matrimonio.

§2. Sin embargo, si una o ambas partes por un acto positivo de la voluntad excluyen el matrimonio mismo, algún elemento esencial del matrimonio, o alguna propiedad esencial del matrimonio, la parte contrae inválidamente.

Poder. 1102 §1. El matrimonio sujeto a una condición sobre el futuro no puede contraerse válidamente.

§2. El matrimonio contraído sujeto a una condición sobre el pasado o el presente es válido o no en la medida en que exista o no aquello que está sujeto a la condición.

§3. La condición mencionada en el § 2, sin embargo, no puede ponerse lícitamente sin el permiso escrito del Ordinario del lugar.

Poder. 1103 El matrimonio es inválido si se contrae por fuerza o temor grave de fuera, aunque se haya infligido sin querer, de modo que la persona se vea obligada a elegir el matrimonio para librarse de él.

Poder. 1104 §1. Para contraer matrimonio válidamente, los contrayentes deben estar presentes juntos, ya sea personalmente o por apoderado.

§2. Los contrayentes deben expresar el consentimiento matrimonial con palabras o, si no pueden hablar, con signos equivalentes.

¿Cuál es la fuente de los dos primeros párrafos? La última parte obviamente es derecho canónico, pero no tengo claro de dónde vienen las primeras partes.
Lo siento, el primer párrafo no era una cita sino una explicación. No debería haber etiquetado el texto de esa manera. Lo rectificaré ahora.