¿La compra de una casa por divorcio es un hecho imponible?

Para ser claros, esta es una pregunta sobre los impuestos federales de EE. UU., y vivo en Virginia, que es un estado de propiedad equitativa (no propiedad comunitaria). Además, entiendo que este no es un foro legal en el que pueda obtener asesoramiento legal. Solo quiero la idea general, para que cuando vaya a mi abogado y/o contador , tenga una idea de qué esperar.

Entonces, mi futura ex esposa y yo tenemos una casa extremadamente cara con mucho capital en ella. Como parte del acuerdo de divorcio, me van a comprar mi parte del capital social. La pregunta es, ¿este pago es un ingreso imponible o solo una redistribución de mi cartera? Supongo que, en muchos sentidos, la compra total se trataría como si estuviera vendiendo la casa, pero la respuesta más feliz que pude recibir es: "No, no lo es".

Entonces, ¿cuál es el trato entonces? ¿La compra es una venta sujeta a ganancias de capital o es solo una reorganización de activos?

Solo una nota al margen, pero la exclusión de ganancias de capital por única vez no existe desde 1997 . En su lugar, los propietarios pueden excluir las ganancias de capital varias veces en su vida si cumplen con ciertos requisitos de elegibilidad.
¿Dependerá la respuesta de si vive en un estado de propiedad comunitaria o no? En cualquier caso, considere revelar el estado en el que reside y posiblemente el estado en el que se encuentra la casa, si es diferente.
Buena pregunta, no legal.

Respuestas (2)

La transmisión de bienes entre cónyuges, o entre excónyuges en caso de divorcio, generalmente no es un hecho imponible.

La sección de control es IRC §1041 . Si el acuerdo de divorcio incluye dinero en efectivo para la transferencia de la casa, entonces no es probable que esté sujeto a impuestos. Sin embargo, esta regla no se aplicaría si su ex esposa es una extranjera no residente (y, por lo tanto, la propiedad no pagaría impuestos cuando saliera de los EE. UU. libre de impuestos).

Entonces, ¿cuál es el trato entonces? ¿La compra es una venta sujeta a ganancias de capital o es solo una reorganización de activos?

Está sujeto a ganancias de capital, por supuesto. No hay intercambio "en especie" por residencia personal.

Lo que sí hay, sin embargo, es la exclusión de residencia principal .

Si transfiere la propiedad a su esposa antes del divorcio, la respuesta puede ser diferente, pero si usted no la grava, la hará gravable para ella, y no estoy seguro de que a ella le guste.

Las reglas de propiedad comunitaria, si se aplican, pueden cambiar su base, haciendo que la ganancia sea mayor o menor de lo que piensa.

Seguro que el contador que te está ayudando con el divorcio te puede dar una opinión formal al respecto, no soy profesional.

No está sujeto a impuestos. §1041 lo excluye de los ingresos si es entre cónyuges o incidente de divorcio. Si está en el acuerdo de divorcio, entonces las transferencias de valores están libres de impuestos, como si se hicieran entre cónyuges.