¿Tengo derecho a ser redirigido o compensado si me descubren en la lista de exclusión aérea?

Esta pregunta surge inmediatamente después de leer esta pregunta de la red caliente .

Actualmente no tengo ninguna razón para pensar, ni lo he comprobado nunca, que estoy en la lista de exclusión aérea de EE. UU., que, según la pregunta vinculada, también se aplica a los vuelos en tránsito por encima de los Estados Unidos.

Actualmente estoy planeando un viaje costoso a Canadá desde Europa, pero aún no he comprado los boletos. De hecho, también sé que Canadá y Estados Unidos comparten información ESTA/eTA, por lo que no necesariamente puede haber ningún tipo de problema con el viaje.

Dado que el viaje me resulta especialmente caro, me evitaría cualquier tipo de problema burocrático que pueda derivar en una denegación de embarque o rechazo en la frontera.

Sin embargo, leer el otro control de calidad me preocupa mucho porque el OP fue informado de su presencia en la lista de exclusión aérea solo en la puerta.

Cuesta miles de dólares, cientos de horas y meses de dolor moral y mental.

Teniendo en cuenta que a veces a las personas se les niega el embarque debido a la falta de coincidencia de nombres y aunque existen solicitudes de compensación, todavía me preocupa la posibilidad de perder miles de euros, que no son una broma de acuerdo con mi estado económico.

Pregunta

Supongamos que, por algún motivo que desconozco, se me niega el vuelo sobre/a los EE. UU.

Dado que, de acuerdo con las leyes de viaje europeas, el transportista está obligado a proteger al pasajero de la denegación de embarque, si reservo un vuelo que viaja sobre el territorio de los EE. UU. (algo que un consumidor no puede averiguar fácilmente y no es su deber encontrar ) por alguna razón estoy en una lista de exclusión aérea de EE. UU., y se me revela dicha información solo en la puerta de embarque,

¿La aerolínea está obligada a desviarme o compensarme por la denegación de embarque de acuerdo con las normas de la UE (EU261)?

Repito:

  • Todavía no tengo intención de visitar los EE. UU., tal vez en el futuro.
  • No tengo ningún registro o pista que indique que se me puede negar el vuelo.
  • Vale la pena preocuparse por el costo total del viaje.

Investigación

Intenté investigar un poco por mi cuenta

Este artículo proporciona mucha orientación. En particular, me enfoco en:

Tampoco tendrá derecho a indemnización en los siguientes casos:

  • Usted creó o representó un problema de salud, seguridad o protección

Estar en una lista de exclusión aérea es sin duda un problema de seguridad, pero ese problema es impuesto por una autoridad nacional externa que no tiene nada que ver con mi viaje o la aerolínea. EE. UU. tiene derecho a prohibir a cualquier persona objetivamente considerada como una amenaza para la seguridad, pero también a personas que pueden no ser deseadas por motivos políticos (por ejemplo, activistas no violentos).

Estar en la lista de exclusión aérea se incluye en "Representaste un problema de seguridad".
@DJClayworth, ¿tiene evidencia de eso? ¿Cómo puede una lista de exclusión aérea regulada por un segundo país ser prueba de un problema de seguridad con respecto al pasajero? Si viajaba dentro del país, ¿ya no sería un problema de seguridad?
No dije que fuera prueba, y el artículo tampoco dice que necesita prueba.
No es una respuesta completa, pero... Suponiendo que sea de un país VWP, simplemente solicite un ESTA (incluso si no tiene intención de ir a los EE. UU.). Si se aprueba, no está en una lista de exclusión aérea.
No creo que Canadá y EE. UU. compartan información sobre eTA/ESTA. Sí comparten información sobre las personas que cruzan la frontera terrestre. Y los vuelos a Canadá que pasan por el espacio aéreo de los EE. UU. tienen que enviar manifiestos a los EE. UU., pero ese es un requisito que el gobierno de los EE. UU. impone a la aerolínea. Canadá no tiene nada que ver con eso, aparte de ser adyacente a los EE. UU.
@DJClayworth si no necesita pruebas, puede negar el embarque a cualquier persona y evitar una compensación por motivos de seguridad. En mi opinión, la UE lo ve como que no es elegible para volar sobre los EE. UU. Dado que solo hay unos pocos casos como ese, dudo que alguien aquí pueda responder la pregunta.
La aerolínea necesita una razón para negarle el embarque, y el hecho de que el gobierno le diga que usted no es elegible para volar es una razón suficiente. El gobierno no necesita prueba de nada para ponerlo en la lista de exclusión aérea.
@DJClayworth, su respuesta sería aceptable si el pasajero intentara tomar un vuelo en el mismo país donde se establece la lista de exclusión aérea. ¿Cómo puede reclamar legalmente que alguien representa un problema de seguridad, si la lista de exclusión aérea no está reconocida en el sistema legal del país de salida del vuelo? Si no puede usar la lista de exclusión aérea para evitar una compensación, no tiene nada más que presentar.
Porque el país de destino (o sobrevuelo) tiene derecho a restringir quién ingresa a su espacio aéreo. Si dicen "solo le permitiremos ingresar a nuestro espacio aéreo si envía listas de pasajeros y nos permite vetar a las personas en ellas", es todo su derecho. La aerolínea no tiene nada que decir al respecto, ni tampoco el país de salida. Si está volando sobre los EE. UU., EE. UU. tiene derecho a decir si puede hacerlo o no.
@DJClayworth eso es contrario a las normas europeas de protección al cliente. El principio europeo (IANL) es que los consumidores están protegidos cuando tienen un contrato con un proveedor. El contrato es "llévame a Canadá". Es decisión de la aerolínea volar o no sobre los EE. UU. Es deber del pasajero asegurarse de que se le permita viajar a Canadá . El pasajero no tiene la diligencia debida sobre las prohibiciones del espacio aéreo. Teóricamente, pero la respuesta provista da una explicación plausible de por qué no, la aerolínea se vería obligada a 1) redirigir mi vuelo, que es costoso, 2) redirigirme a otro vuelo o 3) compensar
Desgraciadamente yo sus suposiciones no se atan a la realidad jurídica actual. Lea mi respuesta para los detalles.

Respuestas (1)

Su pregunta parece muy amplia, así que permítame tratar de abordar lo que contiene, incluidas las preguntas directas que hace.

La lista de exclusión aérea no es muy grande, en comparación con la cantidad de personas que vuelan en América del Norte. Las posibilidades de que estés en él por accidente son muy pequeñas. Por supuesto, si conoce alguna razón por la que podría estar en él que no sea por accidente, es un asunto diferente.

Volar a Canadá implica obtener una visa o una eTA. Es poco probable que se le otorgue alguno de ellos si está en la lista de exclusión aérea, por lo que si obtiene uno con éxito, probablemente pueda dejar de preocuparse. Canadá y los EE. UU. intercambian información de seguridad, por lo que si los EE. UU. lo consideran una amenaza para la seguridad, probablemente se le negará una visa canadiense.

Si de alguna manera obtiene la visa, mientras aún está en la lista de exclusión aérea, y se le niega el embarque en la puerta, entonces no obtendrá ninguna compensación. La compensación no se paga si representa un problema de seguridad, como vio en el artículo. Tenga en cuenta que no dice "un problema de seguridad válido" o "probado como un problema de seguridad". El mero hecho de que un gobierno esté "preocupado" es razón suficiente para que la aerolínea le niegue el embarque (de nuevo, recuerde que todo esto es increíblemente improbable). Y los contratos de las aerolíneas casi siempre tienen cláusulas que excluyen la 'acción del gobierno' de las cosas de las que se responsabilizarán. La aerolínea no tiene nada que decir sobre si lo abordan o no. Si les han dicho que no puedes volar, entonces, si le permiten abordar, se le puede negar la entrada al avión al espacio aéreo de los EE. UU. Como no tienen control, no son responsables.

Como dije en la parte superior, si tiene una eTA, es muy poco probable que esté en la lista de exclusión aérea. Si desea estar aún más seguro, solicite una visa, incluso si califica para eTA. Mejor aún, solicite una visa de EE. UU., incluso si no tiene la intención de usarla. Estados Unidos no va a otorgar una visa a alguien que consideren un riesgo para la seguridad.

Y finalmente, hay rutas que puede tomar para llegar a Canadá sin sobrevolar el espacio aéreo de EE. UU. Son complejos y tortuosos, pero existen.

"Estados Unidos no va a otorgar una visa a alguien que consideren un riesgo para la seguridad". - Su confianza en la competencia de mi gobierno supera con creces la mía. CBP está bajo DHS, pero la lista de exclusión aérea la mantiene TSC, que está bajo el FBI. Históricamente, estas agencias han tenido problemas para compartir información entre sí.
@Kevin CBP no otorga visas, ni ninguna otra rama del DHS. El Departamento de Estado hace eso. Y no hace falta mucha competencia para exigir que todos los solicitantes de visa sean aprobados en la lista de exclusión aérea del FBI. Las búsquedas en bases de datos son triviales en estos días, y automatizarlas también lo es. Hay varias búsquedas en la base de datos que deben realizarse antes de otorgar una visa; la lista de exclusión aérea es solo una de ellas.
@phoog: En realidad, eso empeora las cosas. La lista de exclusión aérea está clasificada y destinada al propósito específico de la seguridad de la aviación. DHS está al menos vagamente relacionado con la seguridad de la aviación (y ejecutan TRIP, por lo que tienen una razón específica para no volar). Pero el Departamento de Estado no tiene nada que ver con eso. Hacen servicios consulares y diplomacia.
@Kevin ¿Cree que cada departamento se apega estricta y rígidamente a los recursos y deberes exactos que se le asignan? Su confianza en la competencia de su gobierno supera la mía.
@Kevin exactamente: hacen servicios consulares, uno de los cuales es la emisión de visas. Eso requiere administrar una parte de la ley de inmigración y nacionalidad. Deben considerar todos los motivos de inadmisibilidad, no solo los relacionados con la seguridad de la aviación o el terrorismo. (DJClayworth: en otras palabras, estos se encuentran precisamente entre los deberes y recursos asignados del Departamento de Estado).