Si mi avión no tiene un transpondedor y ATC me dice que emita algún código de transpondedor, ¿cómo debo responder? ¿Es tan simple como "No tengo un transpondedor"?
Esto es para los Estados Unidos y para un avión sin sistema eléctrico, y obviamente en un campo con torres donde estaría comunicándome con ATC usando una radio portátil. No habrá planes de vuelo involucrados y, por lo general, volaré fuera de un campo de clase B pero dentro de un paraguas de clase B. Los vuelos serán VFR/solo durante el día.
EDITAR: Parece que abrí una lata de gusanos, aquí. No sabía que sería tan complicado. Acabo de encontrar esto, también, que agrega más información. Gracias por el animado debate y las buenas sugerencias.
https://www.aopa.org/training-and-safety/pic-archive/equipment/transponder-requirements
Parece que cada vez es más difícil escapar del control del gobierno. Creo que tendré que conseguir un transpondedor. Mmm.
De la AOPA :
Volar hacia un velo en modo C sin transpondedor
Para volar hacia un velo de Modo C sin un transpondedor operativo, el piloto debe llamar por teléfono a la instalación de radar adecuada para el espacio aéreo de Clase B y solicitar permiso para realizar el vuelo. Al aceptar las condiciones (incluida la dirección de vuelo y la altitud), el piloto recibirá un número de código que le mencionará al controlador en el contacto inicial por radio. Este es el mismo procedimiento que usaría un piloto con un transpondedor/codificador inoperativo para volar dentro o fuera de los aeropuertos con velo en Modo C para reparar la aviónica.
La situación puede ser ligeramente diferente si el piloto está aterrizando en un aeropuerto satélite de Clase D (controlado por torres) dentro del velo pero fuera del espacio aéreo de Clase B. La instalación de radar de control todavía da la aprobación por teléfono. La instalación de radar aún puede emitir el número de código, pero solo puede requerir que el piloto se comunique con la torre en el espacio aéreo de Clase D.
NOTA: No debe esperar aprobaciones en los aeropuertos de Clase B más concurridos durante sus horas pico o bajo condiciones climáticas difíciles, pero si este procedimiento telefónico puede expandir la utilización de su aeronave ocasionalmente, entonces llame por teléfono para averiguar si puede " encajar en" el sistema.
Ninguna de las respuestas ha abordado realmente la pregunta del título, sino que (justificadamente) se ha centrado en el problema de que planea volar dentro del velo de Modo-C alrededor de un aeropuerto de Clase B sin un transpondedor.
Entonces, para responder a la pregunta, ignorando la cuestión de si usted personalmente necesita un transpondedor para su situación... use la fraseología TRANSPONDEDOR NEGATIVO , así:
Aproximación Podunk, Skychicken 321AB, solicitud VFR, transpondedor negativo. Tres cero millas al este de Podunk VOR, rumbo tres tres cero.
Los controladores pueden proporcionar servicios de radar solo a objetivos primarios durante el tiempo que lo permita la capacidad de vigilancia. Obviamente, los controladores no pueden usar métodos de radar secundario (baliza) para identificar positivamente su objetivo, por lo que deben usar uno de los tres métodos de radar primario prescritos en 7110.65 5–3–2 :
- El objetivo aparece en el visor dentro de 1 milla del extremo de salida de la pista, y el controlador de torre le dijo al controlador de radar que la aeronave estaba rodando.
- El piloto informa tanto su posición actual en relación con un punto fijo (VOR, intersección, aeropuerto, etc.) que se muestra en el visor del controlador, Y su rumbo o ruta de vuelo; y se observa un solo objetivo que corresponde a ese informe.
- El piloto informa su posición de manera que el controlador esté satisfecho de que la aeronave está dentro de la cobertura del radar y debe ser visible en el visor; el controlador emite un giro identificativo de 30º o más; y se observa un solo objetivo haciendo los giros.
Convenientemente, los métodos se presentan en orden de cuán rápidos y fáciles son para que el controlador los implemente.
Primero asumo que esto es para vuelos VFR y asumo que esto es para seguimiento de vuelos. En EE. UU., si vuela en espacio aéreo Clase G o Clase E por debajo de los 10 000 pies, no es necesario que tenga un transpondedor. En este caso, le diría a ATC que no tiene un transpondedor, pero si ese fuera el caso, dudaría que el controlador quisiera seguir el vuelo, ya que no tendrán su información de altitud. No es necesario que se comunique con ATC si vuela VFR en espacio aéreo Clase G y Clase E.
Una excepción a la regla del transpondedor es si está volando un avión que fue certificado sin un sistema eléctrico. Estos suelen ser aviones antiguos muy antiguos y, literalmente, no tienen sistema eléctrico ni radio. De ser así tendrás que coordinar previamente con ATC y las torres de control del aeropuerto de salida y llegada para avisarles que no tienes transpondedor ni radio. La torre puede usar señales de pistolas de luz para hacerle saber que tiene autorización para aterrizar.
Si recoge un transpondedor para su avión, asegúrese de instalar un transpondedor de salida ADS-B, ya que estos transpondedores serán necesarios a partir del 1 de enero de 2020.
@birdus 14 CFR 91.225 :
(d) Después del 1 de enero de 2020, y a menos que ATC autorice lo contrario, ninguna persona podrá operar una aeronave en el siguiente espacio aéreo a menos que la aeronave tenga equipo instalado que cumpla con los requisitos del párrafo (b) de esta sección:
(1) Áreas de espacio aéreo Clase B y Clase C;
(2) Salvo lo dispuesto en el párrafo (e) de esta sección, dentro de las 30 millas náuticas de un aeropuerto enumerado en el apéndice D, sección 1 de esta parte desde la superficie hacia arriba hasta 10,000 pies MSL;
(3) Por encima del techo y dentro de los límites laterales de un área de espacio aéreo Clase B o Clase C designada para un aeropuerto hasta 10,000 pies MSL;
(4) Salvo lo dispuesto en el párrafo (e) de esta sección, el espacio aéreo Clase E dentro de los 48 estados contiguos y el Distrito de Columbia a 10,000 pies MSL o más, excluyendo el espacio aéreo a 2,500 pies o menos sobre la superficie; y
(5) Espacio aéreo Clase E a 3000 pies MSL o más sobre el Golfo de México desde la costa de los Estados Unidos hasta 12 millas náuticas.
(e) Los requisitos del párrafo (b) de esta sección no se aplican a ninguna aeronave que no haya sido certificada originalmente con un sistema eléctrico, o que no haya sido certificada posteriormente con dicho sistema instalado, incluidos globos y planeadores. Estas aeronaves podrán realizar operaciones sin ADS-B Out en el espacio aéreo especificado en los párrafos (d)(2) y (d)(4) de esta sección. Las operaciones autorizadas por esta sección deben realizarse:
(1) Fuera de cualquier área de espacio aéreo Clase B o Clase C; y
(2) Por debajo de la altitud del techo de un área de espacio aéreo Clase B o Clase C designada para un aeropuerto, o 10,000 pies MSL, lo que sea menor.
Ron Beyer
Pondlife