Quisiera saber si una persona le debe dinero a un banco si le embargaron la casa. Por lo que encontré, dice que sí y el prestatario debe la diferencia por la que el banco vendió la propiedad. Si esto es cierto, ¿hay alguna forma de evitarlo y evitar que un banco venda la casa por menos?
Podría ser un buen negocio para un banco. Véndalo a alguien que conozca por $ 1 y haga que el prestatario pague el precio completo.
¿Es la quiebra la respuesta? Si es así, ¿cómo se puede pasar a un estado de quiebra?
El mercado objetivo es Ohio, EE. UU.
Sí, el prestatario es responsable de devolver el monto total del préstamo. La ejecución hipotecaria le da al banco la posesión de la propiedad, que puede (y vende) vender. Cualquier déficit sigue siendo responsabilidad del prestatario. Pero no, el banco no puede vender la propiedad por un dólar; tienen que hacer un esfuerzo razonable. Por lo general, la venta se realiza a través de una venta del sheriff, es decir, una subasta más o menos cuidadosamente supervisada.
La bancarrota eliminará el déficit y la mayoría de las demás deudas, pero la desventaja es que la mayor parte del resto de sus activos también se venderá para ayudar a pagar lo que debe. Los detalles de lo que puede conservar varían de un estado a otro. Si desea seguir este camino, contrate a un abogado.
En general, sí, aunque no en todos los estados. Según este artículo de Time :
Pero en los estados sin recurso (Alaska, Arizona, California, Connecticut, Florida, Idaho, Minnesota, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Texas, Utah y Washington), el banco no tiene ningún recurso más allá de la recuperación de la propiedad.
En cuanto a la pregunta sobre a qué precio puede venderlo el banco: nuevamente, cada estado establece sus propias reglas, y los estados pueden tener reglas en contra de venderlo por mucho menos que el valor de mercado.
Quick Google para "valor de mercado del juicio de deficiencia de ejecución hipotecaria de la ley estatal de Ohio" arrojó esto:
Limitación de los juicios de deficiencia. La propiedad no se puede vender en venta de ejecución hipotecaria por menos de dos tercios del valor justo de mercado tasado. (Código Rev. de Ohio §§ 2329.20, 2329.17). (fuente: http://www.nolo.com/legal-encyclopedia/deficiency-judgments-after-foreclosure-ohio.html )
Al banco le interesa vender la propiedad por tanto como pueda (aunque es dudoso que ponga tanto esfuerzo/tiempo en venderla como lo haría el propietario). Ciertamente no lo venderán por $ 1.
La razón principal de esto es que el banco preferiría poseer $ 100k, que un préstamo de un cliente por $ 100k.
Los bancos tienen que descontar el valor de los préstamos para tener en cuenta la probabilidad de que el préstamo no se reembolse. Clasifican ciertos préstamos como más riesgosos que otros, y estos se descuentan más. Un préstamo hipotecario no garantizado para un cliente que ya ha incumplido, no tiene garantía y ahora necesita pagar el alquiler Y los reembolsos del préstamo contaría como un préstamo extremadamente riesgoso.
Estados actuales sin recurso: Alaska, Arizona, California, Connecticut, Idaho, Minnesota, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Oregón, Texas, Utah y Washington.
https://www.forbes.com/advisor/loans/recourse-loans-vs-non-recourse-loans/
La respuesta anterior hacía referencia a un artículo de hace una década.
Stephan Branczyk