¿Puede un presidente/primer ministro indio enviar a alguien a la cárcel sin presentar un caso?
La cárcel es un término vago.
Existe la prisión preventiva, donde la policía puede detenerte para evitar que hagas algún daño. Casos especiales.
Hay prisión preventiva y custodia cuando la policía está investigando un caso y alguien es el principal sospechoso.
Hay una pena de prisión que es otorgada por un tribunal de justicia.
Un líder político puede hipotéticamente ejercer influencia sobre los funcionarios del gobierno bajo su mando para poner a una persona en prisión preventiva o para poner a una persona bajo custodia por algún cargo criminal (genuino o falso). Pero una sentencia de prisión solo puede ser otorgada por un tribunal de justicia.
Habeus Corpus es un derecho fundamental, que estipula que la policía tiene que dar razones para detener a alguien. Pero en circunstancias especiales, como una emergencia nacional, etc. (o la ley marcial), los poderes policiales pueden experimentar una amplia expansión y la policía puede detener a las personas por muy pocas razones.
No. Ni el presidente ni el primer ministro pueden detener arbitrariamente a alguien sin causa.
El artículo 21 de la Constitución de la India prohíbe la detención arbitraria:
Nadie podrá ser privado de su vida o de su libertad personal sino conforme al procedimiento establecido por la ley.
El artículo 20(1) impide el castigo por algo que solo se convierte en un delito más tarde:
Ninguna persona será condenada por ningún delito excepto por la violación de una ley vigente en el momento de la comisión del acto imputado como delito, ni estará sujeta a una pena mayor que la que podría haber sido infligida en virtud de la ley vigente en ese momento. el momento de la comisión de la infracción.
Y el artículo 22(2) requiere que los detenidos sean puestos ante un magistrado poco después de su arresto, excepto en ciertas circunstancias:
Toda persona que sea arrestada y detenida bajo custodia deberá ser presentada ante el magistrado más cercano dentro de un período de veinticuatro horas de tal arresto, excluyendo el tiempo necesario para el viaje desde el lugar de arresto hasta el tribunal del magistrado y ninguna de esas personas será ser detenido bajo custodia más allá de dicho período sin la autorización de un magistrado.
Cabe señalar que el artículo 359 permite que el Presidente pueda suspender la ejecución de muchos derechos en un Estado de Emergencia, pero estos derechos no se encuentran entre los que pueden ser suspendidos.
ohwilleke