He estado en los EE. UU. con una visa F1 por poco más de un año; se casó con un ciudadano estadounidense recientemente a fines de 2012. Vivimos en California.
Mis preguntas son:
Encontré una presentación útil en línea que puede servir como una guía útil: http://www.mhaven.net/Docs/Foreign%20Slides.pdf
OK, morderé y resumiré todo de nuevo.
¿Puedo, como esposo de una ciudadana estadounidense, optar por presentar una declaración de impuestos como no residente si presenté una declaración de impuestos de "casado que presenta una declaración por separado"?
Puede presentar una declaración como MFS no residente (casado que presenta una declaración por separado) O residente MFJ (casado que presenta una declaración conjunta) con su esposa. No puede presentar MFS de residente porque, como indicó correctamente, su presencia en F1 está excluida de la regla de los 183 días hasta por 5 años.
Si presenta su declaración como MFS no residente, su esposa debe presentarla como MFS residente (o HOH, cabeza de familia, si tienen dependientes).
Solo puede presentar una declaración. Si presenta MFS, solo puede presentar 1040NR (su esposa presenta por separado un 1040). Si presenta MFJ, lo incluye tanto a usted como a su esposa, y es un 1040 regular (una presentación para ambos).
Si se me permite presentar una declaración como no residente, ¿tengo que pagar FICA sobre mis ingresos?
Como hemos discutido antes , si es residente a efectos fiscales, debe pagar FICA. Si no es residente a efectos fiscales, está exento de FICA porque es F1 (ningún no residente puede estar exento).
De tu comentario:
Re. sus preguntas, todos menos uno de los asesores que conocí me dijeron que solo puedo presentar MFS residente ya que estaba casado con un ciudadano y cité una regla de 183 días para el SPT (pero estoy seguro de que los F1 están exentos de esa regla por hasta 5 años )! El que sí sabía que podía presentar MFS para no residentes sugirió que presentara una declaración conjunta porque estaría haciendo contribuciones a la SSA que serían beneficiosas para mi futuro (no estoy realmente interesado en eso ya que todavía tengo muchos años de trabajo por delante) .
Están equivocados, todos menos uno. El que tiene razón también tiene razón sobre los derechos de la SSA, pero eso depende de usted.
Descargo de responsabilidad, para estar seguro: esto no es de ninguna manera un consejo fiscal y no puede confiar en lo que escribí, aquí o en otro lugar, ya que no fue escrito ni tenía la intención de usarse, y no puede usarse, con el propósito de evitando cualquier sanción relacionada con los impuestos que se le pueda imponer a usted o a cualquier otra persona en virtud del Código de Rentas Internas.
pequeñoadv
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sekharan
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