Con respecto a una compañía aérea de la Parte 129 que tiene escasez de copilotos: ¿Puede un piloto que normalmente vuela en el asiento izquierdo (avión B737: registro no estadounidense) como Piloto al mando volar en el asiento derecho como SIC (co -piloto)?
De la normativa:
Cada persona que actúe como miembro de la tripulación de vuelo debe tener un certificado o licencia que demuestre la capacidad de la persona para desempeñar funciones relacionadas con la operación de la aeronave. El certificado o licencia debe haber sido expedido o validado por:
a) El Estado en el que está matriculada la aeronave; o
(b) El Estado del explotador, siempre que el Estado del explotador y el Estado de matrícula hayan celebrado un acuerdo en virtud del Artículo 83bis del Convenio sobre Aviación Civil Internacional que cubra la aeronave.
Dado que un capitán siempre puede cumplir con las funciones de un primer oficial, entonces sí, alguien que normalmente ocupa el asiento izquierdo puede ocupar el asiento derecho.
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