¿Puedo demandar al gobierno por no hacer cumplir las leyes penales?

Un año después del enfrentamiento de Bundy en 2014, el gobierno de EE. UU. no logró arrestar a los miembros de un grupo que amenazó a los agentes del orden con fuerza letal.

¿Puede una persona física o jurídica (un grupo de ciudadanos, activista, ONG, entre otros) demandar al gobierno por no protegerme de estos delincuentes manifiestamente peligrosos?

¿Ha sufrido daños personales tangibles por el enfrentamiento de Bundy que no se pueden atribuir a los delincuentes sino solo a la policía?
En los Estados Unidos, puede demandar a quien quiera. Si el caso será desestimado por completo es otra cuestión.
@Philipp: es razonable pensar que el crimen es más frecuente cuando a las personas se les da la impresión de que no serán procesadas. No puedo decir que haya un vínculo directo con el enfrentamiento en Oregón, pero es motivo de reflexión. Hay leyes contra el acosador porque no esperamos a que alguien sufra daños.
Para completar, vale la pena señalar que los participantes finalmente fueron arrestados .

Respuestas (3)

La respuesta corta es que no, es casi seguro que no puede demandar.

Esto se debe a un gran número de razones. Primero, tanto el gobierno estatal como el federal tienen inmunidad soberana , según la Corte Suprema. Esto dice significa que no puede demandar al gobierno a menos que, en algún estatuto, haya dado su consentimiento para la demanda. Aunque el gobierno federal dio su consentimiento a algunas demandas por agravios en la Ley Federal de Reclamos por Agravio, la Ley excluyó expresamente el tipo de reclamo que está tratando de presentar aquí. En particular, la Ley indicaba que no se aplicaba a lo siguiente:

Cualquier reclamo basado en un acto u omisión de un empleado del Gobierno, ejerciendo el debido cuidado, en la ejecución de un estatuto o reglamento, ya sea que dicho estatuto o reglamento sea válido o no, o basado en el ejercicio o desempeño o la falta de ejercicio o realizar una función o deber discrecional por parte de una agencia federal o un empleado del Gobierno, ya sea que se abuse o no de la discreción involucrada.

(Énfasis mío).

Esto significa que no tiene la capacidad de demandar al gobierno por negarse a procesar. Sin embargo, podría demandar a los funcionarios del gobierno responsables de hacer cumplir la ley. El problema es que, en esta circunstancia, esos oficiales también tienen una inmunidad casi impenetrable contra una demanda.

Los fiscales pueden ejercer discrecionalidad procesal; esto significa que pueden decidir qué casos procesarán y cuáles no (aunque es posible que no puedan presentar cargos si no pueden demostrar causa probable de que el acusado cometió el delito).

La discreción procesal es casi absoluta; salvo una decisión de enjuiciar por motivos de discriminación racial o de venganza (es decir, elegir enjuiciar como venganza por el ejercicio legítimo de los derechos del acusado), la decisión de un fiscal de enjuiciar o no enjuiciar es esencialmente inmune a cualquier ataque. Como explicó el juez Powell en la opinión de la mayoría en Wayte v. United States 470 US 598 (1985):

En nuestro sistema de justicia penal, el Gobierno conserva una "amplia discrecionalidad" sobre a quién procesar. "Mientras el fiscal tenga motivos fundados para creer que el acusado cometió un delito definido por la ley, la decisión de procesar o no, y qué cargo presentar o llevar ante un gran jurado, por lo general queda enteramente a su discreción. ."

Esta amplia discrecionalidad se basa en gran medida en el reconocimiento de que la decisión de enjuiciar es particularmente inadecuada para la revisión judicial.

Esto lo deja esencialmente sin motivos por los cuales podría demandar por no enjuiciar. Sin embargo, incluso si creyera que había encontrado un argumento brillante e incuestionable de por qué la falta de enjuiciamiento en este caso constituía una de las raras excepciones a la presunción general de que un fiscal está actuando de manera permisible al ejercer la discreción procesal, aún se encontraría con el problema de estar de pie.

Para llevar un traje, debe tener pie. Para tener legitimación activa, generalmente se requiere que usted esté sufriendo o sufrirá inminentemente una lesión real como resultado de alguna acción por parte de la parte que está demandando, y que esta lesión sea reparable mediante una decisión legal favorable.

El problema aquí es que probablemente no hayas sufrido una lesión, ni la sufrirás de forma inminente. A pesar de lo peligroso que puede ser este grupo en general, a menos que pueda demostrar que tiene específicamente o que sufrirá inminentemente una lesión, y puede relacionar razonablemente esta lesión con la acción del gobierno, no tendrá legitimación para demandar. El Tribunal ha exigido un alto grado de especificidad y certeza al reclamar legitimación por daño inminente inminente; ver, por ejemplo, LA v. Lyons 461 US 95 (1983), Lujan v. Defenders of Wildlife 504 US 555 (1992), Clapper v. Amnesty International 568 US ___ (2013).

Pero digamos que en realidad usted fue dañado por este grupo luego de que amenazaron a los agentes de la ley, y por lo tanto afirmamos que sufrió una lesión real. Digamos también que, para evitar los problemas de discrecionalidad procesal, decidiste demandar a la policía por no evitar que te lesionasen, en lugar de demandar a los fiscales por no sancionar las amenazas de lesionar a otros.

En este caso, descubriría que el tribunal no consideraría que la falta de protección por parte de la policía constituye una violación de ninguno de sus derechos. La Corte nunca ha reconocido un derecho individualizado a la protección de la policía, y nunca ha considerado procesable ni siquiera un incumplimiento negligente por parte de la policía de proteger a una persona.

El caso de Castle Rock v. Gonzales 545 US 748 (2005) ilustra dramáticamente la renuencia de la Corte a responsabilizar a la policía por no proteger la vida de los ciudadanos. Antes de este caso, Jessica Lenahan-Gonzales había obtenido una orden de restricción contra su esposo, que requería que permaneciera al menos a 300 pies de distancia de ella o sus hijos. Esta orden de restricción contenía un aviso a la policía que decía, en parte:

UTILIZARÁ TODOS LOS MEDIOS RAZONABLES PARA HACER CUMPLIR ESTA ORDEN DE RESTRICCIÓN. USTED DEBERÁ ARRESTAR O, SI UN ARRESTAMIENTO NO SERÍA PRÁCTICO BAJO LAS CIRCUNSTANCIAS, BUSCAR UNA ORDEN PARA EL ARRESTAMIENTO DE LA PERSONA RETENIDA CUANDO TIENE INFORMACIÓN SEGÚN LA CAUSA PROBABLE DE QUE LA PERSONA RETENIDA HA VIOLADO O INTENTO VIOLAR CUALQUIER DISPOSICIÓN DE ESTA ORDEN Y LA PERSONA RESTRICIDA HA RECIBIDO CORRECTAMENTE UNA COPIA DE ESTA ORDEN O HA RECIBIDO UNA NOTIFICACIÓN REAL DE LA EXISTENCIA DE ESTA ORDEN.

Un día, Gonzales llegó a casa y encontró a sus hijos desaparecidos. Ante la sospecha de que su marido se los había llevado, llamó a la policía. Después de esperar alrededor de una hora a que actuara la policía, los volvió a llamar. Cuando la policía no actuó después de otra hora y media, los volvió a llamar. Finalmente, después de otras dos horas, ella misma visitó la estación de policía para instarles a encontrar a su esposo y recuperar a sus hijos.

Unas tres horas después, su marido llegó a la comisaría y abrió fuego. La policía lo mató en un tiroteo y registró su automóvil y encontró los cadáveres de los hijos de Gonzales. Gonzales demandó al departamento de policía por privarla de sus derechos sin el debido proceso legal, en violación de la Enmienda 14.

La Corte Suprema finalmente escuchó el caso y, 7-2, dictaminó que ni la ley ni la notificación a la policía sobre la orden de restricción crearon un derecho individualizado por parte de Gonzales para hacer cumplir la orden de restricción. Como tal, Gonzales no tenía recurso contra la policía por negarse a ayudarla a recuperar a sus hijos.

Todos estos casos, estatutos y principios tomados en conjunto deberían indicar la virtual imposibilidad de presentar un reclamo contra el gobierno en este caso. Ya sea que el gobierno simplemente no haya procesado o se haya negado a procesar, y ya sea que haya sufrido o no una lesión real, existen múltiples barreras insuperables o casi insuperables en el camino para ganar con éxito el tipo de demanda que desea entablar.

"La Corte nunca ha reconocido un derecho individualizado a la protección de la policía" probablemente debería decir "...por la policía"; la protección de la policía es algo diferente (y también un "derecho" ausente en la práctica, pero más cuestionado).
¿No hay algo que impida que el poder ejecutivo anule efectivamente a la legislatura al negarse a hacer cumplir ciertas leyes?

Usted está describiendo una "queja generalizada" clásica que haría que cualquier caso de este tipo se desestimara (pregúntele al Sheriff Joe sobre eso). Necesitaría poder demostrar una lesión particular, rastreable, a la falta de enjuiciamiento para tener derecho a presentar una demanda. No hacer cumplir la ley explícitamente no es una lesión que pueda ponerlo de pie.

La Corte Suprema ha preguntado a las partes en Estados Unidos contra Texas sobre la Cláusula de cuidado, por lo que podemos ver algo de claridad sobre el remedio cuando el gobierno se niega a hacer cumplir la ley.

Bueno, tienen reclamos de responsabilidad por "peligro creado por el estado". Parece que debe tener un vínculo más directo con los actos realizados por las fuerzas del orden público que lo colocan a usted o a un miembro de su familia en más peligro de lo que hubiera sido. Con respecto a tu pregunta, probablemente no. El fiscal de distrito o la policía tienen la opción de presentar cargos/arresto, aparte de que algunos estados son específicos con ciertos delitos en los que se requiere, como la violencia doméstica. Si decidieron hace un año no presentar cargos y luego un año entero después, sin que suceda nada más, en realidad eres lesionado por el mismo grupo, es posible que estés al límite. Ahora bien, si la policía tenía suficiente evidencia o fue testigo de un crimen, no actuó/se olvidó de actuar en consecuencia arrestando, entonces más tarde ese día o al día siguiente ese tipo loco caminando con un arma te dispara o mata a un miembro de la familia, diablos, sí, demanda. Este sitio web tiene algunos casos donde los casos de "Peligro creado por el estado" han ganado. Tienen algunas situaciones bastante estúpidas en las que la policía actuó con negligencia y los tribunales dictaminaron que la policía creó peligro.

http://www.policemag.com/channel/patrol/articles/2010/06/liability-for-failure-to-protect.aspx

Esto es solo una cosa secundaria basada en la opinión. Volvamos a la parte del marco de tiempo pequeño. Si su estado ha exigido la necesidad de arresto, por ejemplo, por violencia doméstica y prueba que no arrestaron a una persona que cometió tal cosa. Probar que actuó negligentemente al no enjuiciar cuando tenía suficientes pruebas viables para condenar. También me gustaría pensar que puede utilizar el "Peligro creado por el estado" si esa misma persona comete, digamos, el mismo delito u otro delito que le cause lesiones. Solo pensando si puede demostrar claramente que la ley les exigió arrestar dado el delito/las leyes de su estado, tenían pruebas claras para procesar y tienen una sentencia mínima por el delito (por lo que la persona sería, digamos, encerrada por un mínimo 2 años), pero no pasó nada. Luego, un año después, esa misma persona te viola, asesina o causa un gran daño, intente demandar, es posible que tenga una oportunidad. Siempre dicen que lo civil es menos pesado que lo penal. Puede que no sea el estándar para un juez civil decidir si existía suficiente evidencia para probar la carga de un delito penal pasado, pero usted podría ser el primero en cambiar eso. No veo por qué un juez civil todavía no responsabilizaría a una ciudad por no tratar claramente de proteger al público, especialmente si es atroz.