Supongamos que el estado A está (ilegalmente, militarmente) ocupando parte del territorio del estado B (indicar la parte ocupada B1 y la parte desocupada B2). Supongamos también que el estado B está aliado con el estado C y que el estado C tiene algunas fuerzas militares posicionadas en B2.
Ahora bien, si las fuerzas del estado C disparan desde posiciones B2 hacia fuerzas, o instalaciones militares, del estado A, ubicadas en B1, ¿cómo considera el derecho internacional este ataque?
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Notas:
Sus suposiciones de que alguien está o no está "ocupando ilegalmente" territorio, o que algo es o no ilegal según el derecho internacional , no es realmente cómo funciona el derecho internacional. Del mismo modo, en general, no es posible aplicar los principios del derecho internacional a una disputa para determinar si algo es o no legal bajo el derecho internacional de la manera en que generalmente se puede en el caso del derecho interno común, o a veces se puede en el caso del derecho interno. el caso de los tratados aplicados a personas no estatales (por ejemplo, acuerdos fiscales internacionales o tratados aplicables a diplomáticos).
El derecho internacional que involucra disputas entre estados soberanos, a diferencia de la mayoría de los tipos de leyes, no es algo que un tribunal resuelva definitivamente en la mayoría de los casos. El derecho internacional ni siquiera es realmente algo que obligue a los países a actuar de una manera particular, aunque lo consideren como un factor entre otros en el curso de descubrir qué se sienten cómodos haciendo en sus asuntos exteriores y militares.
Hay algunos principios que uno considera, pero no son vinculantes de ninguna manera legalmente significativa que pueda hacerse cumplir a través de una acción judicial contra un estado soberano existente y en funcionamiento, excepto en la medida en que estos principios sean aplicados por los tribunales nacionales del país. presuntamente violando el derecho internacional.
Igualmente importante, el derecho internacional tampoco equilibra las disputas en abstracto. A diferencia de una cuestión de derecho interno, de ello no se sigue que se llegue a la misma conclusión en todos los casos con hechos análogos. La historia completa de los tratos entre Israel, Irán, Siria y cualquier otra persona que pudiera considerar intervenir en la situación nunca está divorciada de los asuntos legales abstractos que alguien podría decir que presenta un conjunto de hechos.
El derecho internacional es una colección de justificaciones para la acción o inacción militar y diplomática, más que algo con un verdadero carácter "legal" en el sentido convencional.
En derecho internacional, cada país juzga su propio caso, y las interpretaciones inconsistentes de los hechos son rutinarias.
En términos generales, cuando un estado soberano controla un territorio y otro estado soberano intenta usar la fuerza militar en ese territorio, el sujeto de esa fuerza militar se sentirá justificado para usar todos los medios necesarios de la fuerza militar para contraatacar al país usando la fuerza militar. El derecho internacional reconoce el derecho de los estados soberanos a tomar medidas para defenderse de enemigos hostiles.
En términos generales, en un conflicto militar genuino entre naciones, no se considera un crimen de guerra atacar una instalación militar utilizada por "combatientes" en un conflicto (a diferencia de civiles u hospitales para heridos, por ejemplo).
A menudo se considera más legítimo que un país tome medidas militares contra otro país autorizado por una resolución del Consejo de Seguridad de la ONU que hacerlo sin esa autoridad, y se considera más legítimo que un país tome medidas contra un país cuyo acciones han sido condenadas por el Consejo de Seguridad de la ONU (sin una autorización real para tomar la fuerza militar) que hacerlo sin tal determinación.
Como regla general, el uso de la fuerza militar para resolver disputas territoriales que no han surgido "inminentemente" (es decir, horas o días o semanas o incluso hace unos meses), está mal visto, y cuanto menos inminente es la amenaza, más problemática se vuelve la intervención. Una vez que el control territorial es un hecho consumado y una guerra internacional no continúa progresando desde antes de que eso sucediera, el uso de la fuerza militar para resolver disputas territoriales está fuertemente mal visto.
Una parte clave del análisis es la legitimidad de las reivindicaciones territoriales. Como regla general, la intervención militar de terceros dentro del territorio controlado por otro estado o estado de facto se considera mucho más aceptable si se realiza con el permiso del estado o estado de facto que controla el territorio, o por el estado o estado de facto . Estado que reclama el territorio, o en conjunto con las fuerzas militares del Estado o Estado de facto que reclama el territorio.
Normalmente, no se considera adecuado según los principios del derecho internacional "liberar" militarmente unilateralmente un territorio bajo el control de otro estado soberano, sin el respaldo y la participación militar de un reclamante legítimo de ese territorio (fuera del contexto de una guerra internacional en curso que ha estado en curso). progreso desde las secuelas inminentes de la pérdida de control del reclamante legítimo, e incluso entonces, se espera la concesión con un gobierno en el exilio y los insurgentes locales). Un tercer país que usa la fuerza en un territorio controlado por otro estado soberano, sin el consentimiento expreso o implícito de un estado soberano con un reclamo legítimo sobre ese territorio, es un agresor ilegal según el derecho internacional, en lugar de un participante en una seguridad colectiva.esfuerzo que el derecho internacional reconoce como motivo legítimo para el uso de la fuerza militar.
Este principio, sin embargo, está sujeto a una excepción emergente para permitir la intervención militar de un tercer estado soberano para prevenir o interrumpir un genocidio doméstico en otro estado soberano . También ha habido durante mucho tiempo otra excepción para el uso de la fuerza por parte de terceros para castigar proporcionalmente las violaciones de los tratados en los que ambos países involucrados son partes, incluso si el tercero no tiene interés directo en el conflicto como una forma de seguridad colectiva.
El derecho internacional reconoce la conquista durante una guerra como una de las formas legítimas por las cuales un estado soberano puede adquirir territorio de otro estado soberano. Pero, el derecho internacional prefiere situaciones en las que el territorio obtenido por conquista es reconocido por un tratado internacional posterior que reconoce esta realidad.
Como cualquier caso en el que se le pide a alguien que considere el derecho internacional, se comienza con un análisis de los actores particulares en el conflicto y la historia de la disputa, porque estas preguntas no tienen respuestas en abstracto.
El territorio que menciona, Joulan ocupado por Israel, también conocido como los Altos del Golán , fue arrebatado a Siria durante la Guerra de los Seis Días con Israel en 1967, y anexado por Israel de acuerdo con su ley nacional en 1981 (hace 37 años).
Israel ha tenido el control ininterrumpido de los Altos del Golán desde 1967 y ha resistido con éxito múltiples esfuerzos militares para recuperar este territorio.
No ha habido una guerra internacional continua entre Siria e Israel desde 1967. Si bien Siria e Israel no han resuelto esta disputa territorial a través de un tratado, Siria e Israel fueron partes de un acuerdo de separación después de la Guerra de Octubre de 1973 , similar al armisticio alcanzado entre Corea del Norte y Corea del Sur al final de la Guerra de Corea que en realidad no declaró el final de esa guerra.
Irán no tiene ahora, y nunca ha tenido, un reclamo por derecho propio sobre Joulan, también conocido como los Altos del Golán.
Siria ha sido desposeída de este territorio durante más de 50 años. Su despojo no era inminente.
El sucesor directo del régimen que solía ser el régimen legítimo reconocido universalmente en Siria, es decir, el régimen de Assad, no es reconocido universalmente como el gobierno legítimo de Siria y no controla todo el territorio de Siria anterior a la guerra civil .
No puedo decir a partir de la información disponible para mí (quizás alguien más pueda proporcionar una respuesta o un comentario), quién controla el área desde donde se realizó el ataque iraní o si se realizó con la dirección o aprobación de Siria. Si la participación de Siria fuera demasiado proactiva, podría haber violado su tratado de 1973 con Israel.
Históricamente, como mínimo, Siria no se ha opuesto a la acción militar patrocinada por Irán dirigida a Israel desde su territorio. Además, el régimen de Assad ha recibido cierto apoyo de Irán en la Guerra Civil Siria, por lo que es justo caracterizar a Irán y al régimen de Assad como aliados. Por lo tanto, es justo suponer que el régimen de Assad en realidad no se opone a las acciones más recientes de Irán dirigidas a Israel en los Altos del Golán.
Por otro lado, el régimen de Assad no parece haber involucrado a sus propias fuerzas militares en este ataque de Irán contra las fuerzas israelíes, o en muchas de las otras acciones tomadas por las fuerzas apoyadas por Irán contra Israel. El régimen de Assad no parece ver su disputa territorial de los Altos del Golán con Israel como una prioridad dado su interés existencial en una resolución favorable de la Guerra Civil Siria a su favor.
Ninguno de los aliados de Israel consideraría legítimo el ataque iraní en los Altos del Golán. Probablemente, Arabia Saudita tampoco, aunque esto está teñido por el hecho de que Arabia Saudita e Irán son líderes de facciones geopolíticas opuestas en el Medio Oriente .
Israel, bajo cuya ley los Altos del Golán son parte del territorio soberano de Israel luego de una anexión legal, no solo considera que los ataques iraníes son actos de guerra en su contra, sino que no considera que su control de los Altos del Golán sea una ocupación ilegal. .
Estados Unidos no reconoce como legal la anexión de los Altos del Golán por parte de Israel, pero tampoco acepta que la acción militar para restaurar ese territorio a Siria (y mucho menos a un régimen sirio que no reconoce como el gobierno legítimo de Siria) sea legítima. o justificado. De hecho, EE.UU. ha condenado a Irán como un estado partidario del terrorismo , en parte, consecuencia de su apoyo a grupos que han usado la fuerza contra Israel, en actos anteriores similares a este.
Desde el punto de vista de Irán, probablemente considera que sus acciones son legítimas por razones similares a la forma en que se formula aquí la pregunta original, aunque esta no es una conclusión muy justa y clara. Además, en lo que respecta a Irán , los detalles del estatus de los Altos del Golán son irrelevantes, porque cree que Israel no tiene ningún derecho a existir y que, por lo tanto, cualquier acción militar dirigida a Israel en cualquier momento y por cualquier motivo es justificado.
Para el propósito de la discusión, no importa que los estados A y C sean distintos. Pueden ser tratados como una y la misma entidad.
Por tanto, de lo que se trata es de si un Estado tiene derecho a intentar recuperar parte de su territorio ocupado por otro Estado. La respuesta a esa pregunta es que en el derecho internacional (IL) sí existe tal derecho.
IL se basa en la idea de que cada estado es como un individuo. Cada uno de estos estados tiene derecho a la integridad territorial, lo que significa que otro estado no puede ocupar partes de su territorio. Este principio está consagrado en el artículo 2(4) de la Carta de la ONU.
Todos los Miembros se abstendrán en sus relaciones internacionales de la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier estado, o de cualquier otra manera incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.
Este principio es esencialmente análogo al derecho a la integridad personal que se encuentra en la mayoría de los sistemas legales nacionales; tienes derecho a que no te peguen en la cara. Pero, naturalmente, si recibe un puñetazo en la cara, tiene derecho a defenderse e incluso devolver el golpe. IL contiene el mismo derecho a la legítima defensa consagrado en el artículo 51 de la Carta de la ONU:
Nada de lo dispuesto en la presente Carta menoscabará el derecho inherente a la legítima defensa individual o colectiva si se produce un ataque armado contra un Miembro de las Naciones Unidas.
En El caso de Palestina, Quigley escribe:
Pero si un estado recupera su propio territorio por la fuerza, "esto no es un uso de la fuerza contrario a las disposiciones del artículo 2 (4) de la carta", argumentó RY Jennings en respuesta. “No se puede usar la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de otro Estado porque el Estado actor simplemente está ocupando su propio territorio”. Jennings se basó en la definición de agresión de la Carta de las Naciones Unidas como fuerza utilizada contra la integridad territorial o la independencia política de un estado. Cuando Egipto y Siria atacaron a Israel en octubre de 1973 para recuperar la Península del Sinaí y los Altos del Golán, que Israel les arrebató en 1967, el Consejo de Seguridad no los condenó.
En principio, Siria y sus aliados tienen derecho a recuperar el territorio ocupado. Sin embargo, la agresión debe llevarse a cabo de una manera que sea compatible con IL y otras obligaciones que las partes en conflicto hayan asumido.
Bobson
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