¿Qué debe hacer ATC, luego de un avistamiento láser informado por un avión?

Suponiendo que un piloto informa al ATC que le han apuntado con un rayo láser, ¿qué acción debe tomar?

¿Se le permite al piloto realizar acciones evasivas?

¿Pueden otros aviones solicitar autorización para evitar el área?

Respuestas (1)

Esto es lo que las regulaciones dicen que debe hacer ATC:

  1. Transmitir en todas las frecuencias apropiadas una advertencia de precaución general cada 5 minutos durante los 20 minutos posteriores al último informe;

  2. Incluir información sobre la transmisión ATIS durante una hora después del último informe;

  3. Reporte el incidente a través de la Red de Eventos Nacionales (DEN), o a su instalación TRACON o ARTCC suprayacente.

En cuanto a los pilotos, los láseres se consideran una emergencia, por lo que se les permite realizar acciones evasivas.

También se permite que otras aeronaves soliciten autorización para evitar el área.


Aquí están las órdenes relevantes de la FAA:

FAAO JO 7110.65 :

10-2-14. ILUMINACIÓN LÁSER NO AUTORIZADA DE AERONAVE

una. Cuando se informa un evento de láser a una instalación de tránsito aéreo, transmita en todas las frecuencias apropiadas una advertencia de precaución general cada cinco minutos durante los 20 minutos posteriores al último informe.

FRASEOLOGÍA : EVENTO DE ILUMINACIÓN LÁSER NO AUTORIZADO, (ubicación), (altitud).

b. Las instalaciones de la terminal deben incluir eventos de iluminación láser no autorizados informados en la transmisión ATIS durante una hora después del último informe. Incluya la hora, la ubicación, la altitud, el color y la dirección del láser según lo informado por el piloto.

NOTA- Todo el personal puede esperar que las tripulaciones aéreas consideren los láseres como una emergencia en vuelo y pueden tomar medidas evasivas para evitar la iluminación láser. Además, otras aeronaves pueden solicitar autorización para evitar el área.

FAAO JO 7210.3 :

2-1-27. REPORTE DE ILUMINACIÓN LÁSER NO AUTORIZADA DE AERONAVE

Todas las instalaciones de Control de Tránsito Aéreo de la FAA, las Torres de Contrato Federal y las Estaciones de Servicio de Vuelo deberán reportar incidentes de iluminación láser no autorizados a través de la Red de Eventos Domésticos (DEN), proporcionando la siguiente información:

una. Fecha y hora UTC del evento.

b. Indicativo de llamada o número de matrícula de la aeronave.

C. Tipo de aeronave.

d. Ciudad importante más cercana.

mi. Altitud.

F. Ubicación del evento (p. ej., latitud/longitud y/o distancia radial fija (FRD)).

gramo. Breve descripción del evento.

H. Cualquier otra información pertinente.

NOTA: Las instalaciones sin acceso directo al DEN deberán enviar la información a través de la instalación suprayacente de TRACON o ARTCC.