¿Una aeronave convertida requiere recertificación? ¿Rompes los derechos del fabricante?

Aquí hay un video muy interesante que muestra cómo un Airbus A330 se convierte de un avión de pasajeros a un avión de carga. Se hicieron muchos cambios o modificaciones al avión para adaptarse al nuevo requisito como avión de carga, incluida la eliminación de los asientos de los pasajeros, el fortalecimiento de los pisos, el cambio de las ventanas y las puertas, y muchos más.

Entonces, lo que quiero saber es:

  1. ¿Es tal que los cambios requieren recertificación?
  2. ¿Esa conversión no viola el derecho del fabricante que establece que solo el fabricante puede hacer reparaciones, modificaciones, etc.?
En cuanto a 2. si el cliente no ha comprado el avión con un plan de mantenimiento específico, el fabricante prácticamente no tiene nada que decir sobre lo que el propietario quiera hacer con el avión. La habilitación de tipo del fabricante para el avión, por supuesto, se anulará si se le hace algo importante.
#2 es un desastre gramatical. ¿Cuál es la pregunta real? ¿Está diciendo que el fabricante SÍ tiene derechos exclusivos para realizar reparaciones y modificaciones, o pregunta si los tiene o no? (Porque si lo hacen, tal mod obviamente violaría esta cláusula, y si no lo hacen, no lo haría...)

Respuestas (2)

En este punto del video dice que la verificación de todas las modificaciones hechas a un avión sería verificada por un tercero independiente.

De manera similar, en este sitio web de Stirling Dynamics , pude encontrar:

Cualquier cambio a la aeronave original requiere un análisis detallado de los cambios propuestos y la presentación de evidencia de diseño a las autoridades de certificación correspondientes para la autorización de aeronavegabilidad. La base de certificación para este programa ha sido acordada con la FAA bajo un Certificado de Tipo Suplementario (STC) y también será validada por la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) y la Administración de Aviación Civil de China (CAAC).

Entonces, A330 y A321, y está claro que la modificación del A321 requiere la recertificación de FAA, EASA, CAAC. Se dice bajo la Certificación de Tipo Suplementario (STC). Entonces, creo que la modificación/conversión del A330 es el mismo requisito con el A321, requiere la recertificación de al menos esas tres agencias. Entonces, puedo aceptar su respuesta como respuesta a mi pregunta.
@AirCraftLover Tenga en cuenta que un STC no es una recertificación completa. Es (como sugiere el nombre) solo un complemento de la certificación existente.

Por lo general , no será necesario volver a certificar la aeronave ; sin embargo, es probable que la aeronave necesite un peso y balance actualizados .

Las aeronaves tienen sus números oficiales de peso y balance medidos tal como están configurados actualmente. Si se extrae el interior de un fuselaje y se le hace algo de refuerzo, necesitará un nuevo peso y equilibrio. Esto es cierto para todos los aviones, desde sacar los asientos traseros de mi Cherokee hasta desmontar un 747 para trabajos de carga.

En cuanto a la modificación, la extracción de interiores generalmente no requiere que el fabricante se involucre, muchas instalaciones de servicio/reparación son capaces de realizar este trabajo. Incluso hay puertas de terceros que se pueden usar para la modificación que cuentan con certificaciones completas (STC) .

Algunos equipos de carga también pueden cambiar la forma en que se vuela el avión...

El comentario de @jcbge a continuación con respecto al A321 es casi el mismo caso, por lo que creo que está claro que requieren una recertificación.
@AirCraft Lover, creo que puede estar mezclando los términos "inspección" con "recertificación". Los tipos de modificaciones que describe generalmente no se realizan sin aprobación, sino que la configuración está aprobada previamente o certificada por una autoridad. Una vez que el trabajo esté completo, debe inspeccionarse para asegurarse de que cumpla con el TC o STC. No necesariamente llamaría "recertificación" al proceso de inspección, pero he oído que se usa de esta manera. (También he visto "conformidad" y "conformidad" cuando la acción real realizada es una inspección...) No digo que esté equivocado, solo aclara FWIW.
@MichaelHall, según el enlace proporcionado por jcbge arriba, se menciona que "Cualquier cambio en la aeronave original requiere un análisis detallado de los cambios propuestos y la presentación de evidencia de diseño a las autoridades de certificación correspondientes para la autorización de aeronavegabilidad". Por lo tanto, se requiere recertificación. Por supuesto, diferente nivel, solo recertifica esos cambios.
@AirCraft Lover, sí, acepto que un cambio de configuración (por primera vez) requiere certificación y un certificado de tipo complementario. Mi punto es que las conversiones posteriores a un STC ya aprobado solo deben inspeccionarse para garantizar que cumplan con las especificaciones. Y que algunas personas pueden referirse a esto como "recertificación", pero en realidad se describe con mayor precisión como una inspección de conformidad.