Esta pregunta fue inspirada por alguna información incorrecta en este sitio.
La investigación con seres humanos generalmente requiere la revisión de un comité de ética (IRB). Cierta investigación está "exenta" bajo la ley estadounidense. Si mi investigación está "exenta", ¿puedo omitir el proceso de ética?
No, no puedes saltarte todo el proceso. La palabra "exento" es engañosa. La exención es de la mayoría de los requisitos reglamentarios, no de los requisitos institucionales o de las revistas. La exención es específica de las reglamentaciones de los Estados Unidos.
Los reglamentos no exigen la revisión del IRB de investigaciones exentas. Las regulaciones requieren determinación. Dependiendo de la política de su institución, es posible que el IRB no lleve a cabo la determinación. Pero por lo general lo es. Si su institución lo permite (lo cual es muy poco probable ), es posible que pueda realizar la determinación usted mismo.
Las reglamentaciones no especifican quién en una institución puede determinar que la investigación está exenta según 45 CFR 46.101(b). Sin embargo, la OHRP recomienda que, debido al posible conflicto de intereses, no se otorgue a los investigadores la autoridad para tomar una determinación independiente de que la investigación con seres humanos está exenta.
Las reglamentaciones no exigen que alguien que no sea el investigador participe en la determinación de que un estudio de investigación está exento. Lo que sí exigen es que haya determinaciones certeras para que las investigaciones no exentas terminen siendo revisadas por un IRB. Debido al potencial conflicto de intereses en esta situación, la recomendación de larga data de la OHRP es que los investigadores no tengan la autoridad para tomar una determinación independiente de que la investigación con sujetos humanos está exenta.
Tenga en cuenta que los procesos de ética que están permitidos bajo la regulación de los Estados Unidos pueden ser un delito en otros países.
Además, las revistas acreditadas requieren la aprobación del IRB para su publicación. La Declaración de Helsinki §23 dice:
El protocolo de investigación debe enviarse para su consideración, comentario, orientación y aprobación al comité de ética de investigación correspondiente antes de que comience el estudio.
Si bien la Declaración de Helsinki es específica para la investigación médica, las políticas de las revistas generalmente aplican el mismo requisito a la investigación con sujetos humanos no médicos. Por ejemplo, Naturaleza y Ciencia .
Puede evitar el proceso si no está investigando o si no involucra sujetos humanos.
Wolfgang Bangerth
polignomo
Presidente James K. Polk
Wolfgang Bangerth
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