Tengo una pregunta para los que están familiarizados con la regla de venta de lavado. Entiendo lo que es, básicamente, si vende acciones de XYZ con pérdidas y las vuelve a comprar dentro de los 30 días, no puede reclamar esas pérdidas en sus impuestos para el año fiscal. Esa parte la entiendo.
Mi pregunta: Digamos que compro 100 acciones de XYZ a $2 ($200) y baja a $1. En este punto, mi PL es -$100. Sin embargo, digamos que compro 100 acciones adicionales a $ 1 y luego vendo 100 acciones (mientras aún conservo las 100 acciones iniciales) a $ 1,50 (ganando $ 50 por esa operación). ¿Se aplicaría la regla de la venta de lavado si hiciera este ejemplo, digamos, 3 o 4 veces y nunca vendiera los 100 originales que tenía antes?
La regla de venta ficticia, de inverter.gov (énfasis mío):
Una venta ficticia se produce cuando vende o negocia valores con pérdidas y dentro de los 30 días anteriores o posteriores a la venta:
- Comprar valores sustancialmente idénticos,
- Adquirir valores sustancialmente idénticos en una operación totalmente sujeta a impuestos, o
- Adquirir un contrato u opción para comprar valores sustancialmente idénticos.
En su escenario hipotético, dependerá de cómo designe qué 100 acciones a $1,50. Usted menciona "mientras todavía se aferra a las 100 acciones iniciales". Para lograr esto, indicará que está vendiendo las 100 acciones que compró a $1.00.
Por lo tanto, no vendió nada con pérdidas . Por lo tanto, la regla de venta de lavado no se aplica.
Luego pregunta sobre hacer esto tres o cuatro veces. Siempre que ninguna de las acciones de venta resulte en una pérdida, no se aplicará la regla de venta ficticia.
cris
Doug Deden
cris