Un reciente comunicado de prensa de la campaña de Donald Trump, el principal contendiente para convertirse en el candidato del Partido Republicano a la presidencia de EE. UU., llamó recientemente a prohibir la entrada de musulmanes a los Estados Unidos:
“Donald J. Trump está pidiendo un cierre total y completo de los musulmanes que ingresan a los Estados Unidos hasta que los representantes de nuestro país puedan descubrir qué está pasando”.
El secretario de prensa de la Casa Blanca, Josh Earnest, respondió a esto durante una rueda de prensa oficial de la Casa Blanca:
"La campaña de Trump, desde hace meses, ha tenido un basurero de calidad histórica, desde los eslóganes vacíos hasta las mentiras descaradas e incluso el cabello falso: toda la rutina de los ladradores de carnaval [...] Es moralmente reprobable, va en contra de la Constitución y tiene consecuencias para nuestra seguridad nacional […] El hecho es que lo que dijo ayer Donald Trump lo inhabilita para ejercer como presidente”
¿Es correcta la declaración de Josh Earnest de que negar la entrada a los Estados Unidos basándose únicamente en la religión sería contraria a la constitución?
¿Y a Josh Earnest, en su función como representante de la Casa Blanca, se le permite criticar de esa manera a los candidatos nominados del partido?
La premisa de su pregunta era defectuosa antes de la edición; la Constitución protege los derechos de todas las personas dentro de la jurisdicción de estos Estados Unidos contra la infracción por parte de los gobiernos federal, estatal y local. No existe un requisito previo de que un individuo sea ciudadano para que se protejan sus derechos, aunque puede haber algunos obstáculos más por los que deben pasar para ejercer esos derechos. Sí, hay ciertos derechos que están restringidos a los ciudadanos, como votar.
La mayoría de las determinaciones 'inconstitucionales' sobre las declaraciones de Trump se basan en una expansión obtusa de sus declaraciones más allá de lo que dijo. Al hacer referencia a las acciones tomadas por FDR para limitar la inmigración de alemanes, italianos y japoneses, se abrió a una conexión con el internamiento japonés. Más allá de eso, existen tratados actuales y otros acuerdos asociados entre estos EE. UU. y otras naciones con respecto a las políticas de inmigración. Se necesitaría una ley del Congreso, ajustando la legislación, para modificar quién puede ingresar a estos Estados Unidos.
En el 'derecho a descalificar', no pueden. Solo están poniendo en duda su carácter dando sus declaraciones perjudiciales. Sin embargo, la administración, a través de Josh Earnest, es libre de desacreditar o juzgar públicamente las declaraciones de Trump. Existe una preocupación legítima de que su deseo expreso de mantener alejados a todos los musulmanes pueda usarse como un dispositivo de propaganda o reclutamiento. Sin embargo, el defecto de esa preocupación es que ya existe una intención declarada de matarnos; esconderse de esa realidad solo deja a estos Estados Unidos sin preparación para proporcionar una defensa.
Una nueva respuesta ya que esta pregunta ha cobrado renovada importancia.
Aquí hay un concepto erróneo. Prohibir a toda una comunidad no es inconstitucional. La Constitución solo se aplica a los ciudadanos estadounidenses y a los no ciudadanos después de haber pasado el punto de control de inmigración. Ciertamente, uno puede estar en desacuerdo sobre si esto es justo y si debe hacerse de esta manera, pero así es como es, afirmado por muchas decisiones de la Corte Suprema.
De hecho, EE. UU. tenía leyes que prohibían a personas de ciertos países en el pasado, y la Corte Suprema las confirmó. Me viene a la mente la Ley de Exclusión China, que estuvo en vigor desde 1884 hasta 1921. También el sistema de cuotas posterior a 1921 que favorecía en gran medida a los inmigrantes europeos.
Sin embargo, hoy en día, prohibir una comunidad en función del país de origen es una violación de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1965. 8 Código de EE. UU. § 1152 (a)(1)(A) lo explica en detalle (énfasis mío):
Salvo que se disponga específicamente en el párrafo (2) y en las secciones 1101(a)(27), 1151(b)(2)(A)(i) y 1153 de este título, ninguna persona recibirá preferencia o prioridad ni será discriminado en la emisión de una visa de inmigrante debido a la raza , sexo, nacionalidad , lugar de nacimiento o lugar de residencia de la persona .
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