¿Por qué las jurisdicciones estadounidenses generalmente prohíben las leyes ex post facto a diferencia de los países europeos que aplican lex mitior ("la ley más suave")?

Según el artículo de Wikipedia relacionado con la ley ex post facto :

Mientras que las jurisdicciones estadounidenses generalmente prohíben las leyes ex post facto, los países europeos aplican el principio de lex mitior ("la ley más suave"). Dispone que, si la ley ha cambiado después de la comisión de un delito, la versión de la ley que se aplica es la que es más ventajosa para el acusado. Esto significa que las leyes ex post facto se aplican en las jurisdicciones europeas en la medida en que sean leyes más suaves .

Tengo curiosidad acerca de por qué existe esta diferencia.

Pregunta: ¿Por qué las jurisdicciones estadounidenses generalmente prohíben las leyes ex post facto a diferencia de los países europeos que aplican lex mitior ("la ley más suave")?

Es posible que haya respondido a su otra pregunta con la parte lex mitior, al menos en lo que respecta a Europa.
Pero el contraste en esta pregunta podría no ser del todo correcto: "La doctrina ex post facto prohíbe la retroactividad al prohibir que el estado procese a personas bajo estatutos penales que penalizan retroactivamente conductas que hasta ahora eran lícitas o aumentan retroactivamente las penas por conductas que, si bien son ilícitas todas hasta ahora era punible con menos severidad. Por el contrario, la lex mitior ordena la retroactividad al exigir que los acusados ​​penales reciban los beneficios retroactivos de derogar las leyes que despenalizan la conducta por completo o reducen el castigo por ella".
@Fizz: "No del todo correcto" es un eufemismo. Son cosas completamente diferentes.
Una diferencia clave tal vez sea que las jurisdicciones de derecho consuetudinario otorgan una gran importancia a la seguridad jurídica, mientras que la ley napoleónica se centra más en la aplicación de los principios que en los precedentes.

Respuestas (2)

Presumiblemente porque parecen pensar que la apelación es el único lugar adecuado para solucionar tales problemas de sentencia:

Sin embargo, las recientes iniciativas relacionadas con la legalización del cannabis, junto con el dictamen autorizado de la Unión Europea [en realidad se refiere incorrectamente a un dictamen del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que tiene una aplicabilidad aún más amplia], han llevado la doctrina de la lex mitiora Estados Unidos y Canadá y desató debates no resueltos. Si bien hay una variedad de preocupaciones, la más universal parece ser el área gris legal que crea la lex mitior y lo que esto significa tanto para la integridad del sistema legal como para su función. De acuerdo con la mayoría de los ordenamientos jurídicos, los casos sólo se abordan retrospectivamente mediante un recurso de apelación, para el que existen normas tanto temporales como estructurales. Las apelaciones son un medio para corregir un error que presuntamente ha comprometido los derechos del acusado. En las aplicaciones retroactivas de una ley, los casos, que teóricamente se llevaban a través de los canales apropiados en ese momento, se reabren y ajustan con base en nueva información, lo que contradice la estructura misma de un juicio que determina una condena con base en el estándar de más allá de una duda razonable. .

Si bien las leyes retroactivas plantean diversas preocupaciones legales y éticas, también pueden aliviar el estrés que enfrenta el sistema judicial actual a largo plazo y servir como un paso importante en la reforma efectiva de la justicia penal en algunos casos.

En el bastante reciente (2012) y bastante controvertido (5-4 decididos)

Dorsey v. Estados Unidos , la Corte Suprema dejó en claro que el Congreso posee la responsabilidad exclusiva de trazar la línea entre la justicia y la firmeza en la sentencia. Es decir, cuando el Congreso aprueba una ley que reduce las sentencias, también debe elegir si aplica esas reducciones retroactivamente o si acepta las disparidades de sentencia entre los delincuentes anteriores y posteriores a la reforma que, de otro modo, resultarán inevitablemente.

Básicamente, la Corte Suprema de los EE. UU. (a diferencia de los tribunales de la UE y luego del Consejo de Europa) encontró que tal principio ( lex mitior ) no se puede encontrar en la jurisprudencia de los EE. UU., por lo que el Congreso tendría que legislarlo explícitamente, si así lo desea. Posteriormente, el Congreso lo ha hecho con un propósito limitado en la Ley del Primer Paso de 2018 :

La ley, entre muchas disposiciones, aplica retroactivamente la Ley de Sentencias Justas [...]

Cabe destacar, sin embargo, en cuanto a su aplicación :

El mayor impacto inmediato del proyecto de ley lo sentirían casi 2600 presos federales condenados por delitos de crack antes de 2010. Ese es el año en que el Congreso, en la llamada Ley de Sentencias Justas, redujo la enorme disparidad en el castigo entre la cocaína crack y la forma en polvo de la droga. La Ley del Primer Paso haría retroactiva la reforma. Aquellos elegibles aún tendrían que solicitar la liberación e ir ante un juez en un proceso que también involucra la participación de los fiscales.

Como se señaló en una revisión de 2012

La ley federal impide la aplicación retroactiva de una ley a menos que la legislatura lo ordene específicamente. [citando: 1 USCA § 109. La derogación de cualquier estatuto no tendrá el efecto de liberar o extinguir cualquier sanción, decomiso o responsabilidad incurrida en virtud de dicho estatuto, a menos que la Ley derogatoria así lo disponga expresamente, y tal estatuto se considerará como permaneciendo en vigor a los efectos de sostener cualquier acción o enjuiciamiento adecuado para el cumplimiento de dicha pena, decomiso o responsabilidad. La expiración de un estatuto temporal no tendrá el efecto de liberar o extinguir cualquier sanción, decomiso o responsabilidad incurrida bajo tal estatuto, a menos que el estatuto temporal así lo disponga expresamente,

La Comisión de Sentencias de EE. UU., por otro lado, está legalmente autorizada para decidir si aplicar retroactivamente una reducción dentro del rango de sentencia recomendado. [28 USC § 994(u)] La ley impide que los tribunales de sentencia apliquen una enmienda a las pautas de forma retroactiva a menos que la Comisión haya designado específicamente dicha enmienda para aplicación retroactiva. [18 USC § 3582(c)(2)]

También hay algunas variaciones dentro de las leyes estatales de EE. UU. sobre esto:

Los estados tienen diferentes enfoques a la retroactividad. Algunos tienen estatutos que contemplan mejoras retroactivas, mientras que otros lo dejan a discreción de la legislatura. La Corte Suprema de California ha determinado que se puede imputar la intención legislativa de hacer retroactivos los cambios de mejora. [citando: In re Estrada] Illinois, Iowa, Kentucky, New Hampshire, New Jersey, Ohio, Texas, Vermont, Virginia y West Virginia tienen estatutos que prevén cambios benéficos en la ley que se aplicarán antes del juicio final. Otros estados que no cuentan con tal disposición dejan esta decisión en manos de las legislaturas. En 2006, la Legislatura de Colorado revocó una ley de 1991 que creaba cadenas perpetuas sin libertad condicional para menores. [HB 06‐1315, 65th Gen. Assem., Reg. sesión (Colo. 2006)] La Legislatura, sin embargo, explícitamente no lo hizo retroactivo para las 48 personas en Colorado que están cumpliendo sentencias de más de 40 años o cadena perpetua sin libertad condicional por delitos cometidos durante el período de 15 años antes del cambio. en leyes.

Pero incluso el excepcionalismo californiano tenía sus límites:

En ausencia de un mandato legislativo específico, la Corte Suprema de California ha determinado que la intención legislativa de aplicar cambios de mejora retroactivamente puede estar implícita. “Esta intención parece obvia, porque sostener lo contrario sería concluir que la Legislatura estuvo motivada por un deseo de venganza, una conclusión no permitida en vista de las modernas teorías de la penología. . . Cuando la Legislatura modifica un estatuto para disminuir el castigo, obviamente ha determinado expresamente que su castigo anterior era demasiado severo y que un castigo más leve es apropiado como castigo por la comisión del acto prohibido.”

El Tribunal condenó un enfoque puramente retributivo, pero no llegó a imputar la intención legislativa de aplicar cambios de mejora retroactivamente a los delincuentes en la fase posterior a la condena. En El pueblo contra Rossi, la Corte Suprema de California sostuvo que la mejora retroactiva debe aplicarse en los procedimientos penales pendientes y antes de la disposición final ante el tribunal con autoridad final”. En ambos casos de la Corte Suprema de California, la Corte deja en claro que la falta de aplicación retroactiva de dichos cambios se debe a justificaciones penológicas inválidas. Sin embargo, la Corte establece que la aplicación retroactiva de la ley beneficiosa termina con la condena definitiva. Esto significaría que aquellos presos que hayan agotado sus apelaciones se les dejaría cumplir su condena sin beneficiarse de una reducción de pena legal a menos que lo ordene específicamente la Legislatura. Según el propio razonamiento de la Corte, permitir que los delincuentes posteriores a la condena continúen cumpliendo estas penas estaría motivado por la venganza.

También son de interés los convenios internacionales que EE.UU. ha ratificado al respecto, en particular el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , aunque EE.UU. ha adjuntado una reserva al artículo pertinente:

El derecho internacional de los tratados que rige la mejora retroactiva es explícito y claro. Los principales tratados de derechos humanos que rigen permiten que un delincuente se beneficie de un cambio en la ley que impone una pena más leve que la que existía en el momento en que se cometió el delito. El artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del que Estados Unidos es parte, contiene una disposición que prohíbe las leyes penales ex post facto, señalando, sin embargo, “[s]i, con posterioridad a la comisión del delito, la ley prevé la imposición de una pena más leve, el infractor se beneficiará de ella”. Estados Unidos es uno de los 167 países que son parte del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece el principal marco legal para el principio de lex mitior bajo el cual los países del mundo han elaborado sus constituciones y códigos penales. Ha habido pocas disputas por parte de la comunidad internacional sobre esta sección del artículo 15. Alemania adjuntó una reserva indicando que no se proporcionaría una pena más leve en ciertos casos. No obstante, Alemania consagra el derecho a la aplicación retroactiva de la ley de mejora antes de la sentencia definitiva en su código penal. Italia y Trinidad y Tobago especificaron que este derecho solo se aplicaría a los casos que aún estaban en curso o antes de una sentencia definitiva. Estados Unidos es el único país que ha adjuntado una reserva indicando que esta sección del artículo no se aplicaría bajo ninguna circunstancia. La reserva establece “[que] debido a que la ley estadounidense generalmente aplica a un delincuente la pena vigente en el momento en que se cometió el delito, Estados Unidos no se adhiere a la tercera cláusula del párrafo 1 del artículo 15”. Sin embargo,

El artículo 1, sección 9, de la Constitución de los EE. UU. prohíbe las leyes ex post facto, al igual que la mayoría de las constituciones estatales.

No se aprobará Ley de prescripción ni Ley ex post facto.

El Artículo 1 Sección 10 de la Constitución de los Estados Unidos también prohíbe a los Estados aprobar leyes ex post facto.

Ningún Estado podrá celebrar ningún Tratado, Alianza o Confederación; otorgar Cartas de Corso y Represalia; moneda Moneda; emitir Letras de Crédito; hacer cualquier Cosa excepto Monedas de oro y plata como Ofrenda en Pago de Deudas; aprobar cualquier Acta de Adquisición, Ley ex post facto o Ley que menoscabe la Obligación de los Contratos, u otorgar cualquier Título de Nobleza.

En una carta a Isaac McPherson, fechada el 13 de agosto de 1813, Thomas Jefferson escribió esto sobre el asunto.

El sentimiento de que las leyes ex post facto están en contra del derecho natural es tan fuerte en los Estados Unidos, que pocas, si es que alguna, de las constituciones estatales han dejado de proscribirlas. De hecho, la constitución federal los prohíbe solo en casos penales; pero son igualmente injustos en los casos civiles como en los criminales, y la omisión de una cautela que hubiera sido justa, no justifica el hacer lo que está mal. Tampoco debe suponerse que la legislatura tuvo la intención de usar una frase en un sentido injustificable, si por reglas de construcción puede alguna vez forzarse a lo que es justo.

En Federalist No. 44 , James Madison escribió una defensa de la ilegalización de proyectos de ley de proscripción y leyes ex post facto.

Las leyes de prescripción, las leyes ex post facto y las leyes que menoscaban la obligación de los contratos, son contrarias a los primeros principios del pacto social ya todo principio de sana legislación. Las dos primeras están expresamente prohibidas por las declaraciones prefijadas a algunas de las constituciones de los Estados, y todas ellas están prohibidas por el espíritu y alcance de estas cartas fundamentales. Nuestra propia experiencia nos ha enseñado, sin embargo, que no deben omitirse vallas adicionales contra estos peligros. Muy acertadamente, pues, la convención ha añadido este baluarte constitucional en favor de la seguridad personal y de los derechos privados; y mucho me engaño si al hacerlo no han consultado tan fielmente los sentimientos genuinos como los indudables intereses de sus electores. La gente sobria de América está cansada de la política fluctuante que ha dirigido los consejos públicos. Han visto con pesar e indignación que los cambios repentinos y las injerencias legislativas, en casos que afectan derechos personales, se convierten en trabajos en manos de especuladores emprendedores e influyentes, y en trampas para la parte más laboriosa y menos informada de la comunidad. Han visto, también, que una interferencia legislativa no es más que el primer eslabón de una larga cadena de repeticiones, siendo producida naturalmente cada interferencia subsiguiente por los efectos de la anterior. Infieren muy acertadamente, por lo tanto, que falta alguna reforma completa que destierre las especulaciones sobre las medidas públicas, inspire una prudencia y una laboriosidad generales y dé un curso regular a los negocios de la sociedad. Han visto con pesar e indignación que los cambios repentinos y las injerencias legislativas, en casos que afectan derechos personales, se convierten en trabajos en manos de especuladores emprendedores e influyentes, y en trampas para la parte más laboriosa y menos informada de la comunidad. Han visto, también, que una interferencia legislativa no es más que el primer eslabón de una larga cadena de repeticiones, siendo producida naturalmente cada interferencia subsiguiente por los efectos de la anterior. Infieren muy acertadamente, por lo tanto, que falta alguna reforma completa que destierre las especulaciones sobre las medidas públicas, inspire una prudencia y una laboriosidad generales y dé un curso regular a los negocios de la sociedad. Han visto con pesar e indignación que los cambios repentinos y las injerencias legislativas, en casos que afectan derechos personales, se convierten en trabajos en manos de especuladores emprendedores e influyentes, y en trampas para la parte más laboriosa y menos informada de la comunidad. Han visto, también, que una interferencia legislativa no es más que el primer eslabón de una larga cadena de repeticiones, siendo producida naturalmente cada interferencia subsiguiente por los efectos de la anterior. Infieren muy acertadamente, por lo tanto, que falta alguna reforma completa que destierre las especulaciones sobre las medidas públicas, inspire una prudencia y una laboriosidad generales y dé un curso regular a los negocios de la sociedad. y trampas para la parte más trabajadora y menos informada de la comunidad. Han visto, también, que una interferencia legislativa no es más que el primer eslabón de una larga cadena de repeticiones, siendo producida naturalmente cada interferencia subsiguiente por los efectos de la anterior. Infieren muy acertadamente, por lo tanto, que falta alguna reforma completa que destierre las especulaciones sobre las medidas públicas, inspire una prudencia y una laboriosidad generales y dé un curso regular a los negocios de la sociedad. y trampas para la parte más trabajadora y menos informada de la comunidad. Han visto, también, que una interferencia legislativa no es más que el primer eslabón de una larga cadena de repeticiones, siendo producida naturalmente cada interferencia subsiguiente por los efectos de la anterior. Infieren muy acertadamente, por lo tanto, que falta alguna reforma completa que destierre las especulaciones sobre las medidas públicas, inspire una prudencia y una laboriosidad generales y dé un curso regular a los negocios de la sociedad.

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El establecimiento del recurso de hábeas corpus, la prohibición de las leyes ex-post-facto y de los TÍTULOS DE NOBLEZA, A LOS QUE NO TENEMOS DISPOSICIONES CORRESPONDIENTES EN NUESTRA CONSTITUCIÓN, son quizás mayores seguridades para la libertad y el republicanismo que cualquiera de las que contiene. La creación de delitos después de la comisión del hecho, o, en otras palabras, el sometimiento de los hombres a castigo por cosas que, cuando se hicieron, no infringieron ninguna ley, y la práctica de encarcelamientos arbitrarios, han sido, en todos los casos. edades, los instrumentos favoritos y más formidables de la tiranía.Las observaciones del juicioso Blackstone, en referencia a este último, son bien dignas de ser recitadas: "Privar a un hombre de la vida, dice él, o por la violencia confiscar su propiedad, sin acusación ni juicio, sería tan grosero y notorio un acto de despotismo, que debe transmitir de inmediato la alarma de la tiranía en toda la nación; pero el confinamiento de la persona, llevándola secretamente a la cárcel, donde sus sufrimientos son desconocidos u olvidados, es un acto menos público, menos llamativo y por lo tanto, UN MOTOR MÁS PELIGROSO de gobierno arbitrario". Y como remedio para este mal fatal, en todas partes es peculiarmente enfático en sus elogios sobre la ley de habeas-corpus, que en un lugar llama "el BALUARTE de la Constitución británica".

Básicamente, Madison justifica la proscripción de las leyes ex post facto como necesarias para mantener el contrato social entre el gobierno y su pueblo y evitar la tiranía. En última instancia, gran parte de la Constitución de los EE. UU. se escribió pensando en la prevención de la tiranía, y las leyes ex post facto se consideraron un "instrumento de la tiranía".

En lo que respecta a la lex mitior, un caso anterior de la Corte Suprema parece confirmarlo. Calder v. Bull , 3 US (3 Dall.) 386 (1798) encontró que la cláusula ex post facto de la Constitución se aplica al derecho penal con al menos uno de estos cuatro efectos.

  1. Toda ley que hace una acción hecha antes de la promulgación de la ley, y que era inocente cuando se hizo, criminal; y castiga tal acción.
  2. Toda ley que agrava un delito, lo hace mayor de lo que era cuando se cometió.
  3. Toda ley que cambia la pena, e inflige una pena mayor, que la ley aneja al delito, cuando se comete.
  4. Toda ley que altere las reglas legales de la prueba, y reciba menos, o diferente, testimonio, que el requerido por la ley en el momento de la comisión del delito, para condenar al delincuente.

Por lo tanto, según la jurisprudencia estadounidense, aunque la Constitución prohíbe específicamente las leyes ex post facto, los tribunales se han atenido al estándar de una forma menos estricta de lex mitior en general. Sin embargo, esto es solo en lo que respecta a si una ley puede o no legislar en contra de un comportamiento anterior. No tiene validez con respecto a si un cambio de ley debe aplicarse necesariamente o no al comportamiento pasado.

Por ejemplo, en Nuevo México, la pena de muerte se abolió en 2009, pero las personas que cometieron delitos capitales antes de este cambio en la ley aún podrían estar sujetas a la pena de muerte. Esto se debe a que la ley específicamente no era retroactiva. Si la Constitución exigiera lex mitior, creo que la abolición de la pena de muerte tendría necesariamente que aplicarse retroactivamente, mientras que según la interpretación estadounidense de la prohibición de las leyes ex post facto, sería meramente legal que Nuevo México hubiera elaborado la legislación. para que se aplicara retroactivamente.

Por lo que, en última instancia, la prohibición de tales leyes se fundamenta en nuestra Constitución. Los tribunales han interpretado esta prohibición bajo una interpretación lex-mitior-lite en la que es meramente legal que la legislación haga que los castigos por acciones anteriores sean menos severos en lugar de lo necesario para interpretar la legislación de esa manera. En cuanto a lo que esto significa en el contexto actual y cómo se ha desarrollado hasta el presente, la respuesta de Fizz es suficiente. Sólo quería señalar que la razón por la cual las leyes ex post facto están prohibidas en las jurisdicciones estadounidenses es porque nuestro documento fundacional, la Constitución de los Estados Unidos, lo exige particularmente, y que esta disposición fue justificada por quienes escribieron la Constitución.