¿Se puede hacer un retiro anticipado de una IRA tradicional en dos partes?

Supongamos que ya hemos determinado que se realizará un retiro anticipado de una IRA tradicional y que no califica para ninguna de las condiciones libres de impuestos. Soy consciente del coste de oportunidad perdido, los impuestos, etc.

Lo que me interesa es la mejor manera (es decir, la más óptima desde el punto de vista del ahorro de costos) para ejecutar el retiro, suponiendo que uno también planee pagar los impuestos de los fondos retirados.

Sé que un retiro está sujeto a una multa inmediata por retiro anticipado del 10 % y que la multa se paga sobre el monto total retirado. También sé que el retiro está sujeto a impuestos sobre la renta a la tasa impositiva normal del contribuyente.

Mi primera pregunta es: ¿Se grava el monto total o el monto posterior a la multa del 10 %? Asumiría que es el monto posterior a la multa, ya que eso es lo que realmente es un ingreso, pero quería estar seguro.

Mi siguiente pregunta es: ¿Cuál es el mejor momento para retirar los fondos? Mi opinión es que puede obtener alguna ventaja fiscal extrayendo la cantidad que tiene la intención de usar + la multa del 10% inicialmente y usándola según sea necesario. Luego, haga un segundo retiro en el próximo año calendario para pagar los impuestos del primer retiro, asegurándose de sacar lo suficiente para cubrir los impuestos del primero, más la multa del 10%, más los impuestos del nuevo retiro. De esta manera, podría administrar mejor sus tramos impositivos para ambos años y sería más fácil mantenerse dentro del tramo impositivo más bajo posible (en lugar de sacarlo todo de una vez, lo que probablemente aumentaría su tramo impositivo para ese año) . ¿Tiene sentido este escenario y es posible/legal?

Si ayuda, aquí hay algunos números concretos para mi escenario específico (aunque estoy interesado en respuestas generales para ayudar a toda la comunidad). Estoy casado, presentando una declaración conjunta. El ingreso familiar es de alrededor de $ 200k (fluctúa con el bono de fin de año). Estoy buscando retirar fondos utilizables netos de aprox. $100k - $120k de una IRA tradicional. El retiro total cuando todo esté dicho y hecho deberá ser de aproximadamente $ 200k para dar cuenta del 10% de multa + impuesto sobre la renta. Los tramos impositivos relevantes para 2015 son:tramos impositivos

Una vez más, no estoy interesado en si esta es una buena idea. Tengo curiosidad por saber cómo proceder suponiendo que la cuestión de la "buena idea" ya se ha abordado. ¡Gracias!

Respuestas (2)

Respuesta corta: no importa, de todos modos todo se basa en porcentajes. Si hay costos de transacción (comisiones de venta de acciones, por ejemplo), hágalo todo de una vez.

Los impuestos adeudados se basan en el monto total retirado, incluida la multa fiscal del 10%. Es probable que su institución financiera le ofrezca retener el 20% de los impuestos (algunos le dan a elegir, otros simplemente lo hacen). El 20% puede o no reflejar su tasa de impuesto sobre la renta real. De todos modos, se le cobrará la multa adicional del 10% cuando presente su declaración de impuestos el próximo año. Se agregará a la cantidad de impuestos adeudados. En ese sentido, es una especie de "costo oculto" que vuelve a morderte ya que no lo viste cuando sacaste el dinero de la IRA.

¿No sería beneficioso hacerlo en varios años para poner más del retiro en la categoría impositiva del 28 % que en la categoría impositiva del 33 %?
@AlexB, hay un ahorro marginal (juego de palabras intencionado) para distribuir los retiros a lo largo de varios años. Es divertido que OP esté preocupado por la diferencia marginal entre los tramos impositivos del 28% y el 35%, pero no parece importarle en absoluto regalar un 10% completo (no marginal) en multas.

A la IRA no le importan tanto los ingresos brutos como los ingresos imponibles. Ahí es donde haces los cálculos.

Sí, el 10 % corresponde al retiro bruto, y el retiro bruto también se agrega a la renta imponible.

Por lo que ofrece, probablemente estemos buscando un 28/33 % para el impuesto sobre la renta más la multa del 10 %.