A mi empleador le gustaría que obtuviera mi licencia de piloto privado y está financiando el resto de mi capacitación. La intención es que haga mi entrenamiento en el tiempo de la empresa.
Soy ingeniero y me siento en el asiento del copiloto del avión que probamos mientras recopilamos datos. Un piloto comercial en realidad vuela, pero por razones de seguridad, les gustaría tener mi licencia privada mientras hago las pruebas.
¿Podría esto potencialmente infringir las limitaciones comerciales de una licencia de piloto privado, ya que "técnicamente" estoy recibiendo una compensación (mi salario) mientras vuelo en el horario de la empresa? O, dado que este salario ya se me está pagando por mis deberes laborales reales, ¿no se consideraría el salario un factor contribuyente?
(Por ejemplo, el plan es en lugar de trabajar 40 horas a la semana, trabajaría 30 horas a la semana y volaría 10 horas a la semana)
Si esto fuera una violación, ¿sería la solución continuar trabajando 40 horas a la semana y cumplir esas 10 horas fuera del tiempo de la empresa?
No hay ley contra esto. Tampoco hay ninguna restricción sobre quién paga por tu entrenamiento de vuelo. Estás haciendo referencia a algo que se aplica a tus privilegios como estudiante piloto. No puede actuar como piloto al mando (PIC) por compensación o alquiler, ni transportar pasajeros o carga por compensación o alquiler; consulte §61.89. Hacer que un empleador pague por su entrenamiento de vuelo no se puede ver de esta manera. Nuevamente, estas regulaciones solo se aplican al tiempo como piloto al mando, por lo que, como estudiante, esto sería solo tiempo de vuelo solo.
Ahora bien, si el empleador intenta que usted realice tareas de vuelo para el desarrollo de su negocio mientras es un estudiante de vuelo, es decir, le pidió que le llevara un avión a alguna parte o que realizara alguna otra tarea que no está relacionada con su entrenamiento de vuelo. , eso viola la ley. Sin embargo, el hecho de que el empleador solo pague para que realice un entrenamiento de vuelo no es una violación de la ley federal.
No, no hay ninguna ley que impida que su empleador le compense por la formación de vuelo o el trabajo futuro como ingeniero, siempre que no actúe como piloto al mando para un vuelo comercial.
Podemos probar esto preguntando: "¿Un médico, una enfermera, un reportero de noticias, etc., necesita tener una licencia de piloto comercial para poder desempeñar sus funciones mientras está en un avión y es pagado por un empleador? ¡Por supuesto que no!
Recibir un pago por entrenar es completamente diferente a recibir un pago como piloto al mando por el transporte de pasajeros o mercancías. Otro buen ejemplo es que muchos aviones tienen maestros de carga o los jets más antiguos pueden tener mecánicos que viajan en todos los vuelos; tampoco necesitan una licencia de piloto comercial. Solo si eres el PIC (o copiloto de un avión con tripulación múltiple).
Algunas aeronaves de 3 tripulantes requieren un "ingeniero" (gestiona combustible, presurización, etc) y no es necesario que sea piloto ni tenga licencia comercial.
No está recibiendo compensación (salario) mientras vuela en horario de la empresa, porque no está "volando"... durante 30 horas/semana está recopilando datos de prueba como ingeniero, ya sea que tenga una licencia privada o no, y durante 10 horas/semana recibe instrucción de vuelo bajo la supervisión de un instructor de vuelo calificado. No puede reclamar ninguna de esas horas como piloto al mando bajo los privilegios de una licencia de piloto, por lo que la cuestión de volar por compensación es discutible.
El hecho de que la compañía esté apoyando financieramente su educación como piloto privado, creyendo que tiene un valor adicional para realizar su trabajo como ingeniero de pruebas, no le interesa a la FAA.
Pero podría violar las reglas del IRS y desencadenar una auditoría si las obligaciones tributarias sobre el costo y el tiempo de educación reembolsados según lo informado en las declaraciones de impuestos por el empleador y el empleado no se alinean o se calculan incorrectamente.
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