En muchos matrimonios en los tiempos modernos, una pareja firmará un acuerdo prenupcial que describe lo que debería suceder si ellos (jas v'shalom) se divorcian. Entre las cosas que comúnmente se pactan en un acuerdo prematrimonial está lo que debe ocurrir con los hijos en tal caso.
Si no hay acuerdo prenupcial, y se está litigando un divorcio en un tribunal secular, el juez usa algún método para determinar quién debe obtener la custodia de los niños (no sé cuál es ese método. No creo que sea importante para esta pregunta). ¿Hay algún tipo de método que seguiría un beit din en una situación similar para determinar cómo se debe asignar la custodia de los niños en un divorcio judío?
Interés superior del niño. La regla general (en igualdad de condiciones) para definirlo es: seis años o menos, con mamá. Siete años en adelante: niños con papá, niñas con mamá.
Pero hay casos en los que el interés superior del niño significará todo con la mamá; todo con papá; o incluso ninguno de los padres y cuidado de crianza.
(Como lo escuchó el rabino Hershel Schachter en yutorah.org)
msh210
Shalom
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LN6595