El trabajo de mis sueños es en una empresa estadounidense para un puesto protegido por los requisitos de ITAR. Como extranjero, ¿cuáles son las posibles formas en que puedo cumplir con estos requisitos?
De acuerdo con el sitio del gobierno de EE. UU. sobre las regulaciones de ITAR:
Las regulaciones de ITAR dictan que la información y el material relacionado con la defensa y las tecnologías relacionadas con el ejército solo se pueden compartir con "personas estadounidenses" a menos que se reciba la aprobación del Departamento de Estado. Por definición, una "Persona estadounidense" puede ser un ciudadano estadounidense; un individuo protegido como se define en 8 USC 1324b(a)(3); un residente (titular de la tarjeta verde) o una corporación, negocio, organización o grupo que está incorporado en los Estados Unidos bajo la ley estadounidense.
El Reglamento ITAR define a una Persona Estadounidense de la siguiente manera:
Persona estadounidense significa una persona (según se define en §120.14 de esta parte) que es residente permanente legal según se define en 8 USC 1101(a)(20) o que es una persona protegida según se define en 8 USC 1324b(a)(3) ). También significa cualquier corporación, asociación comercial, sociedad, sociedad, fideicomiso o cualquier otra entidad, organización o grupo que se incorpore para hacer negocios en los Estados Unidos. También incluye cualquier entidad gubernamental (federal, estatal o local). No incluye a ninguna persona extranjera como se define en §120.16 de esta parte.
8 USC 1324b(a)(3) Define a un individuo protegido de la siguiente manera:
Un “individuo protegido” es un extranjero admitido legalmente para la residencia permanente, al que se le otorga la condición de extranjero admitido legalmente para la residencia temporal conforme a la sección 1160(a) o 1255a(a)(1) de este título, al que se le admite como extranjero refugiado bajo la sección 1157 de este título, o se le concede asilo bajo la sección 1158 de este título; pero no incluye (i) un extranjero que no solicita la naturalización dentro de los seis meses posteriores a la fecha en que el extranjero se vuelve elegible por primera vez (en virtud del período de residencia permanente legal) para solicitar la naturalización o, si es posterior, dentro de los seis meses posteriores a noviembre 6, 1986, y (ii) un extranjero que haya presentado la solicitud de manera oportuna, pero que no se haya naturalizado como ciudadano dentro de los 2 años posteriores a la fecha de la solicitud, a menos que el extranjero pueda demostrar que está buscando activamente la naturalización,
Como se menciona en la respuesta de PeterM, si está empleado por una "persona estadounidense" como ciudadano extranjero, su empleador puede solicitar y recibir acceso limitado a los sistemas protegidos por ITAR. La solicitud deberá ser presentada por su empleador en forma de DSP-5. Las preguntas frecuentes que se presentan aquí tienen respuestas a preguntas comunes, pero están escritas para el empleador, no para el posible empleado.
Trabajo en una empresa que opera a nivel mundial y está sujeta a restricciones ITAR y empleados extranjeros de muchas creencias. Si bien ser ciudadano/residente de EE. UU. es una forma de trabajar con cosas relacionadas con ITAR, es posible que un ciudadano extranjero lo haga siempre que tenga una licencia individual.
El término que desea buscar es ITAR Licensing for Foreign Person Employees .
Este es un procedimiento complejo y no puedo decir que lo entiendo (ya que no es relevante para mí), pero como ejemplo de las complejidades, vea cosas como:
Licencias del Departamento de Estado para personas extranjeras empleadas por una persona estadounidense
Blog aleatorio sobre licencias ITAR para empleados extranjeros
Por lo tanto, es posible hacerlo, pero depende del empleador que esto suceda. La otra cara de la moneda es que es posible trabajar para una empresa que se ocupa de cosas restringidas por ITAR sin tener licencia, siempre que la empresa proporcione los controles correctos para aislarlo de las actividades/información restringida por ITAR.
ITAR define a una Persona de los EE. UU. como un individuo que es ciudadano de los EE. UU., residente permanente de los EE. UU. (posee una tarjeta verde), una persona protegida definida por 8 USC 1324b (a) (3) . También hay definiciones para empresas, pero esas no se aplicarán a usted como individuo que solicita un trabajo.
Tener uno de estos estados es la única manera de cumplir con los requisitos.
Básicamente, debe convertirse en residente permanente.
Asique como haces eso? Hay algunas maneras.
La opción del empleador es probablemente la más práctica para la mayoría de las personas. Debe averiguar qué habilidades tienen una demanda lo suficientemente alta como para que las empresas estadounidenses pasen por la visa BS para traerlo y luego adquirir esas habilidades. Hacer una maestría o un doctorado en una universidad estadounidense puede ser útil.
Leñador
Leñador
Leñador
BCónico
Kilisi
Dan toca el violín a la luz del fuego