Normas fiscales para los ciudadanos estadounidenses que viven en los EE. UU. pero reciben pagos desde fuera de los EE. UU.

Antecedentes
Como referencia, hago esta pregunta desde el punto de vista de un trabajador por cuenta propia (programador independiente) que vive en los Estados Unidos pero ha sido contactado y solicitado para completar un pequeño proyecto para un negocio de estudiantes de intercambio con sede en México. No tienen operaciones, entidades o similares con base en los EE. UU.

Mis preguntas

  1. Como propietario único, ¿existen normas u obligaciones fiscales que deba tener en cuenta?
  2. ¿Existe un proceso diferente para informar los ingresos que obtengo de este negocio ya que no pueden enviarme un 1099?

Preguntas de seguimiento

  1. Si me convierto en una LLC o tal vez algún día algún tipo de corporación, ¿esto cambia las cosas? (Me refiero a las respuestas a mis preguntas originales)
¿Por qué no pueden 1099 usted? No es realmente necesario, solo necesita indicar los ingresos que recibió de ellos cuando hace sus impuestos. Trabajo para una empresa fuera de los EE. UU., aunque resido en los EE. UU. Todavía pueden emitir un 1099 (hay muchos servicios de contabilidad que hacen esto a un precio bastante bajo).
@PeterK. No he encontrado nada que diga que podrían o no podrían. Desde mi reunión inicial, también voy a asumir que si no hay una ley estadounidense que los obligue a hacerlo, no se molestarán. Así que esta pregunta es realmente sobre hacer las cosas legalmente y 100% por mí mismo.
sí, si no tienen presencia estadounidense, entonces no hay compulsión ni necesidad real. Y el IRS tiene que creerte, ya que esa será su única fuente de información. Mi "empleador" decidió morder la bala, pero solo después de uno o dos años fiscales.
@PeterK. , porque una empresa fuera de los EE . UU. no tiene la menor idea de lo que es un 1099, y no tiene la menor razón para hacer uno. El resto del mundo funciona sin 1099.
@Aganju: Si tienen algún interés en los EE. UU. (que lo tienen, contrataron a alguien allí), ¡será mejor que aprendan sus reglas fiscales al completo !

Respuestas (1)

Puede y se supone que debe informar los ingresos del trabajo por cuenta propia en el Anexo C (o C-EZ si es elegible, lo que probablemente sea un programador) incluso cuando el pagador no está obligado a darle 1099-MISC (o 1099-K para un pago red ahora). A partir de ahí, después de deducir los gastos permitidos, pasa al 1040 (para el impuesto sobre la renta) y al Anexo SE (para el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia). Consulte https://www.irs.gov/individuals/self- employee para conocer algunos conceptos básicos y muchos enlaces útiles.

Si este ingreso es lo suficientemente grande, su impuesto sobre él será de más de $ 1000, es posible que deba realizar pagos estimados trimestrales (O si también tiene un "trabajo diario", haga que el empleador aumente su retención) para evitar una multa por pago insuficiente. Pero si este es el primer año que tiene ingresos significativos de trabajo por cuenta propia (u otros ingresos imponibles pero no retenidos, como ganancias de capital realizadas) y su situación económica/fiscal no cambia, es decir, tiene los mismos (o más) ingresos de nómina con el misma (o más) retención -- entonces hay un 'puerto seguro': si su retención más los pagos estimados de este año son demasiado bajos para pagar los impuestos de este año pero son suficientes para pagar el últimoimpuesto del año se escapa de la pena. (Aún debe pagar el impuesto adeudado, por supuesto, así que mantenga los fondos disponibles para eso). Al final del primer año, cuando prepare su declaración, verá cómo funcionan los números y podrá hacer una buena estimación más fácilmente. para el (los) año(s) siguiente(s).

Una LLC de un solo miembro o una corporación 'S' generalmente no se tiene en cuenta a efectos fiscales, aunque puede elegir lo contrario, mientras que una corporación 'C' (tradicional) es más complicada y AIUI está fuera del alcance de esta pila; consulte https://www.irs.gov/businesses/small-businesses-self-used/business-structures para obtener más información.