¿La existencia de un seguro afecta la Halajá al final de la vida?

Considere el siguiente caso:

Un bebé nace con defectos congénitos graves. Los médicos dicen que si no se hace nada para atenderlos, el bebé morirá en unos días. También dicen que hay una serie de operaciones que, de hacerse, tienen un 5% de posibilidades de otorgarle al bebé hasta dos meses de vida en cuidados intensivos. Las operaciones y los cuidados intensivos requieren personal y equipo altamente especializado, con un costo total estimado de $500,000.

  1. Asuma que no existe el seguro médico o la atención financiada por el estado. Si los padres deciden hacerse la operación, el hospital les facturará el costo total. ¿Están obligados los padres a elegir hacerse la operación?

  2. Suponga que los padres tienen un seguro médico que cubrirá el costo de la operación. ¿Están obligados los padres a elegir hacerse la operación?

  3. ¿Se requiere que una compañía de seguros médicos (suponiendo que tenga la intención de seguir la Halajá) tenga una póliza que pague la operación en este caso?

  4. Suponiendo que exista tal opción, ¿se requiere que los futuros padres tengan un seguro cuya póliza pagaría la operación en este caso?

Lo que más me interesa es saber si hay alguna diferencia entre las respuestas 1 y 2. En otras palabras, ¿nuestra implementación del requisito halájico de preservar la vida humana se ve afectada por la existencia de un seguro de salud?

Si no hay diferencia dado el caso tal como se presenta, pero habría una diferencia si se cambiaran los parámetros del caso (por ejemplo, $10 mil millones en lugar de $500 mil o años de vida en lugar de meses), siéntase libre de cambiar los parámetros.

Por supuesto, las personas que tienen que considerar estas cuestiones prácticamente deben consultar a su rabino.

Respuestas (2)

Una pregunta es si hay un elemento de elección en las decisiones al final de la vida. Si bien muchos no están de acuerdo, el rabino Herschel Schachter cita a Rambam diciendo que hay algunas situaciones en las que la halajá no tiene voz, todo depende del paciente (por ejemplo, tratamiento doloroso y agresivo versus cuidados paliativos en un paciente mayor con cáncer. Un paciente de veinte años). viejo no tiene derecho a decir "Prefiero morir que vivir el resto de mi vida con una prótesis"). Creo que, dentro de lo razonable, también se podría permitir que algún cálculo de costo influya en la decisión. Sin embargo, no sé cómo se aplica esto a las decisiones de los padres con respecto a un niño.

Como yo lo veo, tenemos el concepto de que salvar una vida anula casi cualquier mandamiento de la Torá; sin embargo, eso no significa necesariamente que uno deba gastar una suma de dinero en él. La obligación de salvar una vida es "no te quedes de brazos cruzados ante la sangre de tu hermano"; el Talmud pregunta, ¿no habría sido esto ya obvio por la obligación de devolver la vaca perdida de tu vecino (y por lo tanto ciertamente su vida?). Respuesta: para salvar a su vaca, solo necesita dedicar algo de tiempo y esfuerzo. Pero para salvar su vida, debes... ALQUILAR personas/equipos. (No solo "b'gufo", sino incluso "l'radya".) Si bien se debate, creo que llegamos a la conclusión de que la halajá es que el Talmud no dijo que debes GASTAR dinero (y cancelarlo, en el cual caso habríamos dicho "b'gufo y b'mamono"); solo lo presta temporalmente, y tratar de recuperarlo más tarde. Así que creo que se aplica la regla general, que uno está exento de una mitzvá de "sí, hazlo" si les costaría ~ 25% de sus activos.

En cuanto a lo que haría una compañía de seguros halájica aquí... no lo sé.

Pero leyendo con más detenimiento las particularidades de su caso: si estamos hablando de un caso en el que, hagamos lo que hagamos, el bebé no tiene más que unos pocos meses, entonces se trata de tomar medidas heroicas (posiblemente "violentas"). solo para retrasar la muerte, en lugar de extender la vida. La halajá es si alguien está en su lecho de muerte pero no puede ir porque hay demasiado ruido afuera, le decimos al ruido afuera que se calme, no tiene sentido causarle una agonía adicional. Nutrición, hidratación, alivio del dolor, los que siempre brindamos. Pero más allá de eso, nada de heroicidad. Como dijo el Dr. Fred Rosner, en tal caso, el médico ya no tiene su licencia Divina para curar.

Si te leí bien, estás respondiendo No y Sí a mis dos primeras preguntas, ya que en la 1 tendrían que gastar más de lo que tienen y en la 2 no tendrían que gastar nada de su propio dinero. ?
Leí su caso con más cuidado: si el bebé no tiene posibilidades de sobrevivir más de unos pocos meses, no creo que nadie esté obligado. Si hay una pequeña posibilidad de éxito a largo plazo, pero eso debe sopesarse frente a la posibilidad de un gran dolor, podría ser la elección de los padres (suponiendo que podamos aplicar lo que escuché de RHS). Solo en el caso de que "cualquier persona razonable" pensara que vale la pena correr el riesgo de la cirugía (dejando de lado los costos), la respuesta sería 1 no 2 sí.
Entonces, incluso en el caso de "cualquier persona razonable", por ejemplo, 75% de posibilidades de pasar a una infancia normal, ¿los padres no están obligados a asumir una deuda importante para salvar a su hijo?
No creo que estés obligado a asumir una gran deuda para salvar la vida de un extraño; ¿Hay un requisito específico diferente para los hijos de uno? Hay una obligación de alimentarlos y cuidarlos en general, pero más allá de eso, realmente no lo sé. (No creo que sea necesario dar un mandamiento, es solo la naturaleza humana, como dijo el Chasam Sofer con respecto a las mujeres y la mitzva de tener hijos). Hm. Esta es una pregunta para alguien más informado. Sé que R' Moshe analiza cuánto se debe (o se debe) pagar por el tratamiento de un cónyuge enfermo.

En este tipo de situaciones no veo por qué debería haber alguna diferencia si hay seguro o no. Creo que los padres tendrían que intentar hacer todo lo que esté a su alcance para salvar al niño. Tal vez 2 meses se conviertan en muchos años, como ha sucedido en muchos casos.

¿Qué pasa si la probabilidad de éxito prevista es 1/200 en lugar de 1/20? ¿Existe un nivel de tal probabilidad en el que se levante la obligación? Si es así, ¿ese nivel se ve afectado por el seguro de presencia?
Tendemos a hablar (y por lo tanto escuchar) sobre las historias de milagros 1/1000 donde hubo una recuperación. No escuchamos sobre las historias 999/1000 donde no hubo nada más que angustia.