Vivo en Colorado.
No, no existe un procedimiento para destituir a un miembro del Congreso de los Estados Unidos.
Si bien la respuesta de GµårÐïåñ apunta a los estados que tienen procedimientos para destituir a funcionarios legislativos estatales y otros funcionarios estatales y locales, no existe ningún procedimiento a nivel estatal para destituir a funcionarios legislativos federales como un senador o congresista de EE. UU.
El Servicio de Investigación del Congreso en su documento técnico Destitución de legisladores y destitución de miembros del Congreso de sus cargos detalla por qué esto es cierto, la historia de la destitución en los EE. UU., pero el breve resumen cubre su pregunta específica.
En cuanto a la destitución por destitución, la Constitución de los Estados Unidos no prevé ni autoriza la destitución de funcionarios de los Estados Unidos, como senadores , representantes o el presidente o vicepresidente, y por lo tanto, ningún miembro del Congreso ha sido destituido en la historia de la Estados Unidos. […] Si bien la Corte Suprema no ha necesitado abordar directamente el tema de la revocatoria de los miembros del Congreso, otras decisiones de la Corte Suprema, así como el peso de otras decisiones, fallos y opiniones judiciales y administrativas, indican que
(1) el derecho de destituir a un miembro del Congreso antes de la expiración de su mandato constitucionalmente establecido es uno que reside exclusivamente en cada cámara del Congreso como se delega expresamente en la cláusula de expulsión de la Constitución de los Estados Unidos, y
(2) la duración y el número de los mandatos de los funcionarios federales, establecidos y acordados por los estados en la Constitución que crea ese gobierno federal, no pueden ser modificados unilateralmente por un estado individual , como mediante la promulgación de una disposición de destitución o una limitación de mandato para un Senador o Representante de los Estados Unidos.
Según la interpretación constitucional de la Corte Suprema, dado que los estados individuales nunca tuvieron la autoridad soberana original para cambiar unilateralmente los términos y condiciones de servicio de los funcionarios federales acordados y establecidos en la Constitución, tal poder no podría ser “reservado” bajo la Décima Enmienda .
GµårÐïåñ
GµårÐïåñ
usuario1873