¿Hay algún otro país que pueda tener la capacidad o las credenciales para convertirse en miembro permanente del Consejo de Seguridad de la ONU?
Aparentemente no; al menos, requeriría la enmienda de la Carta de la ONU:
La edición actual del Artículo 23 de la Carta de la ONU dice:
- […] La República de China, Francia, la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América serán miembros permanentes del Consejo de Seguridad. La Asamblea General elegirá a otros diez Miembros de las Naciones Unidas para que sean miembros no permanentes del Consejo de Seguridad […]
Se ha sugerido varias veces la incorporación de nuevos miembros permanentes.
También hubo varias sugerencias con respecto al aumento del número de puestos no permanentes y también de miembros "semipermanentes" (aquellos cuyos derechos están en algún lugar entre permanentes y no permanentes).
Por el momento, aún no se han aceptado propuestas:
Cualquier reforma del Consejo de Seguridad requeriría el acuerdo de al menos dos tercios de los estados miembros de la ONU, y el de todos los miembros permanentes del CSNU que disfrutan del derecho de veto. — Wikipedia, Reforma del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Relajado
Burt