Cancelar PMI al 78% o al 75% si Fannie Mae

Acabo de solicitar a mi banco que cancele el PMI, ya que mi saldo llegó al 80%. El banco me envió una nota de que necesito una tasación y también mi LTV debe ser del 75% ya que mi préstamo tiene menos de 5 años. El banco aclaró que la regla LTV del 75 % se aplica desde que mi inversor es Fannie Mae.

También verifiqué con el banco que se aplicará el 75% LTV incluso si pago por adelantado al 78% por ciento. Subo el 78% ya que esto es lo que permite la ley federal para solicitar la cancelación. Entonces, ¿es cierto que el banco puede anular la ley federal y permitir solicitar la cancelación solo al 75% LTV?

Respuestas (1)

Tiene razón en que la ley federal requiere la terminación de PMI en un 78 %; sin embargo, como ocurre con muchas leyes, hay excepciones.

12 USC 4902 requiere la cancelación del "seguro hipotecario privado" en o después de la "fecha de cancelación", que 12 USC 4901 define como la fecha en que la hipoteca alcanza el 80% LTV (suponiendo que no haya reducciones en el valor inicial de la propiedad).

Desafortunadamente, 12 USC 4901 también define "seguro hipotecario privado" como:

El término “seguro hipotecario privado” significa un seguro hipotecario que no sea un seguro hipotecario disponible en virtud de la Ley Nacional de Vivienda [12 USC 1701 et seq.], título 38 o título V de la Ley de Vivienda de 1949 [42 USC 1471 et seq.] .

Las operaciones y limitaciones de Fannie Mae se definen como parte de la Ley Nacional de Vivienda. Parece que esa ley les da margen para definir sus propios puntos de corte para la terminación de PMI. Han fijado ese límite en el 75% para las hipotecas que tienen entre dos y cinco años. No es que las leyes federales estén siendo anuladas, es que posiblemente no sea elegible para la terminación del PMI en este momento debido a la financiación de su hipoteca.