¿La autonomía de DC no viola la doctrina de no delegación?

Si

  • "Todos los poderes legislativos aquí otorgados se conferirán a un Congreso...", y los tribunales interpretarán esto como que el Congreso no puede delegar sus poderes legislativos en nadie más;
  • Y, particularmente, "El Congreso tendrá Poder... para ejercer Legislación exclusiva en todos los Casos, sobre... la Sede del Gobierno de los Estados Unidos";

¿Bajo qué poder constitucional puede el Congreso delegar explícitamente la autoridad legislativa de DC a su alcalde y consejo a través de la carta de autonomía?

¿De qué caso judicial provino esta interpretación?

Respuestas (1)

Secundo la consulta de Joe (o siguiendo los votos a favor, la tercio). ¿Qué te ha llevado a pensar que la primera parte es cierta? El Congreso ha delegado grandes franjas de sus poderes. En JW Hampton, Jr. Co. v. Estados Unidos (1928) , SCOTUS sostuvo que la delegación de autoridad legislativa es un poder implícito del Congreso, siempre que exista un "principio inteligible" otorgado por el Congreso (a través de la legislación) para guiar al poder ejecutivo. . Las violaciones de la prueba del "principio inteligible" son raras, y el último ejemplo de una ley que se anuló debido a que no pasó la prueba ocurrió en 1935 y se refería a la Ley Nacional de Recuperación Industrial .

Y es por eso que tenemos todos estos departamentos del poder ejecutivo y una burocracia que ciertos círculos políticos denuncian como inflada y crecida. La EPA , la FDA y el IRS son ejemplos de departamentos/agencias del poder ejecutivo bien conocidos que existen a través de una delegación de autoridad del Congreso.

En cuanto a una versión relativamente moderna de la capacidad del Congreso para delegar, en Mistretta v. United States (1989) , SCOTUS declaró que:

Al aplicar esta prueba del "principio inteligible" a las delegaciones del Congreso, nuestra jurisprudencia ha sido impulsada por un entendimiento práctico de que en nuestra sociedad cada vez más compleja, repleta de problemas siempre cambiantes y más técnicos, el Congreso simplemente no puede hacer su trabajo sin la capacidad de delegar poder bajo amplios directivas generales. En consecuencia, este Tribunal ha considerado "constitucionalmente suficiente" que el Congreso delinee claramente la política general, la agencia pública que la aplicará y los límites de esta autoridad delegada.

Como tal, la delegación de alguna autoridad legislativa a DC a través de la Ley de Autonomía podría sostenerse bajo la prueba del "principio inteligible". Aunque en la medida en que la delegación del Congreso normalmente se realiza exclusivamente en el poder ejecutivo (a través de una "agencia pública"), en lugar de alguna parte del gobierno no federal, el segundo punto que menciona también puede ser relevante.

Para ello, es importante el uso de "ejercicio" en la frase "facultad... de ejercer". Al igual que usted, el gobierno siempre puede optar por no ejercer. La cláusula no prohíbe la posibilidad de que otras entidades puedan ejercer autoridad legislativa dentro del área, simplemente dice que el Congreso es la autoridad final y última sobre todos los poderes legislativos utilizados en el mismo. De hecho, los padres fundadores concibieron la existencia de una autoridad gubernamental local en DC, y Madison escribió en Federalist No. 43 que "por supuesto, se les permitirá una legislatura municipal para fines locales, derivados de sus propios sufragios".

Los detalles de la Ley de Autonomía también dejan en claro que el Congreso conserva la autoridad final. La nueva legislación aprobada por el gobierno local, incluido su presupuesto, aún debe ser aprobada por el Congreso, y se les prohíbe abordar ciertos temas. Una de las quejas de los residentes se refiere exactamente a tales disposiciones, ya que el Congreso aún puede bloquear la legislación aprobada por mayorías considerables por el consejo. Y, a veces, los congresistas intentarán retrasar o bloquear por completo una legislación local en un esfuerzo por obtener concesiones para sus agendas legislativas en otros lugares, y también votarán con frecuencia a favor o en contra de la legislación local basándose únicamente en la política de sus electores (que no lo hacen). 't vivir allí) y sin tener en cuenta la ciudad en sí.

Pero eso nos está desviando del camino. DC ha recibido varios grados de concesiones de autoridad legislativa antes de la Ley de Autonomía, y SCOTUS las ha confirmado. Dos ejemplos de muchos (para otros, ver, por ejemplo, la nota al pie 22 en este artículo ):

  • District of Columbia v. John R. Thompson Co. (1953) fue un caso de segregación que giraba en torno a si las leyes que prohibían formalmente la segregación en vigor bajo la legislación local aprobada de conformidad con los dictados del Congreso, de hecho habían sido derogadas de facto cuando el Congreso revocó esa disposición legislativa. autoridad y reestructuró el gobierno local, pero nunca derogó explícitamente la legislación local sobre segregación. SCOTUS dictaminó que no había sido derogado, y que la falta de cumplimiento por parte del poder ejecutivo no constituye una derogación. Como tal, las leyes contra la segregación seguían vigentes y el resultado del caso se decidió en base a ellas.
  • En Stoutenburgh v. Hennick (1889) , la opinión mayoritaria escrita por el Presidente del Tribunal Supremo Fuller decía

Es un principio cardinal de nuestro sistema de gobierno que los asuntos locales sean administrados por las autoridades locales y los asuntos generales por la autoridad central, por lo que, si bien también es fundamental la regla de que la facultad de hacer leyes es indelegable, la creación de municipios Nunca se ha sostenido que el ejercicio del autogobierno local atente contra esa regla. Tal legislación no se considera como una transferencia del poder legislativo general, sino más bien como la concesión de la autoridad para dictar reglamentos locales, según la práctica inmemorial, sujeto, por supuesto, a la interposición del superior en casos de necesidad.

El Congreso tiene poder expreso "para ejercer legislación exclusiva en todos los casos" sobre el Distrito de Columbia, por lo que posee los poderes combinados de un gobierno general y estatal en todos los casos en que la legislación es posible. Pero, como depositario del poder legislativo de los Estados Unidos, el Congreso, al crear el Distrito de Columbia "una entidad corporativa con fines municipales", solo podía autorizarlo a ejercer poderes municipales, y esto es todo lo que el Congreso intentó hacer.

En el paréntesis anterior, vinculé un artículo , cuyo tema también es relevante, ya que se refiere a las implicaciones del Servicio de Inmigración y Naturalización v. Chadha para la Ley de Autonomía. Este caso se refería a una ley que otorgaba a cada cámara del Congreso una especie de poder de veto sobre las deportaciones. El fallo sostuvo que tales vetos unicamerales eran inconstitucionales. La base del artículo anterior es que se puede argumentar que el Congreso está ejerciendo facultades de veto similares a través de la Ley de Autonomía.

Que yo sepa, Chadha o precedentes similares no se han utilizado en los tribunales para impugnar la Ley de Autonomía, y el fundamento del Presidente del Tribunal Supremo Fuller citado anteriormente sigue siendo una buena ley hasta el día de hoy.