¿El campo a través para la habilitación de instrumentos tiene requisitos de distancia entre piernas?

Ya tengo mi habilitación comercial así que no necesito hacer tanto XC.

IR-¿Es este requisito de 250nm para la distancia total del vuelo?

Segundo. 61.65

Requisitos de habilitación de instrumentos.

(d) Experiencia aeronáutica para la habilitación de avión por instrumentos. Una persona que solicita una habilitación de avión por instrumentos debe haber registrado:

(ii) Entrenamiento de vuelo por instrumentos en procedimientos de vuelo de travesía, incluyendo un vuelo de travesía en un avión con un instructor autorizado, que se realiza bajo las reglas de vuelo por instrumentos, cuando se ha presentado un plan de vuelo con una instalación de control de tránsito aéreo, y que involucra --

(A) Un vuelo de 250 millas náuticas a lo largo de vías aéreas o por rutas dirigidas desde una instalación de control de tránsito aéreo;

(B) Una aproximación por instrumentos en cada aeropuerto; y

(C) Tres tipos diferentes de aproximaciones con el uso de sistemas de navegación.

Respuestas (1)

El 250NM es para la distancia total de vuelo. Sin embargo, también debe ser lo suficientemente largo para encajar en la definición de un vuelo de travesía con fines de entrenamiento de vuelo , en otras palabras, necesitará volar más de 50 millas náuticas desde su aeropuerto de origen.

(ii) Con el propósito de cumplir con los requisitos de experiencia aeronáutica (excepto para una habilitación de categoría de giroavión), para una licencia de piloto privado (excepto para una habilitación de categoría de paracaídas motorizado), una licencia de piloto comercial o una habilitación de instrumento , o para el propósito de ejercer privilegios de piloto recreativo (excepto en un giroavión) bajo § 61.101 (c), tiempo adquirido durante un vuelo -

(B) Eso incluye un punto de aterrizaje que estaba al menos a una distancia en línea recta de más de 50 millas náuticas desde el punto de partida original