¿Conocemos a algún deudor romano que haya sido cortado en pedazos de acuerdo con las 12 Tablas?

Las Doce Tablas dicen:

  1. ... Mientras tanto, tendrán derecho a transigir, y a menos que hagan un compromiso, los deudores serán retenidos en bonos durante sesenta días. Durante estos días serán llevados ante el pretor al lugar de reunión en tres días de mercado sucesivos, y se declarará públicamente la cantidad de la que han sido juzgados responsables. Además, en el tercer día de mercado serán castigados con la pena capital o ser entregado para la venta en el extranjero al otro lado del río Tíber.

  2. El tercer día de mercado los acreedores cortarán acciones. Si hubieren recortado más o menos de sus acciones, será sin perjuicio.

¿Sabemos de alguien cómo fue cortado en pedazos por sus acreedores, o siempre prefirieron la entrega para la venta en el extranjero al otro lado del río Tíber ?

Yo también me he preguntado si esto fue, literalmente, llevado a cabo.

Respuestas (1)

De una transcripción en constitution.org , incluidas las notas al pie, tenemos lo que parece ser un texto más completo de esta cláusula (Tableta III, ley X)

Ley X - Cuando una parte fuere entregada a varias personas, a causa de una deuda, después de haber sido expuesta en el Foro en tres días hábiles, se les permitirá dividir a su deudor en partes diferentes, si así lo desean. ; y si alguno de ellos obtuviere por la división más o menos de lo que le corresponde, no será responsable

Siendo la nota al pie de esta ley:

Si bien algunos juristas han rechazado una interpretación estricta de las disposiciones de esta ley, no cabe duda de que sus características abominables, mucho peores que las de la famosa afirmación de Shylock, eran susceptibles de interpretación literal, y que la partición de la el cuerpo del desafortunado deudor dependía enteramente de la inclinación de sus acreedores a quienes había sido adjudicado. La declaración de Aulo Gelio relativa a un hecho evidentemente bien conocido por sus compatriotas parecería ser concluyente sobre este punto. "Nam, si plures forent, quibus reus esset judicatur, secare si vellent, atque partiri corpus addicti sibi hominis permiserunt". (Aul. Gell. Nodos Atticae. I. XX. 1.)

Fabius, aludiendo a la misma ley, dice que el sentimiento público se opuso a su aplicación. "Quam legem mos publicus repudiavit". En vista de la eminente autoridad de estos escritores romanos y del claro significado del texto, la opinión sostenida por algunos comentaristas respetables de que la palabra "secare", "dividir", simplemente se refiere a la distribución de la propiedad del deudor, es difícilmente defendible, ya que debe haber sido ya ejecutado y dividido, antes de que su persona fuera entregada para satisfacer el resentimiento de sus acreedores defraudados.

Se podría imaginar que si hubo casos notables de esta ley promulgada y documentada por comentaristas clásicos, se habría mencionado aquí. Supongo, por lo tanto, que probablemente no haya ningún caso documentado de deudores despedazados.

La fuente (como se usa en el sitio web de la Constitución) del texto citado parece ser:
The Civil Law , tr. y ed. Samuel Parsons Scott (1932) : incluye los clásicos del derecho romano antiguo: la Ley de las Doce Tablas (450 a. C.), las Instituciones de Gayo (180), las Reglas de Ulpiano (222), las Opiniones de Paulus (224), el Corpus Juris Civilis de Justiniano (533), que codificó el Derecho Romano, y las Constituciones de León.

Uno podría imaginar que exigir que se lleve a cabo una interpretación literal de esta sanción haría extremadamente difícil cobrar más del saldo adeudado. ...o supongo que uno podría ir a ver una producción de Merchant of Venice y no tener que imaginarlo.
De ahí viene el dicho “Tomando tu libra de carne”...
Entonces, ¿cuál es la traducción de los bits latinos?
@zibadawatimmy: creo que la última frase de la oración anterior es una paráfrasis de ese latín. Confía en mí; Saqué una D- en latín. :-)