Soy un residente canadiense que quiere regalarle a mi hijo adulto de EE. UU. $175,000 dólares canadienses. ¿Cuáles son las implicaciones fiscales para el residente estadounidense que reside en California?
Los Estados Unidos gravan los obsequios al que los da, no al que los recibe. Por lo tanto, en su caso, no habría implicaciones impositivas directas por parte del beneficiario, siempre y cuando esté regalando efectivo y el efectivo esté en Canadá. Si está regalando capital (acciones, propiedades, etc.), o si está regalando algo que está en los Estados Unidos (acciones de EE. UU., por ejemplo), puede haber una implicación fiscal para cualquiera de los dos o para ambos.
Sin embargo, su hijo adulto tendría que presentar un formulario del IRS ya que el obsequio es muy grande (más de $ 100k) para crear un registro en papel del dinero (básicamente probar que no está lavando dinero o evadiendo impuestos).
Vea este artículo en The Globe And Mail que entra en más detalles.
No hay implicaciones, excepto que hay un formulario (Formulario 3520 del IRS) que el destinatario de los EE. UU. debería presentar si el obsequio extranjero supera los $ 100,000 (EE. UU.). Pero el niño aún recibiría el regalo libre de impuestos. El impuesto sobre donaciones de EE. UU. solo se aplicaría cuando la matriz canadiense hace una donación de activos "situs" de EE. UU., que normalmente son solo bienes raíces o bienes personales tangibles de EE. UU., como un barco ubicado en EE. UU. A efectos del impuesto sobre donaciones, las acciones estadounidenses no son considerados activos situs de EE.UU.
Ben Miller - Recuerda a Mónica
Abranden
usuario4556274
José
Brindis de ingeniero