Mi entendimiento de la capacidad de primer, segundo y estratégico ataque nuclear de los Estados Unidos es que cualquier ataque nuclear debe ser aprobado directamente por el presidente y seguir una cadena de mando muy específica hasta los militares que llevan a cabo la orden.
¿Qué leyes están en los libros (¿o son secretas?) que rigen la capacidad del presidente para iniciar tal huelga? ¿Estados Unidos tiene que estar en una guerra activa (guerra declarada por el Congreso)? ¿Hay que cruzar un umbral específico? ¿Sería posible interponer una impugnación judicial que impida una orden de huelga nuclear antes de que se lleve a cabo? ¿O tiene el presidente absoluta discreción para iniciar un ataque nuclear?
Según https://en.wikipedia.org/wiki/National_Command_Authority ,
Solo el presidente puede dirigir el uso de armas nucleares por parte de las fuerzas armadas estadounidenses, a través de planes como OPLAN 8010-12. El presidente tiene autoridad unilateral como comandante en jefe para ordenar el uso de armas nucleares por cualquier motivo y en cualquier momento.
Si bien parece haber cierto desacuerdo, la mayoría de las afirmaciones de los expertos son similares a las del especialista nuclear Franklin Miller:
No hay veto una vez que el presidente ha ordenado un ataque... El presidente y solo el presidente tiene la autoridad para ordenar el uso de armas nucleares.
https://www.nytimes.com/2016/08/05/science/donald-trump-nuclear-codes.html
Como @TedWrigley señala en los comentarios, siempre existe la posibilidad de que alguien a lo largo de la cadena de mando se niegue, pero el sistema está diseñado específicamente para evitar esto, particularmente una vez que supera los altos niveles de mando. Está el famoso caso de Harold Hering, quien, como señala @MartinSchröder, fue despedido por hacer preguntas inconvenientes[1]. Después de ese incidente, los militares redujeron la capacidad de esas personas para cancelar unilateralmente una orden verificada. Además, aunque el Secretario de Defensa tiene que verificar la orden, no tiene poder de veto legal. Solo existen para verificar que el presidente efectivamente ordenó el ataque.
Finalmente, cabe señalar que un contrapunto al consenso general es que el personal militar está obligado a desobedecer órdenes ilegales. Sin embargo, por diseño, el sistema funciona extremadamente rápido. Está diseñado para pasar de la orden presidencial al lanzamiento en cuestión de minutos. El punto central de que el presidente tenga tal poder unilateral es que si ocurre un ataque por parte de un enemigo (léase: soviets), tiene entre 2 y 5 minutos antes de que los misiles golpeen. Además, tenga en cuenta que las órdenes se pueden dar a personas como los subcomandantes que tendrán poca capacidad para determinar realmente si el ataque es "lícito" o no. Nuevamente, el sistema está diseñado para que se lleven a cabo órdenes verificadas, no cuestionadas por personal militar de bajo nivel.
En resumen:
¿O tiene el presidente absoluta discreción para iniciar un ataque nuclear?
Sí, el presidente tiene la autoridad exclusiva para lanzar un ataque, que luego sería verificado por la Sec. Defensa. Si esa persona se negara (u otro funcionario de alto nivel, como los líderes en el comando estratégico), sería pura especulación sobre lo que sucedería.
Fuentes adicionales de interés:
[1] https://www.wnycstudios.org/podcasts/radiolab/articles/nukes
divisan
ted wrigley
TomásTomás
ted wrigley
Sólo yo
Martín Schröder
eps
ted wrigley
eps