Me convertí en residente permanente de los Estados Unidos a mediados de junio de este año (2012). Antes de eso, tenía una visa de estudiante F1. Fui no residente a efectos fiscales durante todo el año 2011.
Tengo una cuenta en mi país de origen de más de $10,000. La fecha límite para la presentación del FBAR (Informe de Cuentas Bancarias y Financieras del Extranjero) es el 30 de junio, y se mantiene para el año anterior. (Entonces, si hubiera presentado el FBAR el 30 de junio de 2012, habría sido para 2011). No había presentado el FBAR el 30 de junio de 2012 porque no era una "persona estadounidense" en 2011. ¿Estaba en lo correcto para no archivarlo? Recientemente he echado un vistazo a los penaltis, y dan mucho miedo.
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Si usted era residente a efectos fiscales antes de obtener la tarjeta verde (estar en H1 o L1, por ejemplo, lo convierte en "persona estadounidense" a efectos fiscales), también debería haber estado informando entonces.
La definición de "Persona Estadounidense" a los efectos de FBAR proviene de 26 USC § 7701 (es decir, la sección de definiciones del código fiscal de EE. UU.).
Diría que lo archive si tiene dudas. Las penas son, en efecto, muy elevadas.
CQM
Kathy