Según tengo entendido, todos los estados miembros tienen derecho de veto en el Consejo Europeo cuando se trata de cuestiones de inmigración y seguridad nacional. La cuestión de la admisión de refugiados definitivamente afecta a ambos, al menos a mi juicio lego.
Entonces, ¿por qué los países V4 no pudieron vetar la propuesta de suspender el sistema de Dublín en 2015? Hacerlo evitaría que se introdujera el sistema de cuotas en primer lugar, ya que todos los países de la UE solo serían responsables de los refugiados que entraron primero en su país.
Esta pregunta se responde sola: no podían vetarla porque no se requiere unanimidad. La política de asilo se decide por mayoría cualificada. Consulte la página de Vote Watch para ver el desglose de los votos.
La Decisión del Consejo (UE) 2015/1523 incluyó una excepción a las reglas de Dublín para que los solicitantes de asilo pudieran ser trasladados desde Grecia e Italia a otros estados miembros.
El TJUE rechazó una impugnación de la decisión por parte de Eslovaquia y Hungría . Esto incluía la afirmación de Polonia de que la decisión perjudicó su seguridad nacional (párrs. 306-308).
(Polonia votó a favor de la decisión, pero después de un cambio de gobierno se unió a Hungría en su desafío legal).
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