¿Puede alguien con solo una PPL registrar el tiempo de PIC en un vuelo comercial que no sea de transporte?

Tengo un trabajo que me obliga a viajar en un avión de una empresa pequeña con un piloto "comercial" de la empresa. Solo tengo mi PPL. Si estoy certificado en el tipo de aeronave, ¿el piloto puede permitirme volar "únicamente manipulando los controles" de la aeronave, mientras que él claramente sigue siendo el PIC y responsable del vuelo? Si estoy calificado en el avión, ¿puedo registrar esas horas?

Esta no es una Operación de Transporte y opera bajo las regulaciones CFR 14 Parte 91.
hay otro problema, que es si la compañía de seguros le permitirá o no manipular los controles. Muchas pólizas solo tienen "pilotos designados", y hay una cláusula especial que debe agregarse para permitir que otros pilotos la vuelen, con cierta experiencia aeronáutica, capacitación y tiempo en el tipo.

Respuestas (2)

Sí, puede registrar el PIC en una categoría y clase de aeronave para la que esté certificado. Puedes registrar ese tiempo durante el cual eres el único manipulador de los controles. Este es el caso incluso si otro miembro de la tripulación (el piloto comercial) es el PIC en funciones.

Consulte 14 CFR 61.51 (e) para esta y otras situaciones que permiten el registro de PIC.

A continuación se encuentra la sección pertinente de 61.51 (e):

(e) Registro del tiempo de vuelo del piloto al mando. (1) Un piloto de transporte deportivo, recreativo, privado, comercial o de línea aérea puede registrar el tiempo de vuelo del piloto al mando para vuelos:

(i) Cuando el piloto es el único manipulador de los controles de una aeronave para la cual está habilitado, o tiene atribuciones de piloto deportivo para esa categoría y clase de aeronave, si la habilitación de clase de aeronave es apropiada;

¡Muchas gracias por su respuesta! ¿El piloto comercial también registraría el tiempo de PIC debido a que sigue siendo el único responsable del vuelo o solo podría registrar el PIC durante las horas que estoy volando?
¡Muchas gracias de nuevo! La comunidad de la aviación es la mejor. ¡¡¡Felices vacaciones!!!
Si bien estoy totalmente de acuerdo con la respuesta publicada (sí, el PPL puede registrar PIC mientras es el único manipulador), no estoy seguro de estar de acuerdo en que el PIC real no puede registrar todo el vuelo. Él ES el PIC. Existe FAR 61, pero también existe FAR 1, que está esencialmente "firmado para la aeronave" como definición de PIC. Por lo tanto, el capitán de una aerolínea registra cada tramo como PIC, incluso aquellos tramos en los que el primer oficial fue el único manipulador. El FO puede registrar sus tramos como PIC según la Parte 61, pero el capitán es el PIC según la Parte 1.
Recuerde que iniciar sesión como PIC y actuar como PIC son diferentes. El hecho de que alguien sea PIC no significa que pueda registrarlo. Los pilotos de líneas aéreas pueden registrar PIC porque las aeronaves que vuelan están certificadas para múltiples pilotos. Si estuvieran volando un 172 en una operación de la Parte 121, solo uno podría registrar PIC.
@RalphJ Actuar como PIC y registrar PIC son conceptos distintos.
@RalphJ esta es una ley establecida. El PIC en funciones no puede iniciar sesión si otra persona inicia sesión como SMOTC.
"Sin embargo, dos pilotos no pueden registrar PIC simultáneamente cuando un piloto es el único manipulador de los controles y el otro actúa como piloto al mando si las regulaciones que rigen el vuelo no requieren más de un piloto". faa.gov/about/office_org/field_offices/fsdo/sdl/local_more/…
@RalphJ El último comentario de rbp es clave: "si la normativa que rige el vuelo no exige más de un piloto". Las únicas situaciones en las que más de una persona puede registrar el tiempo de PIC son las situaciones que requieren más de un piloto.
@DavidSchwartz No existe una regla que permita que cualquier miembro de la tripulación requerido registre el tiempo, solo los miembros de la tripulación de vuelo del piloto requeridos. Además, aunque no parece aplicarse a la situación descrita en esta pregunta, en algunas aeronaves u operaciones, un ATP puede registrar el tiempo de PIC solo porque está actuando como PIC.

Tenga en cuenta que ser PIC y registrar PIC son cosas diferentes.

FAR 1.1 define al Piloto al Mando como la persona que,

(1) Tiene la autoridad final y la responsabilidad por la operación y seguridad del vuelo;

(2) haya sido designado como piloto al mando antes o durante el vuelo; y

(3) Poseer la habilitación de categoría, clase y tipo apropiada, si corresponde, para la realización del vuelo.

Básicamente, en un momento dado, solo puede haber un PIC actuando en un vuelo, sin importar cuántos pilotos haya a bordo del avión.

De acuerdo con 14 CFR 61.51 (e) :

(e) Registro del tiempo de vuelo del piloto al mando. (1) Un piloto de transporte deportivo, recreativo, privado, comercial o de línea aérea puede registrar el tiempo de vuelo del piloto al mando para vuelos:

(i) Cuando el piloto es el único manipulador de los controles de una aeronave para la cual está habilitado, o tiene atribuciones de piloto deportivo para esa categoría y clase de aeronave, si la habilitación de clase de aeronave es apropiada;

(ii) Cuando el piloto sea el único ocupante de la aeronave;

(iii) Cuando el piloto, excepto si es titular de una licencia de piloto deportivo o recreativo, actúa como piloto al mando de una aeronave para la cual se requiere más de un piloto según la certificación de tipo de la aeronave o los reglamentos bajo los cuales se realiza el vuelo. conducido; o

(iv) Cuando el piloto realiza las funciones de piloto al mando bajo la supervisión de un piloto al mando calificado provisto,

...

El resultado final es que más de un piloto puede registrar el tiempo de PIC cuando solo puede haber un PIC en un vuelo determinado.

Sí, hay ocasiones en que más de un piloto puede registrar PIC, pero no en la situación descrita por el OP...