¿Una mujer casada tiene que cubrirse el cabello en base a un mandamiento bíblico o un decreto rabínico?
La guemara en Ketubot deriva el requisito de las leyes de la Sotah en bamidbar 5:18. Como se requiere que la mujer se DESCUBRA el cabello, debe haberlo cubierto.
La discusión es mucho más compleja, pero puedes leer sobre ella aquí .
Depende de a quién le preguntes y de cómo interpreten las fuentes.
La Mishná en Ketubot 72a lo enumera como Das Yehudit (que la guemara contrasta con DeOraysa):
מתני' ואלו יוצאות שלא בכתובה העוברת על דת משה ויהודית ואיזו היא דת משה מאכילתו שאינו מעושר ומשמשתו נדה ולא קוצה לה חלה ונודרת ואינה מקיימת ואיזוהי דת יהודית יוצאה וראשה פרוע וטווה בשוק ומדברת עם כל אדם אבא שאול אומר אף המקללת יולדיו בפניו רבי טרפון אומר אף Texto:
"Y estos salen [del matrimonio] sin su ketuba, aquellos que violan Dat Moshe y Dat Yehudit... ¿Y qué es [una violación de] Dat Yehudit? Ella sale con el cabello descubierto..."
Sin embargo, la guemara allí presenta otra fuente tanaítica que (según la interpretación de la guemara) la considera bíblica:
ראשر פרech דאור encantaתא aunqueículo דכתיב (במדבר íf, יח) igh
“Pero con su cabello descubierto es Bíblico, pues está escrito [Números 5:18] ‘Y él descubre la cabeza de la mujer’ y enseñaron en la academia de Rabí Yishmael: esta es una advertencia a las hijas de Israel para que no vayan fuera con el pelo descubierto".
Luego, la guemara lo armoniza al explicar que hay dos niveles de requisitos y cómo los diferentes niveles de cobertura, en diferentes lugares, satisfacen los diferentes niveles. Ver adentro.
Esa es la halajá normativa. (Aunque vea cómo varios Rishonim y Acharonim podrían interpretar esa guemara, tal vez moviéndola desde este punto fijo).
Lo que sigue es mi propio chiddush en el asunto. Señalaría que uno podría estar en desacuerdo con la guemara e interpretar esa "advertencia" en Tana deVei Rabbi Yishmael como algo más que un requisito bíblico.
Y que si uno mira en el Sifrei , surge un cuadro cercano pero no idéntico:
ופרע את ראש האשה: Otra explicación: Esto enseña con respecto a las hijas de Israel que se cubren el cabello. Y aunque esto no es una prueba del asunto, hay una referencia al asunto, en [II Shmuel 13]: 'Y Tamar puso cenizas en su cabello'"
Se podría argumentar que esto es evidencia de la verdadera intención del derasha, incluso como aparece en Tana deVei Rabbi Yishmael, que esto revela el Dat Yehudis, la práctica tznius de las mujeres incluso en ese entonces, en lugar de instituir un requisito bíblico.
seth j
david feigen
Mónica Celio