¿Cómo se aplica la regla de venta ficticia cuando las transacciones son netas positivas en sucesión rápida?

Esto probablemente se ilustra mejor con un ejemplo:

  • Día 1: compro 10x AAPL por $1000
  • Día 2: Vendo 10x AAPL por $2000 ($1k de ganancia)
  • Día 3: compro 10x AAPL por $1000
  • Día 4: Vendo 10x AAPL por $500 ($500 de pérdida)
  • Día 5: compro call LEAPS en AAPL y retengo hasta el próximo año

Cuando llegue la temporada de impuestos el próximo año, ¿deberé impuestos sobre $1000 o $500? En otras palabras, ¿la venta de lavado de $500 se iguala con mi operación anterior (que se liquida este año) o con LEAPS (que no se liquidará hasta el año en que venda)?

¡Gracias! Se agregó una etiqueta para reflejar que esto es para impuestos de EE. UU. :)

Respuestas (1)

Un SALTO puede ser una opción de venta o de compra. Voy a suponer que quiere decir que su transacción del Día 5 es una llamada LEAP. Si es así, es un valor 'sustancialmente idéntico' y, por lo tanto, desencadena una infracción de venta ficticia. Tendrá que pagar impuestos sobre $1,000 ya que la pérdida de $500 debe ser diferida.

Gracias, sí, quise decir una llamada LEAP. Estaba leyendo en fairmark.com/investment-taxation/capital-gain/wash/… que al determinar si una pérdida es una venta ficticia, puede hacerlo cronológicamente, buscando 30 días antes y después de la fecha de venta. Si ese fuera el caso, ¿no podría igualar la pérdida con la compra que ocurrió antes en lugar de la compra que ocurrió después?
El valor predeterminado para los corredores es FIFO. Sin embargo, puede designar qué compras se venden. Su problema es que todos sus precios de compra son más altos que su precio de venta del día 4, por lo que no hay forma de mitigar esa pérdida.
Ya veo, si fuera así (perdón por la falta de formato) --- Día 1-2: Compre por 500, venda por 2000 (+1500) --- Día 3-4: Compre por 1500, venda por 1000 (-500) --- Día 5: Compra call LEAPS --- entonces la venta de lavado se podría aplicar a la compra anterior?
Las acciones de reemplazo compradas dentro de los 30 días anteriores o 30 días posteriores a la realización de una pérdida son una venta ficticia y deben diferirse. El día 3-4 es la pérdida realizada. El día 5 son las acciones de reemplazo y crea la venta de lavado, por lo que la pérdida del día 3-4 no se puede utilizar hasta que se venda el LEAP del día 5.