Solo para explicar, soy un ciudadano del Reino Unido que vive en el Reino Unido y me mudaré a los EE. UU. con una visa de prometido, que eventualmente se convertirá en residencia permanente una vez que me case. Mi pregunta es en qué momento seré responsable de los impuestos y hasta dónde llegarán. Digamos que obtengo la residencia permanente en agosto de 2018, ¿es entonces cuando comienza mi obligación tributaria? ¿O tengo que volver hasta enero de 2018, aunque no estaba en los estados pero era residente fiscal en otro país?
¡Gracias por cualquier idea sobre esto!
Preguntémosle al IRS :
Residencia extranjera - Prueba de tarjeta verde
Usted es residente, a los fines de los impuestos federales de EE. UU., si es residente permanente legal de los Estados Unidos en cualquier momento durante el año calendario. Esto se conoce como la prueba de la "tarjeta verde".
Usted es Residente Permanente Legal de los Estados Unidos, en cualquier momento, si se le ha otorgado el privilegio, de acuerdo con las leyes de inmigración, de residir permanentemente en los Estados Unidos como inmigrante. Por lo general, tiene este estado si el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS, por sus siglas en inglés) le emitió una tarjeta de registro de extranjero, el Formulario I-551, también conocido como "tarjeta verde".
Si cumple con la prueba de la tarjeta verde en cualquier momento durante el año calendario, pero no cumple con la prueba de presencia sustancial para ese año, la fecha de inicio de su residencia es el primer día en el que está presente en los Estados Unidos como residente permanente legal.
Entonces, ¿qué es la prueba de presencia sustancial? El IRS dice :
Prueba de presencia sustancial
Se le considerará residente de los Estados Unidos a efectos fiscales si cumple con la prueba de presencia sustancial para el año calendario. Para cumplir con esta prueba, debe estar físicamente presente en los Estados Unidos (EE. UU.) en al menos:
- 31 días durante el año en curso, y
- 183 días durante el período de 3 años que comprende el año en curso y los 2 años inmediatamente anteriores, contando:
- Todos los días que estuviste presente en el año en curso, y
- 1/3 de los días que estuvo presente en el primer año antes del año en curso, y
- 1/6 de los días que estuvo presente en el segundo año anterior al año en curso.
Si llega el 1 de agosto de 2018, se casa al día siguiente y solicita el Ajuste de estatus al día siguiente, todavía tomará " hasta 120 días " (alerta de spoiler, toma 120 días) para obtener su Tarjeta Verde. No habrá cumplido con el requisito de 183 días en los últimos 3 años (a menos que lo haya hecho en visitas anteriores, no exentas, vea a continuación ). Por lo tanto, su residencia imponible comenzará el día en que reciba su estado de tarjeta verde (no se retrotrae al 1 de enero de 2018).
Nota al margen, si ingresó con una visa K, entonces no puede trabajar legalmente mientras espera que llegue su Tarjeta Verde. Esto es estúpido, apesta, también resulta ser la ley. Por lo tanto, no tendrá ningún ingreso en los EE. UU. durante todo el tiempo que esté presente en los EE. UU. hasta su matrimonio y hasta 3 meses después. De todos modos, estoy divagando.
Creo que es poco probable que tenga una tarjeta verde en la mano e ingresos estadounidenses antes de fin de año y, por lo tanto, es poco probable que tenga que pagar impuestos federales estadounidenses para 2018. Sin embargo, si ha gastado mucho tiempo que viajó a los EE. UU. en años anteriores por cualquier motivo que no esté exento , consulte a continuación , entonces aún podría terminar cumpliendo con la prueba de presencia sustancial aunque no haya tenido su tarjeta verde antes de que finalice el año. Si eso sucede, tendrá que pagar impuestos estadounidenses sobre sus ingresos mundiales durante todo el año fiscal.
Si tiene que pagar impuestos, tenga en cuenta que los EE. UU. y el Reino Unido tienen tratados de doble imposición , por lo que probablemente no tendrá que pagar impuestos sobre la parte de sus ingresos que ya fueron gravados por HMRC, o si los tiene, solo tiene que pagar la diferencia entre lo que realmente le gravaron y cuál habría sido su tasa de impuesto sobre la renta de EE. UU. sobre la misma cantidad de ingresos. Sin embargo, hay suficiente material allí para una pregunta completamente diferente, por lo que no entraré en detalles aquí.
Luego de una revisión adicional, hay un artículo completo dedicado a su pregunta específica en el sitio web del IRS. Hay muchas reglas diferentes dependiendo de varias situaciones específicas, así que en lugar de pegar todo o extraer un extracto de una sección en particular, recomiendo leer todo .
Individuo Exento
No cuente los días por los cuales usted es un individuo exento. El término "individuo exento" no se refiere a alguien exento de impuestos de EE. UU., sino a cualquier persona en las siguientes categorías:
- Una persona presente temporalmente en los EE. UU. como persona relacionada con un gobierno extranjero con una visa "A" o "G", que no sean personas que tengan visas de clase "A-3" o "G-5".
- Un maestro o aprendiz presente temporalmente en los EE. UU. con una visa "J" o "Q", que cumple sustancialmente con los requisitos de la visa.
- Un estudiante presente temporalmente en los EE. UU. bajo una visa "F", "J", "M" o "Q", que cumple sustancialmente con los requisitos de la visa.
- Un atleta profesional temporalmente en los EE. UU. para competir en un evento deportivo benéfico.
Según el IRS:
Se le considerará residente de los Estados Unidos a efectos fiscales si cumple con la prueba de presencia sustancial para el año calendario. Para cumplir con esta prueba, debe estar físicamente presente en los Estados Unidos (EE. UU.) en al menos:
- 31 días durante el año en curso, y
- 183 días durante el período de 3 años que comprende el año en curso y los 2 años inmediatamente anteriores, contando:
- Todos los días que estuviste presente en el año en curso, y
- 1/3 de los días que estuvo presente en el primer año antes del año en curso, y
- 1/6 de los días que estuvo presente en el segundo año anterior al año en curso.
Tenga en cuenta que hay algunas excepciones:
No cuente los días por los cuales usted es un individuo exento. El término "individuo exento" no se refiere a alguien exento de impuestos de EE. UU., sino a cualquier persona en las siguientes categorías:
- Una persona presente temporalmente en los EE. UU. como persona relacionada con un gobierno extranjero con una visa "A" o "G", que no sean personas que tengan visas de clase "A-3" o "G-5".
- Un maestro o aprendiz presente temporalmente en los EE. UU. con una visa "J" o "Q", que cumple sustancialmente con los requisitos de la visa.
- Un estudiante presente temporalmente en los EE. UU. bajo una visa "F", "J", "M" o "Q", que cumple sustancialmente con los requisitos de la visa.
- Un atleta profesional temporalmente en los EE. UU. para competir en un evento deportivo benéfico.
usuario102008
void_ptr
Aganju